Mena Alessandri y Asociados Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado y contador auditor, en virtud de la cual prestará servicios profesionales a clientes particulares, sociedades, Organismos Públicos y demás Instituciones; prestará servicios jurídicos, asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. La Sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, otro tipo de actividades que no digan directa relación con el ejercicio de las profesiones de abogado y contador auditor.
Capital
Total capital
$1.000.000
Shareholders (5)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 25% | $250.000 |
Socio | - | 25% | $250.000 |
Socio | - | 23% | $230.000 |
Socio | - | 22% | $220.000 |
Socio | - | 5% | $50.000 |
Administrators (3)
Official extract text
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en Miraflores N°178, quinto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana certifico: Que por escritura pública de fecha 06/10/2022, ante mi: CRISTIÁN MENA BARROS, ANDRÉS ALESSANDRI AMENÁBAR, EVELYN ANDREA HUARTE PEÑA, EDUARDO ORIEL LIMA SALGADO y OSCAR LORENZO ROJAS HUARTE, todos domiciliados para estos efectos en calle Rosario Norte número 555, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada. 1. Razón social: “MENA ALESSANDRI Y ASOCIADOS LIMITADA”, pudiendo utilizar para fines bancarios, comerciales y publicitarios el nombre de fantasía “MA&A”, o “MENA ALESSANDRI Y ASOCIADOS”. 2. Capital: la suma de $1.000.000, que se aporta por los socios en la siguiente proporción: Uno) Cristián Mena Barros aporta la suma de $250.000, que equivalen al 25% de los derechos sociales, Dos) Andrés Alessandri Amenábar, aporta la suma de $250.000, que equivalen al 25% de los derechos sociales, Tres) Evelyn Andrea Huarte Peña, aporta la suma de $230.000, que equivale al 23% de los derechos sociales, Cuatro) Eduardo Oriel Lima Salgado, aporta la suma de $220.000, que equivalen al 22% de los derechos sociales y Cinco) Oscar Lorenzo Rojas Huarte, aporta la suma de $50.000, que equivalen al 5% de los derechos sociales; sumas que se aportan en la forma señalada en la escritura extractada. 3. Administración: /A/ La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Cristián Mena Barros, a don Andrés Alessandri Amenábar y don Eduardo Oriel Lima Salgado, en adelante los “Administradores”, quienes, actuando individual e indistintamente, anteponiendo su nombre a la razón social, estarán investidos de las facultades señaladas en la escritura extractada; y /B/ Cualquiera e indistintamente, don Andrés Alessandri Amenábar o don Cristián Mena Barros, actuando conjuntamente con don Eduardo Oriel Lima Salgado, y anteponiendo sus nombres a la razón social, estarán investidos de las facultades de administración y disposición señaladas en la escritura extractada. 4. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único y exclusivo el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado y contador auditor, en virtud de la cual prestará servicios profesionales a clientes particulares, sociedades, Organismos Públicos y demás Instituciones; prestará servicios jurídicos, asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas, auditorías operativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. La Sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, otro tipo de actividades que no digan directa relación con el ejercicio de las profesiones de abogado y contador auditor. 5. Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años, plazo que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Mena Alessandri y Asociados Limitada
CVE 2220722
