M & C Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La confección, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a la moda, al vestir femenino, masculino, de niños y bebés, ya sea casual, deportivo, formal o de gala, la compraventa de modelos exclusivos diseñados o fabricados; perfumes, joyas, accesorios, artesanías, obras de arte. Adornos para el hogar y demás que se venden en boutiques, sastrerías y tiendas de moda; toda clase de prendas de vestir y sus accesorios, todo lo que en la actualidad y en el futuro, esté relacionado con lo anterior. Además podrá dedicarse a todo lo que conlleva el desenvolvimiento de la gastronomía y repostería, pastelería, bombonería, ya sea en la preparación, cocción y decoración de platos y creación de piezas dulces tales como tortas, pasteles, galletas, budines y muchos más. A su vez, la compra, venta, importación, exportación, distribución, consignación, comercialización y representación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos alimenticios envasados y no envasados en cualquiera de sus áreas y etapas de procesamiento. Comercializar en cualquiera de sus formas bebidas gaseosas, alcohólicas y de cualquier otro tipo. Y en general cualquier actividad relacionada con las anteriores que los socios acordaren.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
CRISTOBAL RODRIGO MATURANA OYARZÚN Socio | - | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
CRISTOBAL RODRIGO MATURANA OYARZÚN
Official extract text
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público, Campos 377, Rancagua, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, doña LUZ BELÉN COLLARTE CATALÁN, y don CRISTOBAL RODRIGO MATURANA OYARZÚN, ambos domiciliados Baquedano N°768, casa N°2, de Rancagua, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, RAZÓN SOCIAL: "M & C LIMITADA", pudiendo actuar con el nombre de fantasía de "WOMAN STORE LIMITADA". OBJETO: La confección, compraventa, distribución, importación, exportación, consignación y otras actuaciones relativas a la moda, al vestir femenino, masculino, de niños y bebés, ya sea casual, deportivo, formal o de gala, la compraventa de modelos exclusivos diseñados o fabricados; perfumes, joyas, accesorios, artesanías, obras de arte. Adornos para el hogar y demás que se venden en boutiques, sastrerías y tiendas de moda; toda clase de prendas de vestir y sus accesorios, todo lo que en la actualidad y en el futuro, esté relacionado con lo anterior. Además podrá dedicarse a todo lo que conlleva el desenvolvimiento de la gastronomía y repostería, pastelería, bombonería, ya sea en la preparación, cocción y decoración de platos y creación de piezas dulces tales como tortas, pasteles, galletas, budines y muchos más. A su vez, la compra, venta, importación, exportación, distribución, consignación, comercialización y representación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos alimenticios envasados y no envasados en cualquiera de sus áreas y etapas de procesamiento. Comercializar en cualquiera de sus formas bebidas gaseosas, alcohólicas y de cualquier otro tipo. Y en general cualquier actividad relacionada con las anteriores que los socios acordaren. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL, corresponderá a ambos socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, con facultades que indica cláusula quinta del pacto social. CAPITAL: $1.000.000.- que los socios aportan, en este acto, en dinero en efectivo, de la siguiente manera: a) doña Luz Belén Collarte Catalán, aporta en este acto $500.000, equivalentes a un 50% del capital social, y don Cristobal Rodrigo Maturana Oyarzún, aporta en este acto $500.000, equivalentes a un 50% del capital social, quedando de esta forma enterado e ingresado en arcas sociales el capital social ya indicado. DURACIÓN: 3 años contados desde fecha de suscripción de la presente escritura. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Rancagua todo con una anticipación mínima de seis meses. DOMICILIO: Rancagua. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 04 de Enero de 2017.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
M & C Limitada
CVE 1189288
