Kehr Giesen Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad realizará los siguientes servicios profesionales: a) La prestación de servicios profesionales jurídicos y de asesoría legal. Asimismo, podrá prestar servicios de consultoría, evaluación de proyectos, cumplimiento normativo, defensa y prevención de delitos, representación judicial y extrajudicial, en materias legales, forenses, administrativas, comerciales y, en general cualquier servicio propio del ejercicio de la profesión de abogados. Los servicios serán prestados por intermedio de sus socios, con la colaboración de dependientes si fuera necesario y, b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, con la exclusiva finalidad de que la sociedad pueda mantener una situación patrimonial y financiera eficientes para el desarrollo de sus servicios profesionales.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
JUAN CÉSAR PABLO KEHR CASTILLO Socio 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | 50% | $500.000 |
Socio 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
JUAN CÉSAR PABLO KEHR CASTILLO
Official extract text
Ministerio del Interior LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 4990, Las Condes. Certifico que: Por escritura Pública de fecha 07 de mayo de 2026, Repertorio N.º2172 /2026, ante mí, doña JOSEFA BEATRIZ GIESEN ESPEJO, cédula de identidad número 17.158.682-8 y don JUAN CÉSAR PABLO KEHR CASTILLO, cédula de identidad número 17.600.666-8, ambos domiciliados en Avenida Alonso de Córdova N°5.870, oficina N°1.707, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: /Uno/ Razón social. La razón social de la sociedad es KEHR GIESEN LIMITADA. /Dos/ Duración. La sociedad comienza a regir desde el siete de mayo de dos mil veintiséis y tendrá una duración de cinco años renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social debiendo notificarse a los demás socios por correo electrónico, todo con una anticipación de, a lo menos, tres meses antes del fin del respectivo período. /Tres/ Objeto de la sociedad. La sociedad realizará los siguientes servicios profesionales: a) La prestación de servicios profesionales jurídicos y de asesoría legal. Asimismo, podrá prestar servicios de consultoría, evaluación de proyectos, cumplimiento normativo, defensa y prevención de delitos, representación judicial y extrajudicial, en materias legales, forenses, administrativas, comerciales y, en general cualquier servicio propio del ejercicio de la profesión de abogados. Los servicios serán prestados por intermedio de sus socios, con la colaboración de dependientes si fuera necesario y, b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, con la exclusiva finalidad de que la sociedad pueda mantener una situación patrimonial y financiera eficientes para el desarrollo de sus servicios profesionales. /Cuatro/ Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, que se entera y paga por los socios en los porcentajes y de la forma que a continuación se expresa: a) Don JUAN CÉSAR PABLO KEHR CASTILLO aporta el cincuenta por ciento del capital social, equivalente a quinientos mil pesos, que se enteran y pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo; y, b) Doña JOSEFA BEATRIZ GIESEN ESPEJO aporta el cincuenta por ciento del capital social, equivalente a quinientos mil pesos, que se enteran y pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo. De este modo, se encuentra íntegramente enterado y pagado el capital social. /Cinco/ Administración y uso de la razón social. La administración y el uso de la razón social corresponderá en forma conjunta a doña JOSEFA BEATRIZ GIESEN ESPEJO y a don JUAN CÉSAR PABLO KEHR CASTILLO. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de mayo de 2026.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
KEHR GIESEN LIMITADA
CVE 2809557
