Limited liability company

Inversiones Siete Estrellas Limitada

CONSTITUCIÓN — Feb 22, 2024

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2024-02-22View PDF (CVE 2457280)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento
Administration: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER, actuando individualmente. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de don MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER, corresponderá a doña MARÍA PILAR FUENZALIDA CALVO, actuando individualmente. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de doña MARÍA PILAR FUENZALIDA CALVO, corresponderá conjuntamente dos a cualquiera de los socios de apellidos Del Rio Fuenzalida en operaciones de hasta 1.000 UF; conjuntamente tres a cualquiera de los socios de apellidos Del Rio Fuenzalida en operaciones de hasta 5.000 UF; y conjuntamente cuatro a cualquiera de los socios de apellidos Del Rio Fuenzalida en operaciones por sobre 5.000 UF.

Corporate purpose

La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto.

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (9)

NameParticipation

MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER

Socio

10%

MARÍA PILAR FUENZALIDA CALVO

Socio

11.25%

FRANCISCO JAVIER DEL RIO FUENZALIDA

Socio

11.25%

ANDRÉS EMILIANO DEL RIO FUENZALIDA

Socio

11.25%

JOSEFA DEL RIO FUENZALIDA

Socio

11.25%

SEBASTIÁN DEL RIO FUENZALIDA

Socio

11.25%

TOMÁS DEL RIO FUENZALIDA

Socio

11.25%

PEDRO DEL RIO FUENZALIDA

Socio

11.25%

FELIPE DEL RIO FUENZALIDA

Socio

11.25%

Administrators (2)

Official extract text

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2023, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: (i) don MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER, domiciliado para estos efectos en calle Los Sauzales número 2560, Comuna de Lo Barnechea; (ii) doña MARÍA PILAR FUENZALIDA CALVO, domiciliada para estos efectos en calle Los Sauzales número 2560, Comuna de Lo Barnechea; (iii) don FRANCISCO JAVIER DEL RIO FUENZALIDA, domiciliado para estos efectos en calle Warren Smith número 47, departamento número 155, Comuna de Las Condes; (iv) don ANDRÉS EMILIANO DEL RIO FUENZALIDA, domiciliado para estos efectos en calle Selva Negra número 2270, Comuna de Vitacura; (v) doña JOSEFA DEL RIO FUENZALIDA, domiciliada para estos efectos en calle Aránzazu número 5819, Comuna de Las Condes; (vi) don SEBASTIÁN DEL RIO FUENZALIDA, domiciliado para estos efectos en calle Los Sauzales número 2560, Comuna de Lo Barnechea; (vii) don TOMÁS DEL RIO FUENZALIDA, domiciliado para estos efectos en Avenida Cristóbal Colon número 4647, departamento número 801-B, Comuna de Las Condes ; (viii) don PEDRO DEL RIO FUENZALIDA, domiciliado para estos efectos en calle Los Sauzales número 2560, Comuna de Lo Barnechea; y, (ix) don FELIPE DEL RIO FUENZALIDA, domiciliado para estos efectos en calle Los Sauzales número 2560, Comuna de Lo Barnechea, quienes vienen en constituir sociedad de Responsabilidad Limitada en los siguientes términos: I. Razón Social: El nombre o razón social será INVERSIONES SIETE ESTRELLAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo el nombre de fantasía “SIETE ESTRELLAS”.- II. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: A) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. C) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto.- III. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que establezca en otros lugares en el resto del país o en el extranjero.- IV. Duración: La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de 1.000.000 pesos, distribuido en las siguientes cantidades y proporciones: /i/ don MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER, con la suma de 100.000 pesos, equivalentes al 10 por ciento del capital y los derechos sociales; /ii/ doña MARÍA PILAR FUENZALIDA CALVO, con la suma de 112.500 pesos, equivalentes al 11,25 por ciento del capital y los derechos sociales; /iii/ don FRANCISCO JAVIER DEL RIO FUENZALIDA, con la suma de 112.500 pesos, equivalentes al 11,25 por ciento del capital y los derechos sociales, /iv/ don ANDRÉS EMILIANO DEL RIO FUENZALIDA, con la suma de 112.500 pesos, equivalentes al 11,25 por ciento del capital y los derechos sociales; v) doña JOSEFA DEL RIO FUENZALIDA, con la suma de 112.500 pesos, equivalentes al 11,25 por ciento del capital y los derechos sociales; /vi/ don SEBASTIÁN DEL RIO FUENZALIDA, con la suma de 112.500 pesos, equivalentes al 11,25 por ciento del capital y los derechos sociales; /vii/ don TOMÁS DEL RIO FUENZALIDA, con la suma de 112.500 pesos, equivalentes al 11,25 por ciento del capital y los derechos sociales; /viii/ don PEDRO DEL RIO FUENZALIDA, con la suma de 112.500 pesos, equivalentes al 11,25 por ciento del capital y los derechos sociales; y, /ix/ don FELIPE DEL RIO FUENZALIDA, con la suma de 112.500 pesos, equivalentes al 11,25 por ciento del capital y los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de don MARIO FRANCISCO DEL RÍO EBENSPERGER, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a doña MARÍA PILAR FUENZALIDA CALVO, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de doña MARÍA PILAR FUENZALIDA CALVO, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, será conforme a las siguientes reglas: /i/ Corresponderá conjuntamente dos a cualquiera de los socios de apellidos Del Rio Fuenzalida en operaciones de hasta 1.000 Unidades de Fomento; /ii/ Corresponderá conjuntamente tres a cualquiera de los socios de apellidos Del Rio Fuenzalida en operaciones de hasta 5.000 Unidades de Fomento; y, /iii/ Corresponderá conjuntamente cuatro a cualquiera de los socios de apellidos Del Rio Fuenzalida en operaciones por sobre 5.000 Unidades de Fomento. Los administradores, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social contarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 16 de febrero de 2024.-

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