Limited liability company

Inversiones Pomacita Limitada

CONSTITUCIÓN — Feb 19, 2025

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2025-02-19View PDF (CVE 2612501)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: cinco años renovable, tácita y sucesivamente, por períodos iguales
Administration: La Administración de la sociedad, su representación judicial y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a Paulo Rodrigo Guerra Muñoz y a María Soledad Guerra Muñoz, quienes podrán ejercer las facultades de administración indistintamente de forma conjunta o por separado, sin limitación.

Corporate purpose

El objeto de la sociedad será: a) Hacer inversiones en bienes raíces, bienes muebles, en acciones o derechos en sociedades, en valores mobiliarios, en bonos y en general en toda clase de créditos. Administrar dichas inversiones para obtener rentas de ellas y la percepción de los frutos que de ello provengan; b) La administración de toda clase de bienes inmuebles, pudiendo al efecto, arrendar, subarrendar, con o sin muebles, dar en comodato estos bienes, ya sean propios o de terceros; por cuenta propia o ajena; c) La prestación de asesorías comerciales, publicitarias y toda otra asesoría cualquiera sea su denominación; d) La contratación y/o subcontratación de servicios para la prestación de las asesorías a brindar por la sociedad; e) La inversión de los recursos sociales en depósitos bancarios a plazo y en la adquisición de letras de cambio, pagarés y otros instrumentos financieros o mercantiles; f) La administración y representación en el país de sociedades nacionales o extranjeras, pudiendo al efecto actuar como agente de dichas empresas y celebrar todo tipo de actos y contratos, representándolas ante toda clase de autoridades, organismos o personas; g) La participación en y/o la constitución de sociedades o asociaciones que tengan uno o más objetos similares o complementarios a los indicados anteriormente y, en general, a cualquier negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden.

Capital

Total capital

$7.646.185

Paid-in capital

$7.646.185

Pending capital

$0

Shareholders (7)

NameParticipation

Carlos Héctor Guerra Vivanco

Socio

3.xxx.xxx-8

51%

María Raquel Muñoz Rojas

Socio

6.xxx.xxx-0

15%

Carlos Cristián Guerra Muñoz

Socio

10.xxx.xxx-8

6.8%

Álvaro Andrés Guerra Muñoz

Socio

10.xxx.xxx-7

6.8%

Francisco Javier Guerra Muñoz

Socio

12.xxx.xxx-k

6.8%

María Soledad Guerra Muñoz

Socio

13.xxx.xxx-1

6.8%

Paulo Rodrigo Guerra Muñoz

Socio

13.xxx.xxx-1

6.8%

Administrators (2)

Paulo Rodrigo Guerra Muñoz

13.xxx.xxx-1Administrador

María Soledad Guerra Muñoz

13.xxx.xxx-1Administrador

Official extract text

JAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA, Abogada, Notaria Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escrituras de fecha 27 de diciembre de 2024 y 16 de enero de 2025, esta última de rectificación, ambas otorgas ente mí, comparecen: Uno: don CARLOS HECTOR GUERRA VIVANCO, chileno casado, ingeniero de ejecución en minas, cédula nacional de identidad número tres millones setenta y un mil setenta y tres guion ocho, quien comparece debidamente representado en este acto por doña MARÍA SOLEDAD GUERRA MUÑOZ, chilena, casada, Ingeniero Civil, cédula de identidad número trece millones cincuenta y tres mil cuatrocientos tres guion uno y por don PAULO RODRIGO GUERRA MUÑOZ, chileno, soltero, Ingeniero Civil, cédula de identidad trece millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro guion uno; DOS) MARIA RAQUEL MUÑÓZ ROJAS, chilena, casada, factor de comercio, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos treinta y ocho mil setecientos sesenta y dos guion cero; TRES) Don CARLOS CRISTIÁN GUERRA MUÑOZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número diez millones ochocientos cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y nueve guión ocho; CUATRO) Don ÁLVARO ANDRÉS GUERRA MUÑOZ, chileno, arquitecto, soltero, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta guion siete CINCO); Don FRANCISCO JAVIER GUERRA MUÑOZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número doce millones ochocientos sesenta y ocho mil quinientos veintiséis guion k; SEIS) Doña MARÍA SOLEDAD GUERRA MUÑOZ, chilena, casada, Ingeniero Civil, cédula de identidad número trece millones cincuenta y tres mil cuatrocientos tres guion uno, y; SIETE) Don PAULO RODRIGO GUERRA MUÑOZ, chileno, soltero, Ingeniero Civil en Minas, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro guión uno; todos con domicilio en calle Managua dos mil doscientos veinticinco, comuna de Ñuñoa, Santiago; quienes declaran lo siguiente: PRIMERO. Con fecha 27 de diciembre de 2024 los comparecientes, suscribieron escritura Repertorio número 39897 del año 2024 autorizada ante la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, que versa sobre división y modificación de COMPAÑÍA MINERA SOLEDAD LIMITADA y de constitución de sociedad que en dicha escritura se denominó “INVERSIONES POMACITA LIMITADA”. COMPAÑÍA MINERA SOLEDAD LIMITADA está inscrita a fojas veinticinco mil doscientos diecinueve, número veinte mil cuatrocientos veintiséis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil uno, y la escritura de constitución de la nueva sociedad se encuentra en los siguientes términos: Nombre o razón social: El nombre o razón social será INVERSIONES POMACITA LIMITADA. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y/o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de cinco años renovable, tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Hacer inversiones en bienes raíces, bienes muebles, en acciones o derechos en sociedades, en valores mobiliarios, en bonos y en general en toda clase de créditos. Administrar dichas inversiones para obtener rentas de ellas y la percepción de los frutos que de ello provengan; b) La administración de toda clase de bienes inmuebles, pudiendo al efecto, arrendar, subarrendar, con o sin muebles, dar en comodato estos bienes, ya sean propios o de terceros; por cuenta propia o ajena; c) La prestación de asesorías comerciales, publicitarias y toda otra asesoría cualquiera sea su denominación; d) La contratación y/o subcontratación de servicios para la prestación de las asesorías a brindar por la sociedad; e) La inversión de los recursos sociales en depósitos bancarios a plazo y en la adquisición de letras de cambio, pagarés y otros instrumentos financieros o mercantiles; f) La administración y representación en el país de sociedades nacionales o extranjeras, pudiendo al efecto actuar como agente de dichas empresas y celebrar todo tipo de actos y contratos, representándolas ante toda clase de autoridades, organismos o personas; g) La participación en y/o la constitución de sociedades o asociaciones que tengan uno o más objetos similares o complementarios a los indicados anteriormente y, en general, a cualquier negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN: La Administración de la sociedad, su representación judicial y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don Paulo Guerra Muñoz, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro guión uno, y a doña María Soledad Guerra Muñoz, cédula de identidad N° trece millones cincuenta y tres mil cuatrocientos tres guión uno, quienes podrás ejercer las facultades de administración indistintamente de forma conjunta o por separado, sin limitación. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de Siete millones seiscientos cuarenta y seis mil ciento ochenta y cinco pesos, que se entera y paga de la siguiente forma: Uno: don Carlos Héctor Guerra Vivanco, aporta la suma en dinero en efectivo de tres millones ochocientos ochenta y nueve mil novecientos setenta pesos equivalentes al cincuenta y uno por ciento del capital social; Dos: Doña María Raquel Muñoz Rojas, aporta la suma en dinero en efectivo de un millón ciento cuarenta y siete mil cincuenta pesos equivalentes al quince por ciento del capital social; Tres: Don Carlos Cristián Guerra Muñoz aporta la suma en dinero en efectivo de quinientos diecinueve mil novecientos noventa y seis pesos equivalentes al seis coma ocho por ciento del capital social; Cuatro: Don Álvaro Andrés Guerra Muñoz aporta la suma en dinero en efectivo de quinientos diecinueve mil novecientos noventa y seis pesos equivalentes al seis coma ocho por ciento del capital social; Cinco: Don Francisco Javier Guerra Muñoz aporta la suma en dinero en efectivo de quinientos diecinueve mil novecientos noventa y seis mil pesos equivalentes al seis coma ocho por ciento del capital social; Seis: Doña María Soledad Guerra Muñoz aporta la suma en dinero en efectivo de quinientos diecinueve mil novecientos noventa y seis equivalentes al seis coma ocho por ciento del capital social; siete: Don Paulo Rodrigo Guerra Muñoz aporta la suma en dinero en efectivo de quinientos diecinueve mil novecientos noventa y seis pesos equivalentes al seis coma ocho por ciento del capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente pagado y suscrito. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 07 de febrero de 2025.

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  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES POMACITA LIMITADA

    CVE 2612501

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