Inversiones Pocuro Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de servicios, asesorías y consultoría en materias legales, económicas, financieras, comerciales, tributarias, de inversión, de administración, inmobiliarias, pudiendo prestar todo tipo de servicios de outsourcing a terceros en las materias indicadas, como asimismo actuar de representante, administrador de carteras de inversión y, en general realizar las actividades propias de una agencia de negocios; b) invertir, directamente o a través de otras sociedades o fondos de inversión de cualquier tipo, en toda clase bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles con fines rentísticos, tales como acciones, bonos, cuotas de participación, letras hipotecarias, pagares u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; como asimismo explotar y administrar dichos bienes, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá formar o participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en estas últimas; y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; y, c) Las demás actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados. Para el desarrollo de los objetos mencionados la sociedad podrá formar parte en otras sociedades, los socios podrán llevar a cabo cualquier otro negocio que acuerden realizar, relacionado o complementario a los ya indicados, sin otra limitación que aquellas que imponen las leyes y reglamentos vigentes.
Capital
Total capital
$100.000.000
Paid-in capital
$100.000.000
Shareholders (4)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 25% | $25.000.000 |
Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 25% | $25.000.000 |
Socio 10.xxx.xxx-2 | 10.xxx.xxx-2 | 25% | $25.000.000 |
Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 25% | $25.000.000 |
Administrators (3)
Official extract text
LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, Certifico: por escritura pública hoy, 16 de Octubre de 2023, Repertorio 5971 / 2023, ante mí ANA CECILIA GUZMÁN MINGO, cédula de identidad número diez millones seiscientos veinte mil trescientos cuarenta y ocho guion dos, domiciliada en calle Avenida Presidente Kennedy número cinco mil cuatrocientas treinta y seis, departamento número sesenta y cinco, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; ii) MANUEL JOSÉ GUZMÁN MINGO, cédula de identidad número diez millones seiscientos noventa mil seiscientas noventa y dos guion tres, domiciliado en Paseo Verde dos mil trescientos veintiuno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; iii) RODRIGO GUZMÁN MINGO, cédula de identidad número diez millones seiscientos noventa mil seiscientas setenta guion dos, domiciliado en calle Ibiza cinco seis cinco seis, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y iv) JOSE MARÍA GUZMÁN MINGO, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos cincuenta y ocho mil novecientos veintitrés guion cero, domiciliado en calle El Tranque número diez mil seiscientos treinta y tres, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “INVERSIONES POCURO LIMITADA” pudiendo usar también como nombre de fantasía “INVERSIONES POCURO LTDA.”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de servicios, asesorías y consultoría en materias legales, económicas, financieras, comerciales, tributarias, de inversión, de administración, inmobiliarias, pudiendo prestar todo tipo de servicios de outsourcing a terceros en las materias indicadas, como asimismo actuar de representante, administrador de carteras de inversión y, en general realizar las actividades propias de una agencia de negocios; b) invertir, directamente o a través de otras sociedades o fondos de inversión de cualquier tipo, en toda clase bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles con fines rentísticos, tales como acciones, bonos, cuotas de participación, letras hipotecarias, pagares u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión; como asimismo explotar y administrar dichos bienes, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá formar o participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en estas últimas; y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; y, c) Las demás actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados. Para el desarrollo de los objetos mencionados la sociedad podrá formar parte en otras sociedades, los socios podrán llevar a cabo cualquier otro negocio que acuerden realizar, relacionado o complementario a los ya indicados, sin otra limitación que aquellas que imponen las leyes y reglamentos vigentes. ADMINISTRACION: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a Don MANUEL JOSÉ GUZMÁN MINGO, don RODRIGO GUZMÁN MINGO, y don JOSE MARÍA GUZMÁN MINGO, para que actuando conjuntamente dos de ellos cualesquiera, y anteponiendo su firma a la razón social o sigla, obligarán y representarán a la sociedad válidamente, judicial y extrajudicialmente, con amplísimas facultades en todos los actos, contratos, negocios y gestiones que estime útiles o necesarios celebrar, ejecutar o realizar para el debido manejo y acertado cumplimiento de los fines sociales.- Sin que la enunciación que a continuación se hace tenga el carácter de restrictiva con respecto a las amplísimas facultades de administración. CAPITAL: El capital de la sociedad será la cantidad de cien millones de pesos. El capital social será aportado y pagado por las partes comparecientes a este instrumento en la proporción que se indica a continuación y en la forma siguiente: A/ ANA CECILIA GUZMÁN MINGO, aporta y paga en este acto en dinero en efectivo la suma de veinticinco millones de pesos, los que ingresan a la caja social, otorgándole la sociedad la cancelación correspondiente; B/ MANUEL JOSÉ GUZMÁN MINGO, aporta y paga en este acto en dinero en efectivo la suma de veinticinco millones de pesos, los que ingresan a la caja social, otorgándole la sociedad la cancelación correspondiente; C/ RODRIGO GUZMÁN MINGO, aporta y paga en este acto en dinero en efectivo la suma de veinticinco millones de pesos, los que ingresan a la caja social, otorgándole la sociedad la cancelación correspondiente, y D/ JOSE MARÍA GUZMÁN MINGO, aporta y paga en este acto en dinero en efectivo la suma de veinticinco millones de pesos, los que ingresan a la caja social, otorgándole la sociedad la cancelación correspondiente. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. DURACION La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de Octubre de 2023.-
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será: Uno): Establecer, operar y explotar los negocios de panadería, pastelería, supermercado y toda actividad de compra y venta de alimentos, rosticería, fábrica de sándwich y alimentos, fábrica de empanadas, fábrica de pasteles y todo lo relacionado con el rubro; Dos): Inversiones en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, cooperativas y comunidades, efectos de comercio, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquier naturaleza, y en general todas las demás actividades vinculadas con las ya mencionadas anteriormente; y Tres): En general, cualquier otro objeto, actividad o negocio que sea lícito realizar, esté o no relacionado con el giro principal de la sociedad; será parte del objeto social además, la realización de cualquier otro acto, negocio o convención civil o comercial lícito en derecho, que los socios acuerden llevar a cabo, incluyéndose en él, la formación o constitución de sociedades de cualquier tipo o naturaleza, de cooperativas o cuentas en participación en la administración de las mismas y en su disolución y liquidación sin limitación alguna.
Capital
Total capital
$6.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Andrea Fernanda Gomez Cifuentes Socio 24.xxx.xxx-4 | 24.xxx.xxx-4 | 50% | $3.000.000 |
Socio 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 50% | $3.000.000 |
Official extract text
Carlos Greene Rodriguez, abogado, Notario Público de Los Andes, suplente de la Titular Marta Rivas Schulz, según consta en Decreto del Primer Juzgado de Letras de Los Andes, con oficio en calle Esmeralda N° 417, comuna de Los Andes, Región de Valparaíso, certifica que con fecha de hoy, doña Andrea Fernanda Gomez Cifuentes, rut: 24.797.741-4 y doña Anita María Oyarzún Saavedra, Rut: 13.331.129-7, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social será “INVERSIONES POCURO LIMITADA”. Duración: 5 años.- Domicilio: Los Andes.- Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno): Establecer, operar y explotar los negocios de panadería, pastelería, supermercado y toda actividad de compra y venta de alimentos, rosticería, fábrica de sándwich y alimentos, fábrica de empanadas, fábrica de pasteles y todo lo relacionado con el rubro; Dos): Inversiones en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, derechos en sociedades de personas, cooperativas y comunidades, efectos de comercio, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquier naturaleza, y en general todas las demás actividades vinculadas con las ya mencionadas anteriormente; y Tres): En general, cualquier otro objeto, actividad o negocio que sea lícito realizar, esté o no relacionado con el giro principal de la sociedad; será parte del objeto social además, la realización de cualquier otro acto, negocio o convención civil o comercial lícito en derecho, que los socios acuerden llevar a cabo, incluyéndose en él, la formación o constitución de sociedades de cualquier tipo o naturaleza, de cooperativas o cuentas en participación en la administración de las mismas y en su disolución y liquidación sin limitación alguna.- CAPITAL: $6.000.000.- dividido en partes iguales por cada socia, y que se pagan en la forma indicada en escritura que se extracta. Administración y uso de razón social corresponderá en forma conjunta y separadamente a las socias. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Los Andes, 5 de julio de 2022.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES POCURO LIMITADA
CVE 2396802
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES POCURO LIMITADA
CVE 2152701
