Limited liability company

Inversiones Monte Shipton Limitada

CONSTITUCIÓN — Oct 2, 2023

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2023-10-02View PDF (CVE 2385272)

Corporate information

Ltda
Avenida La Dehesa N° 1.201, oficina 308, Torre Norte
Duration: 30 años
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por Sebastián Enrique Elgueta Marinovic y Andrea Ugarte Astaburuaga, quienes, actuando separada e individualmente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades y la obligará en todos los actos, gestiones, negocios y contratos.

Corporate purpose

La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; b) La compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; c) La celebración y ejecución de todos los actos y los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas; y, d) En general, cualquier otra operación o actividad que directa o indirectamente se relaciones con las anteriores, incluso, pudiendo ampliar sus actividades a otros rubros que sean acordadas por los socios durante la vigencia de la Sociedad.

Capital

Total capital

$370.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$369.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

Sebastián Enrique Elgueta Marinovic

Socio

9.xxx.xxx-5

99%

Andrea Ugarte Astaburuaga

Socio

7.xxx.xxx-k

1%

Administrators (2)

Sebastián Enrique Elgueta Marinovic

9.xxx.xxx-5Administrador

Andrea Ugarte Astaburuaga

7.xxx.xxx-kAdministrador

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, certifica: que, por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2023, Repertorio N° 29.691-2023, ante mí, Sebastián Enrique Elgueta Marinovic, cédula nacional de identidad N°9.679.211-5; y, Andrea Ugarte Astaburuaga, cédula nacional de identidad N°7.683.461-K, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N° 1.201, oficina 308, Torre Norte, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada (en adelante la “Sociedad”) de cuyo texto extracto lo siguiente: Artículo Primero. Razón social: La razón social será “Inversiones Monte Shipton Limitada”, pudiendo usar para todos los efectos, incluso fines comerciales, tributarios, bancarios y publicitarios, el nombre de fantasía “Inversiones Monte Shipton Ltda”. Artículo Tercero: Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; b) La compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; c) La celebración y ejecución de todos los actos y los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas; y, d) En general, cualquier otra operación o actividad que directa o indirectamente se relaciones con las anteriores, incluso, pudiendo ampliar sus actividades a otros rubros que sean acordadas por los socios durante la vigencia de la Sociedad. Artículo Cuarto: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $370.000.000.-, que será aportado, enterado y pagado, por los socios de la siguiente manera: Uno. Don Sebastián Enrique Elgueta Marinovic, suscribe la suma de $366.300.000.-, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social y derechos sociales, que paga y pagará de la siguiente forma: a) con la suma de $990.000.-, que paga en este acto, al contado en dinero efectivo, moneda de curso legal; y, b) con la suma de $365.310.000.-, que pagará dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento; y, Dos. Doña Andrea Ugarte Astaburuaga, suscribe la suma de $3.700.000.-, equivalentes al uno por ciento del capital social y derechos sociales, que paga y pagará de la siguiente forma: a) con la suma de $10.000.-, que paga en este acto, al contado en dinero efectivo, moneda de curso legal; y, b) con la suma de $3.690.000.-, que pagará dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Artículo Sexto: Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por don Sebastián Enrique Elgueta Marinovic y doña Andrea Ugarte Astaburuaga, quienes, actuando separada e individualmente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades y la obligará en todos los actos, gestiones, negocios y contratos. Artículo Noveno: Plazo. El plazo de duración de la Sociedad será de 30 años contados desde la fecha de la escritura, plazo prorrogable en la forma señalada en escritura extractada. Otras estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 28 de septiembre de 2023.

Recent filings

  1. CONSTITUCIÓN

    Inversiones Monte Shipton Limitada

    CVE 2385272

Corporate relationships

CompanyPersonDiario Oficial