Limited liability company

Inversiones Martín Pescador Limitada

CONSTITUCIÓN — Feb 19, 2024

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2024-02-19View PDF (CVE 2456284)

Corporate information

Ltda
calle Rosario Norte 555, oficina 501
Duration: cinco años a contar de la fecha de la presente escritura pública, prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Administration: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a ALEJANDRA CALDERÓN ARRIGONI, DANIELLA CALDERÓN ARRIGONI y MATÍAS FERNANDO CALDERÓN ARRIGONI, actuando al menos dos conjuntamente y anteponiendo su firma al nombre o razón social.

Corporate purpose

La sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos de sociedades, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privados o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de éstas inversiones y sus frutos, tanto en Chile como en el extranjero; b) la creación, estudios, desarrollo y financiamiento, por cuenta propia o ajena de proyectos de cualquier naturaleza; c) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, creadas o por crearse, en comunidades y otros negocios en general, tanto en Chile como en el extranjero; y realizar todos los actos y contratos conducentes a su objeto, y toda actividad conexa o relacionada con la anterior.

Capital

Total capital

$1.200.000

Paid-in capital

$1.200.000

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

ALEJANDRA CALDERÓN ARRIGONI

Socio

33%

DANIELLA CALDERÓN ARRIGONI

Socio

33%

MATÍAS FERNANDO CALDERÓN ARRIGONI

Socio

33%

Official extract text

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaría, calle Huérfanos N° 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, ALEJANDRA CALDERÓN ARRIGONI, en su calidad de empresaria unipersonal, DANIELLA CALDERÓN ARRIGONI, en su calidad de empresaria unipersonal, y MATÍAS FERNANDO CALDERÓN ARRIGONI, en su calidad de empresario unipersonal, todos domiciliados para estos efectos en calle Rosario Norte 555, oficina 501, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, Razón Social: "INVERSIONES MARTÍN PESCADOR LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso ante los bancos, el nombre de fantasía “INV. MARTÍN PESCADOR LTDA.”. Administración y uso razón social: Corresponderá a El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a doña ALEJANDRA CALDERÓN ARRIGONI, a doña DANIELLA CALDERÓN ARRIGONI, y a don MATÍAS FERNANDO CALDERÓN ARRIGONI, todos ya individualizados, quienes, actuando al menos dos conjuntamente y anteponiendo su firma al nombre o razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que estimen necesarios. Capital Social: $1.200.000.-, que socios han aportado de la siguiente forma: A) doña ALEJANDRA CALDERÓN ARRIGONI, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, que representan un tercio de los derechos sociales, que paga íntegramente en este acto, de la siguiente forma: i) mediante el aporte en dominio de su participación social en INVERSIONES Y ASESORÍAS PETRUS LIMITADA, ascendente al trece por ciento del total de los derechos sociales, valorizados de común acuerdo por los socios en la suma de doscientos setenta y siete mil setecientos noventa pesos, y; ii) mediante el aporte de la suma de ciento veintidós mil doscientos diez pesos en dinero efectivo e ingresándolos a caja social, y B) doña DANIELLA CALDERÓN ARRIGONI, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, que representan un tercio de los derechos sociales, que paga íntegramente en este acto, de la siguiente forma: i) mediante el aporte en dominio de su participación social en INVERSIONES Y ASESORÍAS PETRUS LIMITADA, ascendente al trece por ciento del total de los derechos sociales, valorizados de común acuerdo por los socios en la suma de doscientos setenta y siete mil setecientos noventa pesos, y; ii) mediante el aporte de la suma de ciento veintidós mil doscientos diez pesos en dinero efectivo e ingresándolos a caja social, y; C) don MATÍAS FERNANDO CALDERÓN ARRIGONI, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, que representan un tercio de los derechos sociales, que paga íntegramente en este acto, de la siguiente forma: i) mediante el aporte en dominio de su participación social en INVERSIONES Y ASESORÍAS PETRUS LIMITADA, ascendente al trece por ciento del total de los derechos sociales, valorizados de común acuerdo por los socios en la suma de ciento ochenta y siete mil quinientos noventa pesos, y; ii) mediante el aporte de la suma de doscientos doce mil cuatrocientos diez pesos en dinero efectivo e ingresándolos a caja social. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos de sociedades, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privados o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de éstas inversiones y sus frutos, tanto en Chile como en el extranjero; b) la creación, estudios, desarrollo y financiamiento, por cuenta propia o ajena de proyectos de cualquier naturaleza; c) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, creadas o por crearse, en comunidades y otros negocios en general, tanto en Chile como en el extranjero; y realizar todos los actos y contratos conducentes a su objeto, y toda actividad conexa o relacionada con la anterior. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura pública, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2024. Félix Jara Cadot. N.P.T.

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