Limited liability company

Inversiones El Coto Limitada

CONSTITUCIÓN — Oct 15, 2025

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2025-10-15View PDF (CVE 2712836)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 30 años desde la fecha de la escritura extractada, renovable automáticamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquier socio manifieste su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura extractada.
Administration: Corresponderá a doña María Francisca Moller Opazo, actuando individualmente sin limitaciones de ninguna especie. En caso de ausencia o impedimento temporal o permanente de doña María Francisca Moller Opazo, la administración de la Sociedad corresponderá a don Tomás Larraín Moller actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Ricardo Larraín Llona o don Ramio Sebastián Soffia Moller. A contar del día cuatro de abril de dos mil veintiséis, en caso de ausencia o impedimento temporal o permanente de doña María Francisca Moller Opazo, la administración de la Sociedad, su representación y el uso de su razón social corresponderá a don Tomás Larraín Moller junto con doña Camila Larraín Moller, actuando ambos conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Ricardo Larraín Llona o don Ramiro Sebastián Soffia Moller.

Corporate purpose

La sociedad tendrá por objeto la tenencia, enajenación, explotación y obtención de rentas de capitales mobiliarios consistentes en intereses, pensiones o cualesquiera otros productos derivados del dominio, posesión o tenencia a título precario de cualquier clase de capital mobiliario, sea cual fuere su denominación, incluyéndose las rentas que provengan, entre otros, de depósitos en dinero, ya sea a la vista o a plazo, efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, y percibir sus frutos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de sus fines.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (4)

NameParticipation

Tomás Larraín Moller

Socio

30%

María Francisca Moller Opazo

Socio

10%

Camila Larraín Moller

Socio

30%

Ricardo Larraín Moller

Socio

30%

Official extract text

Ministerio del Interior PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifico que: Por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2025, ante mí, don Tomás Larraín Moller; doña María Francisca Moller Opazo; doña Camila Larraín Moller y don Ricardo Larraín Moller, todos domiciliados para estos efectos, en Avenida Del Condor N° 600 Piso 2, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, con las siguientes disposiciones extractables: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad es “Inversiones El Coto Limitada”, sin perjuicio de que para fines comerciales, publicitarios e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos pueda usar el nombre de fantasía de “El Coto Ltda.” Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero; Objeto: La sociedad tendrá por objeto la tenencia, enajenación, explotación y obtención de rentas de capitales mobiliarios consistentes en intereses, pensiones o cualesquiera otros productos derivados del dominio, posesión o tenencia a título precario de cualquier clase de capital mobiliario, sea cual fuere su denominación, incluyéndose las rentas que provengan, entre otros, de depósitos en dinero, ya sea a la vista o a plazo, efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, y percibir sus frutos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de sus fines. Duración: 30 años desde la fecha de la escritura extractada, renovable automáticamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquier socio manifieste su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura extractada. Capital: $1.000.000.- íntegramente pagados, que los socios aportaron de la siguiente manera: 1) don Tomás Larraín Moller, aportó la suma de $300.000 equivalentes a un 30% de los derechos en que se divide el capital social; 2) doña María Francisca Moller Opazo, aportó la suma de $100.000 equivalentes a un 10% de los derechos en que se divide el capital social; 3) doña Camila Larraín Moller, aportó la suma de $300.000 equivalentes a un 30% de los derechos en que se divide el capital social, y 4) don Ricardo Larraín Moller, aportó la suma de $300.000 equivalentes a un 30% de los derechos en que se divide el capital social. Administración: Corresponderá a doña María Francisca Moller Opazo, actuando individualmente sin limitaciones de ninguna especie. Con todo, en caso de ausencia o impedimento temporal o permanente de doña María Francisca Moller Opazo, cuestión que no será necesaria acreditar ante terceros, la administración de la Sociedad, corresponderá a don Tomás Larraín Moller actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Ricardo Larraín Llona o don Ramio Sebastián Soffia Moller sin limitaciones de ninguna especie. A contar del día cuatro de abril de dos mil veintiséis, en caso de ausencia o impedimento temporal o permanente de doña María Francisca Moller Opazo, cuestión que no será necesaria acreditar ante terceros, la administración de la Sociedad, su representación y el uso de su razón social, corresponderá a don Tomás Larraín Moller junto con doña Camila Larraín Moller, actuando ambos conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Ricardo Larraín Llona o don Ramiro Sebastián Soffia Moller, sin limitaciones de ninguna especie. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de octubre de 2025.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Inversiones El Coto Limitada

    CVE 2712836

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