Inversiones Dajoma SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será el de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales e incorporales, y, especialmente en toda clase de bienes raíces, agrícolas y/o no agrícolas, como asimismo, la inversión en bonos, debentures, créditos, efectos de comercio, fondos mutuos, fondos de inversión y depósitos a plazo, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Capital
Total capital
$130.000.000
Paid-in capital
$130.000.000
Pending capital
$0
Shares
13,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 100% | $130.000.000 |
Administrators (2)
FRANCISCO JAVIER QUEZADA IRIBARREN
Official extract text
Marianela Angélica Bustos Bustos, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Suplente del Titular de la comuna de Villarrica don Francisco Javier Muñoz Flores, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica Que por escritura pública de hoy ante mí, don RAMÓN QUEZADA IRIBARREN, chileno, agricultor, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad N° 7.322.404-7, domiciliado para estos efectos en General Urrutia N° 980, comuna y ciudad de Villarrica, constituyó una Sociedad por Acciones, la cual se regirá por los estatutos sociales que a continuación se indican, y, en subsidio, por el Título VII del Libro II del Código de Comercio y demás normas legales que le sean aplicables. Razón social: INVERSIONES DAJOMA SpA. nombre de fantasía DAJOMA SpA. Domicilio: Villarrica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será el de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales e incorporales, y, especialmente en toda clase de bienes raíces, agrícolas y/o no agrícolas, como asimismo, la inversión en bonos, debentures, créditos, efectos de comercio, fondos mutuos, fondos de inversión y depósitos a plazo, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital y acciones: $130.000.000.-, dividido en 13.000 acciones, todas nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, que el accionista suscribe y paga mediante i) El aporte y cesión del derecho real de herencia que se indica en el numeral uno del artículo primero transitorio de la escritura extractada, ascendente a un tercio de los derechos en la herencia intestada quedada al fallecimiento de su padre y madre, avaluado en ochenta millones de pesos; y mediante ii) El aporte en dominio del predio Santa María de una cabida de 5,40 hectáreas, ubicado en el lugar Villa Julia, comuna de Villarrica, inscrito a Fojas 906, N°637 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, correspondiente al año 2006, singularizado en el numeral dos el artículo primero transitorio de la escritura extractada, avaluado en cincuenta millones de pesos. En virtud de lo anterior, el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.. El aporte en dominio del bien raíz y la cuota de los derechos de herencia singularizados en el artículo primero transitorio de la escritura extractada, se efectuó bajo la modalidad de propiedad fiduciaria, conforme artículo cuarto transitorio. El aporte de la cuota hereditaria se efectuó mediante la autorización expresa de los demás legitimarios, conforme a lo establecido en los artículos mil novecientos nueve y siguientes del Código Civil. Administración: El único accionista don RAMÓN QUEZADA IRIBARREN, se autodesignó como Administrador de la sociedad, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, entendiéndose investido de las más amplias facultades de administración y disposición establecidas en el artículo octavo de escritura extractada, inclusive para la ejecución de actos y celebración de contratos para los cuales las leyes le requieran poderes o facultades especiales, sin que sea necesario, para ello, otorgarle poder alguno ni acreditarlo ante terceros. A falta y en subsidio de él, la administración de la sociedad quedará radicada en don FRANCISCO JAVIER QUEZADA IRIBARREN, quien actuará con las mismas facultades del Administrador faltante y que están establecidas en estatutos y en la ley. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Villarrica, 06 de Febrero de 2024.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES DAJOMA SpA
CVE 2455370
