Inmobiliaria Tres Aguas Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
la realización de inversiones en bienes muebles e inmuebles; la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, compraventa, leasing, explotación, importación, exportación, fabricación y distribución de toda clase de bienes muebles, valores, acciones, debentures y demás instrumentos de inversión y de mercado de capitales; la adquisición, enajenación, venta, arrendamiento, leasing, administración, construcción, loteo, subdivisión, fusión, explotación y urbanización de toda clase de bienes raíces por cuenta propia o ajena, incluyendo en ello la planificación, estudio y ejecución de desarrollos urbanísticos inmobiliarios, urbanos y/o rurales, y de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción
Capital
Total capital
$3.000.000
Paid-in capital
$3.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 11.xxx.xxx-k | 11.xxx.xxx-k | 33.333333333333336% | $1.000.000 |
EDUARDO ESTEBAN JAUREGUIBERRY GUZMÁN Socio 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | 33.333333333333336% | $1.000.000 |
Socio 16.xxx.xxx-3 | 16.xxx.xxx-3 | 33.333333333333336% | $1.000.000 |
Administrators (3)
EDUARDO ESTEBAN JAUREGUIBERRY GUZMÁN
Official extract text
CARMEN PODLECH MICHAUD, Notario Público Titular de Valdivia, con oficio en calle San Carlos 159, local 3, CERTIFICA: que por escritura pública 08 noviembre 2019, Rep. N° 5508-2019, ante Arturo Ruiz Symmes, suplente de titular que autoriza, don GASTON ALEJANDRO LARA SOBARZO, chileno, casado, psicólogo, cédula nacional de identidad N° 11.355.441-K; don EDUARDO ESTEBAN JAUREGUIBERRY GUZMÁN, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad N° 16.298.526-4, y don JORGE EDUARDO WHITAKER PARIS, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 16.360.077-3, todos ellos domiciliados para estos efectos en calle Mauricio Van de Maele 213, comuna de Valdivia, todos los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas, y exponen que han convenido en el siguiente contrato de sociedad, los comparecientes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada "INMOBILIARIA TRES AGUAS LIMITADA” pudiendo usar como nombre de fantasía para todos los efectos legales “TRES AGUAS LIMITADA”. Domicilio. El domicilio de la sociedad es la comuna y ciudad de Valdivia, Región de los Ríos, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos de la República o del extranjero.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la realización de inversiones en bienes muebles e inmuebles; b) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, compraventa, leasing, explotación, importación, exportación, fabricación y distribución de toda clase de bienes muebles, valores, acciones, debentures y demás instrumentos de inversión y de mercado de capitales; c) la adquisición, enajenación, venta, arrendamiento, leasing, administración, construcción, loteo, subdivisión, fusión, explotación y urbanización de toda clase de bienes raíces por cuenta propia o ajena, incluyendo en ello la planificación, estudio y ejecución de desarrollos urbanísticos inmobiliarios, urbanos y/o rurales, y de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción.- Capital: El capital social es la suma de $3.000.000.- cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) Don GASTON ALEJANDRO LARA SOBARZO aporta la suma total de $1.000.000.- que es enterada en arcas sociales en este acto en dinero en efectivo, b) don EDUARDO ESTEBAN JAUREGUIBERRY GUZMÁN, aporta la suma total de $1.000.000.- que es enterada en arcas sociales en este acto en dinero en efectivo; y c) don JORGE EDUARDO WHITAKER PARIS, aporta la suma total de $1.000.000.- que es enterada en arcas sociales en este acto en dinero en efectivo. La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá a cualquiera de dos de los tres socios, don GASTON ALEJANDRO LARA SOBARZO, don EDUARDO ESTEBAN JAUREGUIBERRY GUZMÁN y don JORGE EDUARDO WHITAKER PARIS. Duración. La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de 5 años, prorrogables de manera automática y sucesiva por períodos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de vencimiento, su voluntad de no prorrogar su vigencia. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valdivia, 28 de noviembre de 2019.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA TRES AGUAS LIMITADA
CVE 1690431
