Limited liability company

Inmobiliaria Ipar Limitada

CONSTITUCIÓN — Apr 10, 2019

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2019-04-10View PDF (CVE 1573156)

Corporate information

Ltda
Concepción, Biobío
Duration: 5 años, período prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administration: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios FELIPE EDUARDO PALACIOS ARREDONDO y MARIO EDUARDO PALACIOS MONTTI, quienes podrán actuar conjuntamente, separada o indistintamente.

Corporate purpose

Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la inversión en el mercado de capitales u otros instrumentos, bienes inmueble y muebles; la inversión o participación en cualquier tipo de sociedad, sea esta de responsabilidad limitada, de persona, o y toda otra actividad que este directa o indirectamente relacionada con las anteriores.

Capital

Total capital

$10.000.000

Paid-in capital

$10.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (4)

NameParticipation

FELIPE EDUARDO PALACIOS ARREDONDO

Socio

15%

MARIO EDUARDO PALACIOS MONTTI

Socio

40%

JOSE MIGUEL PALACIOS ARREDONDO

Socio

5%

MARIA ANTONIETA ARREDONDO ALVEAR

Socio

40%

Administrators (2)

Official extract text

GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 03 de Abril de 2.019, ante mí: FELIPE EDUARDO PALACIOS ARREDONDO, domiciliado en Pascual Binimellis número 85, casa 2, Lonco Oriente, comuna Chiguayante; MARIO EDUARDO PALACIOS MONTTI, domiciliado en Pascual Binimellis número 85, casa 9, Lonco Oriente, comuna Chiguayante; MARIA ANTONIETA ARREDONDO ALVEAR, domiciliada en Pascual Binimellis número 85, casa 9, Lonco Oriente, comuna Chiguayante; y JOSE MIGUEL PALACIOS ARREDONDO, domiciliado en Pascual Binimellis número 85, casa 9, Lonco Oriente, comuna Chiguayante, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “INMOBILIARIA IPAR LIMITADA” Nombre fantasía: “IPAR LIMITADA” pudiendo abreviar en ambos casos la palabra limitada por “Ltda. Objeto social será: Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; La inversión en el mercado de capitales u otros instrumentos, bienes inmueble y muebles; La inversión o participación en cualquier tipo de sociedad, sea esta de responsabilidad limitada, de persona, o y toda otra actividad que este directa o indirectamente relacionada con las anteriores.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios don FELIPE EDUARDO PALACIOS ARREDONDO, y don MARIO EDUARDO PALACIOS MONTTI, quienes podrán actuar conjuntamente, separada o indistintamente.- CAPITAL: $10.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) Socio don FELIPE EDUARDO PALACIOS ARREDONDO, aporta en este acto la suma de $1.500.000, equivalente al 15% del total del capital; y que entera en este acto en dinero efectivo en caja social; b) El socio don MARIO EDUARDO PALACIOS MONTTI, aporta la suma de $4.000.000.-, equivalente al 40% del total del capital, y que entera en este acto en dinero efectivo en caja social; c) El socio don JOSE MIGUEL PALACIOS ARREDONDO, aporta la suma de $500.000.-, equivalente al 5% del total del capital, y que entera en este acto en dinero efectivo en caja social; d) La socia doña MARIA ANTONIETA ARREDONDO ALVEAR, aporta la suma de $4.000.000.-, equivalente al 40% del total del capital, y que entera en este acto en dinero efectivo en caja social.- Domicilio: Concepción.- Duración: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 08 de Abril de 2019.

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  1. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA IPAR LIMITADA

    CVE 1573156

Corporate relationships

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