Limited liability company

Inmobiliaria E Inversiones Revilla E Hijos Limitada

CONSTITUCIÓN — Sep 7, 2017

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2017-09-07View PDF (CVE 1268669)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 10 años prorrogables según escritura extractada
Administration: dos cualesquiera de los socios actuando de forma conjunta, con amplias facultades en escritura extractada

Corporate purpose

la inversión, la adquisición, enajenación y explotación a cualquier título de bienes muebles e inmuebles de cualquier naturaleza, sean éstos corporales o incorporales, su administración y la percepción de sus frutos y toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y cualquier otro negocio que acordaren los socios, por escrito

Capital

Total capital

$210.000.000.-

Paid-in capital

$210.000.000.-

Shareholders (4)

NameParticipation

PORFIRIO REVILLA ROMÁN

Socio

95.5714285714%

PORFIRIO ALMAQUIO REVILLA DROGUETT

Socio

1.4761904762%

EUGENIA MACARENA REVILLA DROGUETT

Socio

1.4761904762%

GLORIA NATALIA REVILLA DROGUETT

Socio

1.4761904762%

Official extract text

MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, Abogado, Notario Público, Titular de la 17 Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui 361, certifica: Por escritura de fecha 7 de Julio de 2017, ante mí, don PORFIRIO REVILLA ROMAN, doña EUGENIA MACARENA REVILLA DROGUETT, don PORFIRIO ALMAQUIO REVILLA DROGUETT y doña GLORIA NATALIA REVILLA DROGUETT, todos domiciliados en calle Romero 2930, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de aportes. Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES REVILLA E HIJOS LIMITADA”. Administración y uso razón social: dos cualesquiera de los socios actuando de forma conjunta, con amplias facultades en escritura extractada. Capital: El capital social será la suma de $210.000.000.-, que los socios aportan de la siguiente forma: uno) Don PORFIRIO REVILLA ROMÁN, se obliga a aportar la suma de doscientos millones setecientos mil pesos, que paga mediante el aporte en dominio a la sociedad de los derechos que posee en los siguientes inmuebles: A) parte del inmueble ubicado en Avenida Bernardo O’Higgins número dos mil novecientos treinta y nueve al número dos mil novecientos cuarenta y siete, con frente a la calle Romero número dos mil novecientos treinta al dos mil novecientos cuarenta y dos, de esta ciudad que deslinda: NORTE, en veintiún metros diez centímetros con calle Romero; SUR, en siete metros noventa centímetros con don Helet Naushe y en trece metros con resto del predio de la sociedad López Palacios Hermanos Limitada; ORIENTE, en veintinueve metros diez centímetros y en sesenta y nueve metros noventa centímetros con don Manuel Ortíz, hoy don Helet Naushe; PONIENTE, en noventa y nueve metros con don José Sánchez. Estos derechos se encuentran inscritos a su nombre a fojas cincuenta y cuatro mil noventa y dos número sesenta y ocho mil cuatrocientos noventa y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos ochenta y uno. El valor que las partes dan a estos derechos es la suma de ciento ochenta millones de pesos. B) Derechos en propiedad raíz ubicada en Quilpué, calle Peyronet número setecientos treinta y nueve, y que según minuta protocolizada bajo el número sesenta y siete del año mil novecientos cuarenta y cinco, deslinda y mide: al NORTE: con Delfín Pizarro y Adelaida Galeas, en cincuenta coma cero cero metros; al SUR: con Juan Vásquez, en igual medida; al ORIENTE: con calle Peyronet, en doce coma cincuenta metros; y al PONIENTE: con resto de la propiedad de la vendedora, inscrita a su nombre a fojas ochocientos noventa y nueve vuelta número mil trescientos cuarenta y nueve del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Quilpué, correspondiente al año mil novecientos noventa y tres. El valor que las partes dan a estos derechos es la suma de $20.700.000.-. De este modo, el aporte del socio se encuentra totalmente pagado. dos) Don PORFIRIO ALMAQUIO REVILLA DROGUETT, se obliga a aportar la suma de $3.100.000.-, que pagará dentro del plazo de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, en dinero efectivo. tres) Doña EUGENIA MACARENA REVILLA DROGUETT, se obliga a aportar la suma de $3.100.000.-, que pagará dentro del plazo de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, en dinero efectivo, y cuatro) Doña GLORIA NATALIA REVILLA DROGUETT, se obliga a aportar la suma de $3.100.000.-, que pagará dentro del plazo de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, en dinero efectivo. Objeto: la inversión, la adquisición, enajenación y explotación a cualquier título de bienes muebles e inmuebles de cualquier naturaleza, sean éstos corporales o incorporales, su administración y la percepción de sus frutos y toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y cualquier otro negocio que acordaren los socios, por escrito. Domicilio: Santiago sin perjuicio agencias o sucursales en país o extranjero. Duración: 10 años prorrogables según escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 4 de Septiembre de 2017.-

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  1. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA E INVERSIONES REVILLA E HIJOS LIMITADA

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