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Inmobiliaria e Inversiones Nuevo Horizonte SpA

CONSTITUCIÓN — Oct 22, 2021

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2021-10-22View PDF (CVE 2028976)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: Indefinida
Administration: La administración, el uso de la razón social, y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad será ejercida por uno o más administradores designados al efecto. Los accionistas por unanimidad designan a don Jaime Eduardo Garstman Valeri, quien podrá actuar individualmente por la sociedad. Sin perjuicio de lo anterior, los accionistas designan como administradores a doña Gabriela Marcela Garstman León, a doña Nicole Amalia Garstman León, y a doña Florencia Antonia Garstman León, quienes, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellas, podrán actuar por la sociedad.

Corporate purpose

La realización, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país, de lo siguiente: a) La inversión en cualquier forma de bienes de todas clases, corporales o incorporales y raíces o muebles y particularmente en inmuebles corporales de carácter habitacional comercial, industrial, agrícola, pecuario, forestal y minero, y en acciones, bonos, valores y otros títulos o documentos representativos de obligaciones de dinero, incluyendo la participación como socio o asociado en sociedades o empresas de cualquier clase y objeto, o su explotación o administración; b) La compra, venta, arrendamiento, usufructo, concesión o explotación en cualquier forma y directamente o en asociación con terceros, de bienes corporales muebles o inmuebles, o derechos constituidos en ellos; c) El estudio y la preparación, planificación, desarrollo y ejecución de proyectos de inversión o inmobiliarios de toda clase; d) La representación de negocios, productos o empresas de inversión o inmobiliarias o de carácter comercial, agrícola, forestal, pecuario, industrial, minero; e) Las demás actividades directa o indirectamente relacionadas con las anteriores o complementarias de ellas, y las otras que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la Sociedad.

Capital

Total capital

$20.000.000

Paid-in capital

$14.000.000

Pending capital

$6.000.000

Shares

1,000

Shareholders (4)

NameParticipation

Jaime Eduardo Garstman Valeri

Accionista

8.xxx.xxx-6

25%

Gabriela Marcela Garstman León

Accionista

17.xxx.xxx-0

25%

Nicole Amalia Garstman León

Accionista

18.xxx.xxx-4

25%

Florencia Antonia Garstman León

Accionista

19.xxx.xxx-k

25%

Administrators (4)

Jaime Eduardo Garstman Valeri

8.xxx.xxx-6Administrador

Gabriela Marcela Garstman León

17.xxx.xxx-0Administrador

Nicole Amalia Garstman León

18.xxx.xxx-4Administrador

Florencia Antonia Garstman León

19.xxx.xxx-kAdministrador

Official extract text

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaria de Santiago, con domicilio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2021, Repertorio 77.486-2021, ante mí, don Jaime Eduardo Garstman Valeri, cédula de identidad N° 8.742.218-6, con domicilio en Avenida Las Condes 9660, depto. 1403, comuna de Las Condes; doña Gabriela Marcela Garstman León, cédula de identidad N° 17.752.971-0; doña Nicole Amalia Garstman León, cédula de identidad N° 18.782.239-4; y doña Florencia Antonia Garstman León, cédula de identidad N° 19.323.108-K, estas últimas domiciliadas en El Convento 679, comuna de Las Condes, constituyeron sociedad por acciones en conformidad a disposiciones artículos 348 y 424 al 446 Código de Comercio, cuyos estatutos se extracta: Razón Social: “Inmobiliaria e Inversiones Nuevo Horizonte SpA”, sin embargo, la Sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive con los Bancos, con el nombre de fantasía “Nuevo Horizonte SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la realización, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país, de lo siguiente: a) La inversión en cualquier forma de bienes de todas clases, corporales o incorporales y raíces o muebles y particularmente en inmuebles corporales de carácter habitacional comercial, industrial, agrícola, pecuario, forestal y minero, y en acciones, bonos, valores y otros títulos o documentos representativos de obligaciones de dinero, incluyendo la participación como socio o asociado en sociedades o empresas de cualquier clase y objeto, o su explotación o administración; b) La compra, venta, arrendamiento, usufructo, concesión o explotación en cualquier forma y directamente o en asociación con terceros, de bienes corporales muebles o inmuebles, o derechos constituidos en ellos; c) El estudio y la preparación, planificación, desarrollo y ejecución de proyectos de inversión o inmobiliarios de toda clase; d) La representación de negocios, productos o empresas de inversión o inmobiliarias o de carácter comercial, agrícola, forestal, pecuario, industrial, minero; e) Las demás actividades directa o indirectamente relacionadas con las anteriores o complementarias de ellas, y las otras que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la Sociedad. Domicilio: La ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital social asciende a la suma de $20.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: /a/ Don Jaime Eduardo Garstman Valeri, con la cantidad de 250 acciones, las cuales suscribe y paga íntegramente, aportando en dinero efectivo la suma de $5.000.000, que ingresa a la caja social; /b/ doña Gabriela Marcela Garstman León, con la cantidad de 250 acciones, las cuales suscribe y paga: (i) con $3.000.000 en dinero efectivo, que ingresa a la caja social, y (ii) el saldo de $2.000.000 lo pagará dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de escritura; /c/ doña Nicole Amalia Garstman León, con la cantidad de 250 acciones, las cuales suscribe y paga: (i) con $3.000.000 en dinero efectivo, que ingresa a la caja social, y (ii) el saldo de $2.000.000 lo pagará dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de escritura; y /d/ doña Florencia Antonia Garstman León, con la cantidad de 250 acciones, las cuales suscribe y paga: (i) con $3.000.000 en dinero efectivo, que ingresa a la caja social, y (ii) el saldo de $2.000.000 lo pagará dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de escritura. Administración: La administración, el uso de la razón social, y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad será ejercida por uno o más administradores designados al efecto. Los accionistas por unanimidad designan a don Jaime Eduardo Garstman Valeri, cédula de identidad N° 8.742.218-6, quien podrá actuar individualmente por la sociedad, con todas y cada una de las facultades indicadas en los estatutos. Sin perjuicio de lo anterior, los accionistas designan como administradores a doña Gabriela Marcela Garstman León, cédula de identidad N° 17.752.971-0, a doña Nicole Amalia Garstman León, cédula de identidad N° 18.782.239-4, y a doña Florencia Antonia Garstman León, cédula de identidad N° 19.323.108-K, quienes, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellas, podrán actuar por la sociedad, con todas y cada una de las facultades singularizadas en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de octubre de 2021.

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