Limited liability company

Inmobiliaria E Inversiones Cth Limitada

CONSTITUCIÓN — May 27, 2022

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2022-05-27View PDF (CVE 2134387)

Corporate information

Ltda
Villa Alemana, Valparaíso
Duration: 3 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos de 2 años cada uno
Administration: La administración, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá al socio CRISTIAN ENRIQUE VARGAS INOSTROZA, quien actuará por la sociedad anteponiendo a su firma la razón social, obligándola y representándola en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, sin necesidad de acreditar frente a terceros si corresponden o no al giro social, bajo responsabilidad legal.

Corporate purpose

a) la realización y otorgamiento de todo tipo de prestaciones en el área o ámbito de la ingeniería y la construcción, salud y la medicina; b) inversión de capitales en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales e incorporales; respecto de todo lo anterior pudiendo adquirir y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos, darlos en comodato, arriendo y leasing; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; c) compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos, agrícolas o rurales; d) brindar o realizar asesoría, capacitación y consultorías en distintas áreas del conocimiento, así como cualquier otra actividad que los socios acuerden, pudiendo participar en sociedades constituidas o por constituir.

Capital

Total capital

$18.000.000

Paid-in capital

$8.000.000

Pending capital

$10.000.000

Shareholders (4)

NameParticipation

PATRICIA JACQUELINE MARQUEZ CACERES

Socio

10.xxx.xxx-3

-

CRISTIAN ESTEBAN VARGAS MARQUEZ

Socio

17.xxx.xxx-2

-

MATIAS JACOB VARGAS MARQUEZ

Socio

18.xxx.xxx-3

-

CRISTIAN ENRIQUE VARGAS INOSTROZA

Socio

9.xxx.xxx-1

-

Administrators (1)

CRISTIAN ENRIQUE VARGAS INOSTROZA

9.xxx.xxx-1Administrador

Official extract text

GONZALO FRANCISCO SEVERIN HUIDOBRO, abogado y Notario Suplente del Titular de la Cuarta Notaría de Viña del Mar de Don Evaldo Daniel Rehbein Utreras, con oficio en Avenida Libertad 901 local A, Certifico: Que por escritura ante mí, veintiséis de abril de dos mil veintidós, Repertorio N° 1368/2022, PATRICIA JACQUELINE MARQUEZ CACERES, cédula de identidad 10.069.801- 3, chilena, casada y separada totalmente de bienes, técnico en alimentación, domiciliada en Los Cerezos 3130, Villa Alemana, don CRISTIAN ESTEBAN VARGAS MARQUEZ, cédula de identidad 17.957.625-2, chileno, de estado civil soltero, ingeniero constructor, domiciliado en 9 norte 555, departamento 416, Viña del Mar, don MATIAS JACOB VARGAS MARQUEZ, cédula de identidad 18.582.051-3, chileno, de estado civil soltero, egresado de la carrera de ingeniería en fabricación y diseño industrial, domiciliado en Los Cerezos 3130, Villa Alemana y don CRISTIAN ENRIQUE VARGAS INOSTROZA, cédula de identidad 9.706.488-1, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero constructor, domiciliado en Los Cerezos 3130, Villa Alemana, mayores de edad, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES CTH LIMITADA” o nombre de fantasía "CUIDAMOS TU HOGAR LTDA." Objeto: sociedad será a) la realización y otorgamiento de todo tipo de prestaciones en el área o ámbito de la ingeniería y la construcción, salud y la medicina; b) inversión de capitales en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales e incorporales; respecto de todo lo anterior pudiendo adquirir y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos, darlos en comodato, arriendo y leasing; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; c) compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos, agrícolas o rurales; d) brindar o realizar asesoría, capacitación y consultorías en distintas áreas del conocimiento, así como cualquier otra actividad que los socios acuerden, pudiendo participar en sociedades constituidas o por constituir. Administración: La administración, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá al socio don CRISTIAN ENRIQUE VARGAS INOSTROZA, ya individualizado, de manera tal que actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la obligará y representará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, sin necesidad de acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social, bajo responsabilidad legal. Capital El capital social será la suma de dieciocho millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) La socia doña PATRICIA JACQUELINE MARQUEZ CACERES aporta la suma de quince millones de pesos, suma que se entera con la suma de cinco millones de pesos en este acto y el saldo a enterar en la caja social en el plazo máximo de tres años a contar de esta fecha; b) los restantes socios don CRISTIAN ESTEBAN VARGAS MARQUEZ, don MATIAS JACOB VARGAS MARQUEZ y don CRISTIAN ENRIQUE VARGAS INOSTROZA aportan cada uno de ellos la suma de un millón de pesos los que se enteran en este acto en dinero efectivo a la caja social; Domicilio: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Villa Alemana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o extranjero. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de inscripción del extracto de la presente escritura en el registro de Comercio del Conservador respectivo y tendrá una duración de tres años a contar de la misma. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos sucesivos y continuos de dos años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a ésta al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, debiendo comunicarse al otro socio por carta certificada, todo con una anticipación de, a lo menos, tres meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones escritura extractada.- VIÑA DEL MAR, DIECINUEVE DE MAYO DE DOS MIL VEINTIDÓS.-

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