Inmobiliaria Casa Negra SpA
Diario Oficial
Corporate information
Shareholders (8)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 8.xxx.xxx-3 | 8.xxx.xxx-3 | - | - |
MIGUEL VIELVA FERNÁNDEZ Accionista 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | - | - |
GONZALO ANDRÉS URIARTE OYARCE Accionista 12.xxx.xxx-1 | 12.xxx.xxx-1 | - | - |
MARÍA VERÓNICA UNDURRAGA HERRERA Accionista 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | - | - |
ALEJANDRO RICARDO SMITH LEY Accionista 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | - | - |
CAROLINA CECILIA QUINTANA MARCO Accionista 12.xxx.xxx-7 | 12.xxx.xxx-7 | - | - |
Accionista 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | - | - |
LUIS FELIPE ECHENIQUE WIELANDT Accionista 8.xxx.xxx-0 | 8.xxx.xxx-0 | - | - |
Legal representation (1)
Official extract text
Margarita Moreno Zamorano, Abogado Notario Público Interino de la 27º Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, don JUAN ANTONIO ESCALONA LARA, chileno, casado, abogado, c.i. 15.265.286-0, con domicilio en calle Las Hualtatas Interior 5415, departamento 25, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, en representación, según poder especial otorgado mediante escritura pública de fecha 17 de Octubre de 2019, ante don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, de; Uno) don ALBERTO JAIME QUENSE MÉNDEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cédula de Identidad número 8.716.924-3; Dos) don MIGUEL VIELVA FERNÁNDEZ, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 7.479.188-3; Tres) don GONZALO ANDRÉS URIARTE OYARCE, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número 12.780.283-1; Cuatro) doña MARÍA VERÓNICA UNDURRAGA HERRERA, chilena, divorciada, periodista, cédula de identidad número 10.677.349-1; Cinco) don ALEJANDRO RICARDO SMITH LEY, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero en Administración, cédula de identidad número 10.409.578-K; Seis) doña CAROLINA CECILIA QUINTANA MARCO, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniera comercial, cédula de identidad número 12.648.040-7; Siete) don JOSÉ LUIS ECHENIQUE VENDER, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad número 18.160.754-8; y Ocho) don LUIS FELIPE ECHENIQUE WIELANDT, chileno, soltero, ingeniero, cédula de identidad número 8.516.927-0; viene en sanear la constitución de sociedad “INMOBILIARIA CASA NEGRA SpA”, nombre de fantasía “CASA NEGRA SpA”, constituida por escritura pública de fecha 17 de Octubre de 2019, suscrita ante el Notario de Santiago don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción número 65, piso dos, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, cuyo extracto NO fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, NI se publicó en el Diario Oficial en el plazo legal correspondiente.- Saneamiento consiste que por omisión involuntaria dicho extracto no fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, ni publicado en el Diario Oficial en el plazo legal. En lo no modificado se mantienen cláusulas de pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago 26 de Noviembre del 2019.
Corporate information
Corporate purpose
arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, construir, en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros. En igual forma podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los constituyentes o accionistas, si es el caso, acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización social.
Capital
Total capital
$1.230.000.000
Paid-in capital
$1.230.000.000
Pending capital
$0
Shares
100,000
Shareholders (8)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 24.731% | $304.191.300 |
MIGUEL VIELVA FERNÁNDEZ Accionista | - | 21.505% | $264.511.500 |
GONZALO ANDRÉS URIARTE OYARCE Accionista | - | 5.376% | $66.124.800 |
MARÍA VERÓNICA UNDURRAGA HERRERA Accionista | - | 10.753% | $132.261.900 |
ALEJANDRO RICARDO SMITH LEY Accionista | - | 6.452% | $79.359.600 |
CAROLINA CECILIA QUINTANA MARCO Accionista | - | 7.527% | $92.582.100 |
Accionista | - | 16.129% | $198.386.700 |
LUIS FELIPE ECHENIQUE WIELANDT Accionista | - | 7.527% | $92.582.100 |
Administrators (2)
Legal representation (1)
Official extract text
Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público Titular de la 36º Notaría de Santiago, con domicilio en La Concepción Nº65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 17 de octubre de 2019, otorgada ante mí, Uno) don ALBERTO JAIME QUENSE MÉNDEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, periodista, domiciliado en Avenida Nueva Costanera N° 3.698, departamento 301, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Dos) don MIGUEL VIELVA FERNÁNDEZ, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, factor de comercio, domiciliado en calle Carolina Rabat N° 835, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Tres) don GONZALO ANDRÉS URIARTE OYARCE, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero agrónomo, domiciliado en calle El Arriero N° 22, comuna de Colina, ciudad de Santiago; Cuatro) doña MARÍA VERÓNICA UNDURRAGA HERRERA, chilena, divorciada, periodista, domiciliada en Camino del Candil N° 2.036, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago. ; Cinco) don ALEJANDRO RICARDO SMITH LEY, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero en Administración, domiciliado en Avenida Los Trapenses N° 4.820, casa 28, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; Seis) doña CAROLINA CECILIA QUINTANA MARCO, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniera comercial, domiciliada en calle Los Chipriotas N° 7.987, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; Siete) don JOSÉ LUIS ECHENIQUE VENDER, chileno, casado, ingeniero comercial, domiciliado en calle Flandes N° 1.050, departamento 505, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; y Ocho) don LUIS FELIPE ECHENIQUE WIELANDT, chileno, soltero, ingeniero, domiciliado en Avenida Américo Vespucio Norte N° 568, departamento 302, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, debidamente representado, por don JOSÉ LUIS ECHENIQUE VENDER, este último ya individualizado, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre o razón social de la Sociedad será “INMOBILIARIA CASA NEGRA SpA”, sin embargo, la sociedad también podrá actuar en sus relaciones ante terceros, inclusive Bancos e instituciones financieras u otras entidades públicas o privadas, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, con el nombre de fantasía “CASA NEGRA SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros lugares dentro y fuera del país. Objeto: La sociedad tendrá por objeto o giro para desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, construir, en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros. En igual forma podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los constituyentes o accionistas, si es el caso, acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Capital: : El capital de la Sociedad será la suma de $1.230.000.000.- dividido en 100.000.-, nominativas, ordinarias, única serie y sin valor nominal que se suscribe, entera y paga de la siguiente manera: UNO) con el aporte en dominio de los derechos inmuebles que poseen los accionistas, en los siguientes porcentajes, estos es, don ALBERTO JAIME QUENSE MÉNDEZ, el 24,731% de los derechos de dominio; don MIGUEL VIELVA FERNÁNDEZ, el 21,505% de los derechos de dominio; don GONZALO ANDRÉS URIARTE OYARCE, el 5,376% de los derechos de dominio; doña MARÍA VERÓNICA UNDURRAGA HERRERA, el 10,753% de los derechos de dominio; don ALEJANDRO RICARDO SMITH LEY, el 6,452% de los derechos de dominio; doña CAROLINA CECILIA QUINTANA MARCO, el 7,527% de los derechos de dominio; don JOSÉ LUIS ECHENIQUE VENDER, el 16,129% de los derechos de dominio; y don LUIS FELIPE ECHENIQUE WIELANDT, el 7,527% de los derechos de dominio, sobre el inmueble denominado RESTO DEL PREDIO DE UNA SUPERFICIE DE 230.507 METROS CUADRADOS, RESULTANTE DE LA SUBDIVISIÓN DEL LOTE DOS DEL RESTO DE LA PRIMERA PORCIÓN DE LA HIJUELA TERCERA DE LA HIJUELACIÓN DEL FUNDO CULENMAPU, UBICADO EN LA COMUNA DE VICHUQUÉN, PROVINCIA DE CURICÓ, de conformidad al plano de subdivisión confeccionado por el Ingeniero en ejecución forestal don Roberto Espinoza Tamayo, debidamente aprobado por el Servicio Agrícola y Ganadero, por certificado código 07301, Número 105 de fecha 15-04-2019, plano y certificado que se encuentran agregados al final de los documentos del Registro de Propiedad bajo el número 113 del Conservador de Bienes Raíces de Licantén, correspondiente al año 2019; cuyos deslindes particulares son, según el plano de subdivisión: Norte: en setenta y cuatro metros con lote C uno, en seiscientos noventa y tres metros, en ciento cincuenta y un metros y ciento tres metros con el lote tres de subdivisión anterior, en ciento quince metros, en ciento cuarenta y dos metros y en veintiún metros con el lote C cuarenta y uno o lote cuarenta y uno de la presente subdivisión; Sur: en línea quebrada de mil trescientos cincuenta metros con lote uno del plano de subdivisión anterior; Oriente: con lago Vichuquén con camino público de Llico a Aquelarre en treinta y cuatro coma dos metros y con lote C cuarenta y uno o lote cuarenta y uno de la presente subdivisión y; y Poniente: en doscientos setenta y seis metros con Fundo Llico Alto de don Hilario Díaz Gil separado por camino público Llico a Iloca y en ochenta y dos metros con lote C uno de la presente subdivisión. Este lote resultó de la subdivisión del LOTE DOS DE UNA SUPERFICIE TOTAL DE 24,281 HECTÁREAS RESULTANTE DE LA SUBDIVISIÓN DEL INMUEBLE DE MAYOR EXTENSIÓN DENOMINADO RESTO DE LA PRIMERA PORCIÓN DE LA HIJUELA TERCERA DE LA HIJUELACIÓN DEL FUNDO CULENMAPU, UBICADO EN LA COMUNA DE VICHUQUEN PROVINCIA DE CURICÓ, de conformidad al plano de subdivisión confeccionado por el Ingeniero en Ejecución Forestal Roberto Espinoza Tamayo, debidamente aprobado por el Servicio Agrícola y Ganadero, por certificado código 007301 número 83 de fecha 10-04-2014, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo cuarenta y seis de la ley número dieciocho mil setecientos cincuenta y cinco del año mil novecientos ochenta y nueve, modificada por la ley diecinueve mil doscientos ochenta y tres de mil novecientos noventa y cuatro; plano y certificado que se encuentran agregados al final de los documentos del Registro de Propiedad bajo el número ochenta y nueve del Conservador de Bienes Raíces de Licantén del año dos mil catorce, cuyos deslindes especiales en conformidad al plano de subdivisión son los siguientes; NORTE, en línea quebrada aproximadamente un mil trescientos cincuenta metros, según propietarios, con lote tres del plano de subdivisión; SUR, en línea quebrada de un mil trescientos cincuenta metros con lote uno del plano de subdivisión; al ORIENTE, en parte con Lote uno del plano de subdivisión y con Lago Vichuquén separado por camino público de Llico a Aquelarre de por medio; al PONIENTE, en trescientos cincuenta y ocho metros con Fundo Llico Alto de don Hilario Díaz Gil. El lote dos otorga servidumbre exclusiva de tránsito al lote tres de cuatro metros de ancho que abarca una superficie de cuatrocientos sesenta metros cuadrados. La superficie total de la servidumbre tiene cero coma cero cuarenta y seis hectáreas. Los accionistas adquirieron sus derechos en los porcentajes ya indicados sobre el inmueble ya individualizado por compra a doña María Fernanda Besa de la Fuente, mediante escritura pública de compraventa, número de repertorio 16.919-2019 extendida con fecha 03-06-2019 y complementada por escritura pública, número de repertorio 20.859-2019 de fecha 11-07-2019, ambas otorgadas ante don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, El título de dominio se encuentra inscrito a FOJAS 1.271.-, NÚMERO 754.-, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Licantén, correspondiente al año 2019. El Inmueble tiene asignado el Rol de Avalúo número 155-368 de la comuna de Vichuquén. A dicho inmueble le corresponden derechos de aguas no inscritos en relación a su cabida conforme a la historia de sus títulos. Los accionistas avalúan de común acuerdo la totalidad de los derechos inmuebles que se ejercen sobre el inmueble ya individualizado en la suma de $840.000.000.-; DOS) Con la suma de $90.000.000.-, en dinero en efectivo que los accionistas aportan en los siguientes porcentajes, estos es, don ALBERTO JAIME QUENSE MÉNDEZ, el 24,731% y que corresponde a la suma de $22.257.900.- en dinero en efectivo; don MIGUEL VIELVA FERNÁNDEZ, el 21,505% y que corresponde a la suma de $19.354.500.- en dinero en efectivo; don GONZALO ANDRÉS URIARTE OYARCE, el 5,376% y que corresponde a la suma de $4.838.400.- en dinero en efectivo; doña MARÍA VERÓNICA UNDURRAGA HERRERA, el 10,753% y que corresponde a la suma de $9.677.700.- en dinero en efectivo; don ALEJANDRO RICARDO SMITH LEY, el 6,452% y que corresponde a la suma de $5.806.800.- en dinero en efectivo; doña CAROLINA CECILIA QUINTANA MARCO, el 7,527% y que corresponde a la suma de $6.774.300.- en dinero en efectivo; don JOSÉ LUIS ECHENIQUE VENDER, el 16,129% y que corresponde a la suma de $14.516.100.- en dinero en efectivo; y don LUIS FELIPE ECHENIQUE WIELANDT, el 7,527% y que corresponde a la suma de $6.774.300.- en dinero en efectivo; y TRES) Con el aporte del proyecto de desarrollo inmobiliario para ser efectuado y ejecutado mediante la presente sociedad en el RESTO DEL PREDIO DE UNA SUPERFICIE DE 230.507 METROS CUADRADOS, RESULTANTE DE LA SUBDIVISIÓN DEL LOTE DOS DEL RESTO DE LA PRIMERA PORCIÓN DE LA HIJUELA TERCERA DE LA HIJUELACIÓN DEL FUNDO CULENMAPU, UBICADO EN LA COMUNA DE VICHUQUÉN, PROVINCIA DE CURICÓ, y que corresponde al loteo de 45 predios aproximadamente de 5.000.- metros cuadrados cada uno como mínimo, proyección de espacios comunes tales como caminos interiores, club house, embarcadero entre otros, los accionistas avalúan de común acuerdo el presente proyecto en la suma de $300.000.000.- y lo aportan en los siguientes porcentajes; don ALBERTO JAIME QUENSE MÉNDEZ, el 24,731% del proyecto individualizado y valorizado en la suma de $74.193.000.-; don MIGUEL VIELVA FERNÁNDEZ, el 21,505% del proyecto individualizado y valorizado en la suma de $64.515.000.-; don GONZALO ANDRÉS URIARTE OYARCE, el 5,376% del proyecto individualizado y valorizado en la suma de $16.128.000.-; doña MARÍA VERÓNICA UNDURRAGA HERRERA, el 10,753% del proyecto individualizado y valorizado en la suma de $32.259.000.-; don ALEJANDRO RICARDO SMITH LEY, el 6,452% del proyecto individualizado y valorizado en la suma de $19.356.000.-; doña CAROLINA CECILIA QUINTANA MARCO, el 7,527% del proyecto individualizado y valorizado en la suma de $22.581.000.-; don JOSÉ LUIS ECHENIQUE VENDER, el 16,129% del proyecto individualizado y valorizado en la suma de $48.387.000.-; y don LUIS FELIPE ECHENIQUE WIELANDT, el 7,527% del proyecto individualizado y valorizado en la suma de $22.581.000.-: SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES: A) don ALBERTO JAIME QUENSE MÉNDEZ, suscribe en este acto la cantidad de 24.731.- acciones por un valor de $304.191.300.-, los cuales son pagados y enterados a la fecha de la presente escritura con: a) el aporte en dominio del 24,731% de los derechos inmuebles sobre el predio individualizado en el número UNO) anterior y avaluado en la suma de $207.740.400.-; b) con la suma de $22.257.900.- en dinero en efectivo conforme se indica en el número DOS) anterior y c); con el aporte del 24,731% del proyecto individualizado en el número TRES) anterior y avaluado en la suma de $74.193.000.-: B) don MIGUEL VIELVA FERNÁNDEZ, suscribe en este acto la cantidad de 21.505.- acciones por un valor de $264.511.500.-, los cuales son pagados y enterados a la fecha de la presente escritura con: a) el aporte en dominio del 21,505% de los derechos inmuebles sobre el predio individualizado en el número UNO) anterior y avaluado en la suma de $180.642.000.-; b) , con la suma de $19.354.500.- en dinero en efectivo conforme se indica en el número DOS) anterior y c) con el aporte del 21,505% del proyecto individualizado en el número TRES) anterior y avaluado en la suma de $64.515.000.-; C) don GONZALO ANDRÉS URIARTE OYARCE, suscribe en este acto la cantidad de 5.376.- acciones por un valor de $66.124.800.-, los cuales son pagados y enterados a la fecha de la presente escritura con: a) el aporte en dominio del 5,376% de los derechos inmuebles sobre el predio individualizado en el número UNO) anterior y avaluado en la suma de $45.158.400.-; b) con la suma de $4.838.400.- en dinero en efectivo conforme se indica en el número DOS) anterior y; c) con el aporte del 5,376% del proyecto individualizado en el número TRES) anterior y avaluado en la suma de $16.128.000.-; D) doña MARÍA VERÓNICA UNDURRAGA HERRERA, suscribe en este acto la cantidad de 10.753.- acciones por un valor de $132.261.900.-, los cuales son pagados y enterados a la fecha de la presente escritura con: a) el aporte en dominio del 10,753% de los derechos inmuebles sobre el predio individualizado en el número UNO) anterior y avaluado en la suma de $90.325.200.-; b) con la suma de $9.677.700.- en dinero en efectivo conforme se indica en el número DOS) anterior y c) con el aporte del 10,753% del proyecto individualizado en el número TRES) anterior y avaluado en la suma de $32.259.000.-; E) don ALEJANDRO RICARDO SMITH LEY, suscribe en este acto la cantidad de 6.452.- acciones por un valor de $79.359.600.-, los cuales son pagados y enterados a la fecha de la presente escritura con a) el aporte en dominio del 6,452% de los derechos inmuebles sobre el predio individualizado en el número UNO) anterior y avaluado en la suma de $54.196.800.-; b) con la suma de $5.806.800.- en dinero en efectivo conforme se indica en el número DOS) anterior y; c) con el aporte del 6,452% del proyecto individualizado en el número TRES) anterior y avaluado en la suma de $19.356.000.-; F) doña CAROLINA CECILIA QUINTANA MARCO, suscribe en este acto la cantidad de 7.527 acciones por un valor de $92.582.100.-, los cuales son pagados y enterados a la fecha de la presente escritura con: a) el aporte en dominio del 7,527% de los derechos inmuebles sobre el predio individualizado en el número UNO) anterior y avaluado en la suma de $63.226.800.-; b) con la suma de $6.774.300.- en dinero en efectivo conforme se indica en el número DOS) anterior y; c) con el aporte del 7,527% del proyecto individualizado en el número TRES) anterior y avaluado en la suma de $22.581.000.-; G) don JOSÉ LUIS ECHENIQUE VENDER, suscribe en este acto la cantidad de 16.129.- acciones por un valor de $198.386.700.-, los cuales son pagados y enterados a la fecha de la presente escritura con: a) el aporte en dominio del 16,129% de los derechos inmuebles sobre el predio individualizado en el número UNO) anterior y avaluado en la suma de $135.483.600.-; b) con la suma de $14.516.100.- en dinero en efectivo conforme se indica en el número DOS) anterior y; c) con el aporte del 16,129% del proyecto individualizado en el número TRES) anterior y avaluado en la suma de $48.387.000.-; y H) don LUIS FELIPE ECHENIQUE WIELANDT, debidamente representado en la forma que se señaló, suscribe en este acto la cantidad de 7.527.- acciones por un valor de $92.582.100.-, los cuales son pagados y enterados a la fecha de la presente escritura: a) con el aporte en dominio del 7,527% de los derechos inmuebles sobre el predio individualizado en el número UNO) anterior y avaluado en la suma de $63.226.800.-; b) con la suma de $6.774.300.- en dinero en efectivo conforme se indica en el número DOS) anterior y: c) con el aporte del 7,527% del proyecto individualizado en el número TRES) anterior y avaluado en la suma de $22.581.000.-. Administración: Corresponderá la Administración de la Sociedad a dos administradores en forma conjunta para los actos o contratos señalados, según ya se indicó en el TÍTULO TERCERO: denominado DE LA ADMINISTRACIÓN; Artículo Décimo Primero de los presentes Estatutos, esto es, a don ALBERTO JAIME QUENSE MÉNDEZ, cédula de Identidad número ocho millones setecientos dieciséis mil novecientos veinticuatro guión tres y a don JOSÉ LUIS ECHENIQUE VENDER, cédula de identidad número dieciocho millones ciento sesenta mil setecientos cincuenta y cuatro guión ocho, o quienes sus derechos represente, quienes detentarán dicha calidad en tanto no sean reemplazado por acuerdo adoptado por los accionistas de acuerdo a lo dispuesto en los presentes Estatutos, y quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y podrán actuar directamente o por intermedio de uno o más Apoderados designados en la forma establecida en los estatutos de la Sociedad. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 06 de Noviembre de 2019.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA CASA NEGRA SpA
CVE 1697734
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA CASA NEGRA SpA
CVE 1697738
