Limited liability company

IMV Ingeniería Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 13, 2018

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2018-01-13View PDF (CVE 1336124)

Corporate information

Ltda

Shareholders (2)

NameParticipation

Iván Ramón Muñoz Valenzuela

Socio

99%

Purificación Del Carmen Guzmán Salinas

Socio

1%

Legal representation (3)

Iván Ramón Muñoz Valenzuela

On behalf of IMV Ingeniería Limitada

Claudia Isabel Muñoz Valenzuela

On behalf of IMV Ingeniería Limitada

Purificación Del Carmen Guzmán Salinas

On behalf of IMV Ingeniería Limitada

Corporate history on record

  1. Capital change· January 30, 2017

    Se adjudica el 99% de los derechos sociales a Iván Ramón Muñoz Valenzuela y el 1% a Purificación del Carmen Guzmán Salinas al liquidarse la sociedad conyugal.

    Iván Ramón Muñoz Valenzuela · Purificación del Carmen Guzmán Salinas

  2. Other act· January 30, 2017

    Se realiza una modificación de estatutos cuya inscripción fue efectuada, pero cuya publicación en el Diario Oficial no se realizó.

    Iván Ramón Muñoz Valenzuela · Purificación del Carmen Guzmán Salinas

Official extract text

EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Titular 27 Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 15 de Diciembre de 2017, ante mí, Iván Ramón Muñoz Valenzuela, domiciliado para estos efectos en esta ciudad, Avenida Francisco de Bilbao N° 2930, comuna de Providencia, Claudia Isabel Muñoz Valenzuela, domiciliada en calle Álvaro Casanova N° 420, comuna de Peñalolén y, Purificación Del Carmen Guzmán Salinas, domiciliada en calle Itata N° 4.425, Dpto. 300, comuna de Ñuñoa, efectuaron un saneamiento de vicios de nulidad de IMV Ingeniería Limitada (la “Sociedad”), inscrita fs. 28.609 Nº 20.562 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2005, conforme a lo que se indica a continuación: /A/ Las partes declaran que don Iván Ramón Muñoz Valenzuela y doña Purificación del Carmen Guzmán Salinas liquidaron y disolvieron la sociedad conyugal existente entre ellos mediante escritura pública de fecha 30 de Enero de 2017, otorgada en la Notaria de Santiago de don Pablo González Caamaño, con oficio en calle Teatinos 333, comuna de Santiago, adjudicándose el 99% de los derechos sociales en la Sociedad al primero y el 1% de los derechos sociales en la Sociedad a la segunda. Para todos los efectos legales dicha adjudicación correspondía a una modificación de los estatutos de la Sociedad, modificación que no cumplió con los requisitos de inscripción y publicación; /B/ La modificación que consta en escritura pública de fecha 30 de Enero de 2017, otorgada en la Notaria de Santiago de don Pablo González Caamaño, con oficio en calle Teatinos 333, comuna de Santiago, cuyo extracto fue inscrito a fojas 24.308 N° 13.481 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2017, y cuya publicación en el Diario Oficial no fue efectuada; /C/ Con el fin de dar cumplimiento a lo descrito en el artículo tercero y siguientes de la Ley, mediante escritura que se extracta subsanaron los vicios de nulidad que afectan a los actos descritos en la letra /A/ y /B/ precedentes, específicamente la falta de inscripción y publicación en la primera, y en la segunda, la ausencia de publicación en el Diario Oficial.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Eduardo Avello Concha, Notario Público. Santiago, 20 de Diciembre de 2017.-

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