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Funeraria Christus SpA

CONSTITUCIÓN — Feb 2, 2023

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2023-02-02View PDF (CVE 2265245)

Corporate information

SpA
Osorno, Los Lagos
Duration: Indefinida
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno o más administradores designado por el accionista, quien, actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y, en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna.

Corporate purpose

la prestación de los servicios funerarios

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shares

1,000

Shareholders (1)

NameParticipation

VÍCTOR DANIEL CID SALDIVIA

Accionista

16.xxx.xxx-7

100%

Official extract text

SEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Notario Público Titular Primera Notaría Osorno, oficio en Manuel Antonio Matta 680, Osorno; Certifico: Mediante escritura pública de 31 de enero de 2023, Repertorio Nº 242-2023, ante mí, comparece, VÍCTOR DANIEL CID SALDIVIA, C.I Nº 16.112.859-7, domiciliado en Av. Francia 1210, Osorno, constituye Sociedad por Acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: FUNERARIA CHRISTUS SpA.- Objeto: la prestación de los servicios funerarios”, en consecuencia, son fines de la Sociedad: a) El acondicionamiento sanitario de los cadáveres de conformidad con lo previsto en las Leyes, así como el agenciado o encargo a los profesionales, en su caso, de tales prácticas, por cuenta de los usuarios. b) El amortajamiento y vestición de los cadáveres, excepto cuando se realice por familiares del difunto o por otras personas, por oficio de piedad y sin retribución. c) El suministro de féretros, ataúdes y arcas para cadáveres o restos cadavéricos, así como el enferetramiento de unos y otros. d) El servicio de túmulos, cámaras mortuorias, catafalcos, enlutamientos, ornatos fúnebres y capillas ardientes en los domicilios donde haya ocurrido el óbito o en los lugares especialmente establecidos para ello. e) El servicio de coches fúnebres y la organización del acto del entierro. f) El traslado de cadáveres y restos cadavéricos tanto dentro y fuera del territorio comunal, provincial, regional y/o nacional, del país o del extranjero. g) El suministro de flores en forma de coronas, cruces, ramos o cualquier otra variedad, mediante prestación propia o por agenciado a industriales y comerciantes legalmente establecidos, salvo que los familiares realicen directamente dicha actividad, sin intervención de agentes al respecto. h) El servicio de coches coronarios. i) El servicio público de tanatosalas o salas velatorio en locales habilitados al efecto y que cumplan con las disposiciones sanitarias vigentes en cada momento. j) El trámite de diligencias, particulares y oficiales, para las verificaciones médicas de los cadáveres y para el registro de la defunción y autorización de sepultura, así como el agenciado y despacho municipal de ésta. k) El trámite de diligencias, particulares y oficiales, para proceder a la inhumación, exhumación y traslado de cadáveres o restos cadavéricos. l) Proporcionar los medios para el traslado de acompañantes a los cementerios o recintos similares, realizando, en su caso, el agenciado con los titulares de los vehículos de servicio público. m) La incineración de cadáveres o restos cadavéricos, así como la prestación de los servicios y la realización de los suministros anejos a dicha actividad. n) La información, pública o privada, sobre los servicios anteriores. ñ) El encargo de proyectos y la contratación de las obras necesarias para el establecimiento de oficinas, tanatorios y demás dependencias necesarias para la prestación de los anteriores servicios, así como la adquisición de los terrenos y demás bienes inmuebles necesarios para ello. o) La gestión y administración, de los cementerios cuya gestión y administración tenga encomendada la presente Sociedad, sean estos, públicos o privados, estatales o municipales inclusive. p) La gestión y administración, de los hornos crematorios para la incineración de cadáveres o restos cadavéricos cuya gestión y administración pueda ser encomendada la presente sociedad. q) Todos cuantos otros actos, diligencias u operaciones sean susceptibles de integrar la prestación de “servicios funerarios”, bien por la costumbre y tradición ciudadanas, bien como consecuencia de las exigencias o hábitos que, con el tiempo, se introduzcan en dicho concepto, ya sea mediante prestación directa o por agenciado. r) Cualquiera de las actividades anteriores podrá ser desarrollada por la Sociedad, total o parcialmente, de modo directo o indirecto, incluso mediante la titularidad de acciones o de participaciones en otras Sociedades con idéntico objeto. s) Además, la Sociedad podrá prestar los servicios, realizar las actividades y ejercer las competencias que, le sean delegadas o conferidas.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno o más administradores designado por el accionista, quien, actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y, en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna.-Capital: $1.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que el socio suscribe y paga de la siguiente manera: a) Don VÍCTOR DANIEL CID SALDIVIA suscribe mil acciones y las paga al contado con la suma de un millón de pesos, que ingresa en este acto a la caja social.-. Duración: Indefinida.- Domicilio: comuna de Osorno, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Osorno, 31 de enero de 2023.-

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  1. CONSTITUCIÓN

    FUNERARIA CHRISTUS SpA

    CVE 2265245

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