Limited liability company

Forestal San Ignacio Limitada

CONSTITUCIÓN — Sep 29, 2025

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2025-09-29View PDF (CVE 2705765)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 20 años, contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. La muerte, quiebra, insolvencia, fusión o disolución de algunos de los socios no disolverá la sociedad, la que continuará con los representantes del socio fallecido, insolvente, fallido, fusionado o disuelto.
Administration: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios, quienes la ejercerán a través de don AGUSTIN IGNACIO MANTEROLA COVARRUBIAS, actuando con las facultades establecidas en los estatutos.

Corporate purpose

La sociedad tendrá por objeto la realización de actividades relacionadas con la silvicultura y otras actividades forestales, tales como la explotación forestal en todas sus formas, incluyendo la plantación, manejo, tala controlada, reforestación, transporte, industrialización y almacenamiento de productos maderables y no maderables, por cuenta propia o ajena. Asimismo, podrá dedicarse a la industrialización y comercialización de la madera en todas sus formas, incluyendo la producción, adquisición, transformación, comercialización y exportación de astillas, partículas (“chips”) y demás productos forestales destinados a la fabricación de celulosa u otros fines. Podrá, además, prestar todo tipo de servicios y asesorías vinculados al ámbito agrícola, forestal y comercial; así como realizar todas aquellas actividades conexas o conducentes al objeto señalado, u otros negocios que guarden relación directa o indirecta con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, poseer, explotar y enajenar bienes muebles e inmuebles, y en general, ejecutar por sí misma o a través de terceros toda clase de actos y contratos, incluso formar parte de sociedades o asociarse con terceros, en la medida que ello contribuya al cumplimiento de su objeto social o así lo acuerden los socios.

Capital

Total capital

$86.357.377

Paid-in capital

$86.357.377

Shareholders (2)

NameParticipation

AGUSTIN IGNACIO MANTEROLA COVARRUBIAS

Socio

50%

MARIA OLGA FERRAN PACHO

Socio

50%

Administrators (1)

SII representatives (1)

Official extract text

Ministerio del Interior MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, Isidora Goyenechea 3477, subsuelo, Las Condes, Certifica: Que por escritura pública de fecha 31 de julio del año 2025, ante mí, don AGUSTIN IGNACIO MANTEROLA COVARRUBIAS, y doña MARIA OLGA FERRAN PACHO, ambos domiciliados para estos efectos en calle Américo Vespucio Sur N°306, comuna de las Condes, Región Metropolitana, como actuales y únicos socios, acordaron dividir la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN IGNACIO LIMITADA, inscrita a fojas 9.144 número 7.391 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1995, en el siguiente sentido: I. División de sociedad: Los socios acordaron la división de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN IGNACIO LIMITADA en 2 sociedades de responsabilidad limitada, conservando la sociedad dividida su razón social y objeto, y creándose una sociedad que se denominará FORESTAL SAN IGNACIO LIMITADA. II. Disminución de capital y modificación de estatutos: Como consecuencia de la división, los socios acordaron disminuir el capital social de INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN IGNACIO LIMITADA, de $110.000.000 a la suma de $23.642.623, sustituyendo el Artículo Quinto de los estatutos de la sociedad, referido al capital social, por el del siguiente tenor: "QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de veintitrés millones seiscientos cuarenta y dos mil seiscientos veintitrés pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don AGUSTIN IGNACIO MANTEROLA COVARRUBIAS, con la suma de once millones ochocientos veintiún mil trescientos doce pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital y derechos sociales; y b) doña MARIA OLGA FERRAN PACHO, con la suma de once millones ochocientos veintiún mil trescientos once pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital y derechos sociales.". III. Estatutos FORESTAL SAN IGNACIO LIMITADA: Los socios acordaron otorgar estatutos de la sociedad que nace de la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón Social: El nombre o razón social será FORESTAL SAN IGNACIO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de FORESTAL SAN IGNACIO LTDA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de actividades relacionadas con la silvicultura y otras actividades forestales, tales como la explotación forestal en todas sus formas, incluyendo la plantación, manejo, tala controlada, reforestación, transporte, industrialización y almacenamiento de productos maderables y no maderables, por cuenta propia o ajena. Asimismo, podrá dedicarse a la industrialización y comercialización de la madera en todas sus formas, incluyendo la producción, adquisición, transformación, comercialización y exportación de astillas, partículas (“chips”) y demás productos forestales destinados a la fabricación de celulosa u otros fines. Podrá, además, prestar todo tipo de servicios y asesorías vinculados al ámbito agrícola, forestal y comercial; así como realizar todas aquellas actividades conexas o conducentes al objeto señalado, u otros negocios que guarden relación directa o indirecta con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, poseer, explotar y enajenar bienes muebles e inmuebles, y en general, ejecutar por sí misma o a través de terceros toda clase de actos y contratos, incluso formar parte de sociedades o asociarse con terceros, en la medida que ello contribuya al cumplimiento de su objeto social o así lo acuerden los socios. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $86.357.377, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don AGUSTIN IGNACIO MANTEROLA COVARRUBIAS, con la suma de $43.178.689, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, íntegramente aportados y enterado en la caja social; y b) doña MARIA OLGA FERRAN PACHO, con la suma de $43.178.688, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, íntegramente aportados y enterado en la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a los socios, quienes la ejercerán a través de don AGUSTIN IGNACIO MANTEROLA COVARRUBIAS, actuando con las facultades establecidas en los estatutos. Duración: La sociedad tendrá una duración de 20 años, contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. La muerte, quiebra, insolvencia, fusión o disolución de algunos de los socios no disolverá la sociedad, la que continuará con los representantes del socio fallecido, insolvente, fallido, fusionado o disuelto. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago 25 de septiembre de 2025.

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  1. CONSTITUCIÓN

    Forestal San Ignacio Limitada

    CVE 2705765

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