Limited liability company

Estudio Juridico Penaloza Alvarado Limitada

CONSTITUCIÓN — Oct 1, 2024

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2024-10-01View PDF (CVE 2551512)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: dos años
Administration: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Pablo Daniel Peñaloza Parra, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad.

Corporate purpose

La Sociedad tiene por objeto la prestación de servicios y asesorías legales, actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en dichas materias, tanto a personas naturales como a personas jurídicas o empresas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Estos servicios consistirían en la elaboración de actos y contratos, labores de investigación legal, consultorías, elaboración de informes en derecho, y, en general el asesoramiento y la consultoría en todos los campos relacionados con el Derecho.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

Pablo Daniel Peñaloza Parra

Socio

26.xxx.xxx-k

85%

Rolando de Jesús Alvarado Durán

Socio

27.xxx.xxx-8

15%

Administrators (1)

Pablo Daniel Peñaloza Parra

26.xxx.xxx-kAdministrador

SII representatives (1)

Pablo Daniel Peñaloza Parra

26.xxx.xxx-kRepresentante

Official extract text

OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ, Titular 30° Notaría esta ciudad, oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Ofs. 134-135, Santiago, certifica: Por escritura pública, fecha hoy, ante mí, PABLO DANIEL PEÑALOZA PARRA, venezolano, soltero, abogado, cédula de identidad para extranjeros número veintiséis millones trescientos veintidós mil novecientos treinta y ocho guion K, domiciliado en Serrano número setenta y tres, oficina quinientos siete, comuna Santiago, ciudad de Santiago, y; ROLANDO DE JESUS ALVARADO DURAN, venezolano, soltero, abogado, cédula de identidad para extranjeros número veintisiete millones ciento dieciséis mil doscientos noventa y dos guion ocho, domiciliado en Serrano número setenta y tres, oficina quinientos siete, comuna Santiago, ciudad de Santiago; los comparecientes, quienes acreditaron su identidad con las cédulas antes señaladas y exponen que vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos, en adelante los “Estatutos”; y, en lo no previsto por ellos, por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y demás leyes aplicables. De los estatutos se extracta: RAZON SOCIAL: “ESTUDIO JURIDICO PENALOZA ALVARADO LIMITADA”, OBJETO: La Sociedad tiene por objeto la prestación de servicios y asesorías legales, actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en dichas materias, tanto a personas naturales como a personas jurídicas o empresas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Estos servicios consistirían en la elaboración de actos y contratos, labores de investigación legal, consultorías, elaboración de informes en derecho, y, en general el asesoramiento y la consultoría en todos los campos relacionados con el Derecho. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que se pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. PLAZO: La Sociedad comienza a regir a contar de la fecha de esta escritura y su duración será de dos años, renovable automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prorrogas, mediante declaración hecha por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con sesenta días de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) el socio don Pablo Daniel Peñaloza Parra aporta el equivalente al ochenta y cinco por ciento del capital social, es decir, la suma de ochocientos cincuenta mil pesos, pagados en este acto e ingresados en caja social, y b) el socio don Rolando de Jesús Alvarado Durán, aporta el equivalente al quince por ciento del capital social, es decir, la suma de ciento cincuenta mil pesos, pagados en este acto e ingresados en caja social. Adicionalmente, los socios se obligan a aportar sus servicios personales en la medida que lo exijan las necesidades sociales. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Pablo Daniel Peñaloza Parra, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. Santiago, 23 de Septiembre de 2024.

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  1. CONSTITUCIÓN

    ESTUDIO JURIDICO PENALOZA ALVARADO LIMITADA

    CVE 2551512

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