Dipolo SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público Municipal y/o Privado. Se comprende también dentro de objeto social las actividades de los enfermeros, enfermeras, paramédicos y asistentes. La sociedad podrá comprar, vender distribuir, almacenar, mantener depósitos, importar, exportar, arrendar, mantener, intermediar y/o reparar equipos médicos, insumos, materiales e instrumentos necesarios para el desarrollo de las áreas de la medicina. A su vez podrá adquirir, enajenar, invertir, comprar, vender, permutar, arrendar, subarrendar, bienes muebles e inmuebles, o derechos sobre ellos, bienes corporales e incorporales y toda otra operación relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con el desarrollo de la actividad médica; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas.
Capital
Total capital
$22.000.000
Paid-in capital
$22.000.000
Pending capital
$0
Shares
100
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $11.000.000 |
Accionista | - | 50% | $11.000.000 |
Administrators (2)
Official extract text
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular 21ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 578, Santiago, certifico que por escritura pública de 08 de julio de 2021, ante el Notario Suplente don ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, Repertorio Nº 8.916, MARÍA PILAR VICUÑA PRUZZO y ALBERTO IGNACIO PRAT BARRUETO, constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: “DIPOLO SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer oficinas, agencias o sucursales en otros lugares, dentro y/o fuera del país; duración: indefinida; objeto: La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público Municipal y/o Privado. Se comprende también dentro de objeto social las actividades de los enfermeros, enfermeras, paramédicos y asistentes. La sociedad podrá comprar, vender distribuir, almacenar, mantener depósitos, importar, exportar, arrendar, mantener, intermediar y/o reparar equipos médicos, insumos, materiales e instrumentos necesarios para el desarrollo de las áreas de la medicina. A su vez podrá adquirir, enajenar, invertir, comprar, vender, permutar, arrendar, subarrendar, bienes muebles e inmuebles, o derechos sobre ellos, bienes corporales e incorporales y toda otra operación relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con el desarrollo de la actividad médica; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas; capital: $22.000.000.- dividido en cien acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, dicho capital se ha suscrito y pagado siguiente forma: MARÍA PILAR VICUÑA PRUZZO, suscribió y pagó el total de 50 acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor total de $11.000.000.-; y ALBERTO IGNACIO PRAT BARRUETO, ya individualizado, suscribió y pagó el total de 50 acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor total de $11.000.000.-, En consecuencia, el capital total de $22.000.000.-, se encuentra íntegramente pagado; administración: Los accionistas constituyentes, de acuerdo a lo previsto por el artículo décimo primero de los estatutos sociales, designaron como administradores a MARÍA PILAR VICUÑA PRUZZO y a ALBERTO IGNACIO PRAT BARRUETO, quienes asumirán sus funciones a contar de esta fecha, y actuando en forma individual y/o conjunta, indistintamente, y anteponiendo su firma al nombre de la sociedad mandante, podrán representarla con todas las facultades indicadas en el artículo décimo segundo, las que se dan por íntegramente reproducidas para estos efectos. Esta designación se mantendrá vigente en tanto no sea modificada. Demás estipulaciones en escritura extractada.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
DIPOLO SpA
CVE 1976955
