Individual limited liability company

Cristian Alejandro Castillo Aburto, Servicios Funerarios E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — May 6, 2019

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2019-05-06View PDF (CVE 1586187)

Corporate information

E.I.R.L.
Antofagasta, Antofagasta
Duration: 5 años, renovable por períodos iguales si el propietario no manifestare lo contrario
Administration: La administración y uso de la razón social corresponde a su propietario, quien tendrá representación judicial y extrajudicial con facultades de administración y disposición.

Corporate purpose

Asesorías y ventas de servicios funerarios sea por cuenta propia o ajena, actual y futuro, los servicios de transporte nacional o internacional de él o las personas fallecidas; el traslado en vehículos o carrozas fúnebres propias o tomados en arrendamiento o en leasing, o en convenio con instituciones, de personas fallecidas hasta el cementerio o lugar de sepultación o cremación; capillas para velación; orientación y cobros de asignación por muerte, orientación en selección y compra de sepulturas, cinerarios, lapidas, cofre; apoyo psicológico a los deudos, decoración, obituarios vía internet o prensa, obtención de pase de sepultación, inscripción de defunción en el Servicio de Registro Civil e Identificación, traslado de deudos o acompañantes en vehículos o arrendados, oficios religiosos, y el apoyo y asesoría en trámites legales de financiamiento; la importación, comercialización, distribución, representación, fabricación, exportación, reparación, compra y venta, y en general, en cualquier forma de unas, ataúdes u cofres; la compra, venta, arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de vehículos motorizados, destinados a servicios funerarios denominados "carrozas fúnebres"; la reparación, restauración, equipamiento, implementación, modificación y mantenimiento de toda clase de vehículos destinados a servicios funerarios; y ejecutar todos los actos, celebrar contratos de servicios fúnebres actuales o futuros, ya sean en planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo, y negocios y operaciones relacionados con los giros anteriormente señalados, sean los cuales que deriven o no, alternativos o no, o que complementen, los servicios del giro principal

Capital

Total capital

$2.000.000

Paid-in capital

$2.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (1)

NameParticipation

CRISTIAN ALEJANDRO CASTILLO ABURTO

Titular

16.xxx.xxx-8

100%

Administrators (1)

Official extract text

CAMILA JORQUIERA MONÁRDEZ, chilena, Abogado y Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Antofagasta, de este domicilio Calle Latorre número dos mil cuatrocientos diecisiete certifico: que con fecha 02 de Mayo del 2019, don CRISTIAN ALEJANDRO CASTILLO ABURTO, de profesión u oficio empleado, chileno, casado, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho con un guion ocho, domiciliado en Calle Copiapó Nro. 914, de Antofagasta de edad, quien acredita su identidad con la cédula ya mencionada, doy fe y expone: PRIMERO: CONSTITUCIÓN: Por el presente instrumento, el compareciente viene en constituir una empresa individual de responsabilidad limitada, en conformidad con lo dispuesto por la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete publicada en el Diario Oficial número treinta y siete mil cuatrocientos ochenta y dos, de fecha once de febrero del dos mil tres, sus futuras modificaciones y demás disposiciones legales que versen sobre la materia, en todo aquello que no se hubiere estipulado en la presente constitución. SEGUNDO: NOMBRE DE LA EMPRESA: La razón social de la empresa individual será “ CRISTIAN ALEJANDRO CASTILLO ABURTO, SERVICIOS FUNERARIOS E.I.R.L”, pudiendo funcionar y actuar igualmente, con los bancos e instituciones financieras, con fines comerciales y publicitarios, o de fantasía, y por contracción, con el nombre de “FUNERARIA MONTSERRAT E.I.R.L.”. TERCERO: EL OBJETO DEL GIRO DE LA EMPRESA: el objeto de la sociedad serán los siguientes:“a) Asesorías y ventas de servicios funerarios sea por cuenta propia o ajena, actual y futuro, los servicios de transporte nacional o internacional de él o las personas fallecidas; el traslado en vehículos o carrozas fúnebres propias o tomados en arrendamiento o en leasing, o en convenio con instituciones, de personas fallecidas hasta el cementerio o lugar de sepultación o cremación; capillas para velación; orientación y cobros de asignación por muerte, orientación en selección y compra de sepulturas, cinerarios, lapidas, cofre; apoyo psicológico a los deudos, decoración, obituarios vía internet o prensa, obtención de pase de sepultación, inscripción de defunción en el Servicio de Registro Civil e Identificación, traslado de deudos o acompañantes en vehículos o arrendados, oficios religiosos, y el apoyo y asesoría en trámites legales de financiamiento; b) La importación, comercialización, distribución, representación, fabricación, exportación, reparación, compra y venta, y en general, en cualquier forma de unas, ataúdes u cofres; c) la compra, venta, arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de vehículos motorizados, destinados a servicios funerarios denominados “carrozas fúnebres”; d) La reparación, restauración, equipamiento, implementación, modificación y mantenimiento de toda clase de vehículos destinados a servicios funerarios; y e) Ejecutar todos los actos, celebrar contratos de servicios fúnebres actuales o futuros, ya sean en planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo, y negocios y operaciones relacionados con los giros anteriormente señalados, sean los cuales que deriven o no, alternativos o no, o que complementen, los servicios del giro principal. CUARTO: El domicilio de la Empresa Individual será la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o representaciones que se pueden establecer en cualquier otro punto del país o del extranjero. QUINTO: CAPITAL: El capital de la Empresa Individual será la suma de $2.000.000.- dos millones de pesos, que el titular de la empresa paga en este acto. Uso razón social y administración Empresa Individual corresponde a su propietario quien según art 9º Ley Nº 19.857 tendrá representación judicial y extrajudicial con facultades administración y disposición que constan escritura extractada. Duración 5 años, renovable períodos iguales si propietario no manifestare lo contrario. Demás especificaciones escritura extractada. Antofagasta, 05 Mayo del año 2019.

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    CRISTIAN ALEJANDRO CASTILLO ABURTO, SERVICIOS FUNERARIOS E.I.R.L.

    CVE 1586187

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