Cooperative

Cooperativa de Trabajo Las Treilas Isla Mocha Ltda.

CONSTITUCIÓN — Dec 12, 2022

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2022-12-12View PDF (CVE 2232525)

Corporate information

Cooperativa
Lebu, Biobío
Duration: indefinida
Administration: La dirección, administración, operación y vigilancia de la cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General; b) El Consejo de Administración; c) El Gerente/a; d) La Junta de Vigilancia.

Corporate purpose

La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La cooperativa observará tolerancia y respeto política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual tolerancia y respeto en sus actividades internas.

Capital

Total capital

$27.000.000

Paid-in capital

$20.000 por cada socio

Pending capital

$36.000 por cada socio

Shareholders (9)

NameParticipation

Natalia Evelyn Durán Durán

Socio

-

Daniela Andrea Tapia Valdés

Socio

-

Estefanía Isabel Ehijos Ortiz

Socio

-

Francisca Javiera Ehijos Ortíz

Socio

-

Fabiola Andrea de la Fuente Rosenberg

Socio

-

Camila Araceli Varela Durán

Socio

-

Ana Daniela Melian Antilef

Socio

-

Yohana Ninoska Varela Riffo

Socio

-

Paulina Andrea Anguita Cabezas

Socio

-

Official extract text

RICARDO ANDRES RETAMAL PARADA, abogado, Notario Público Interino de Lebu, con oficio en esta ciudad, calle Alcázar número 189-B, certifico: por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2022, se redujo a escritura pública Acta Junta General Constitutiva y Estatuto Social de “Cooperativa de Trabajo Las Treilas Isla Mocha Ltda.”, su nombre de fantasía será “Cooperativa Las Treilas de Isla Mocha”, celebrada el 30 de noviembre de 2022, con la asistencia de 11 personas que concurren a la constitución de la cooperativa y aprobación de estatutos; Domicilio: La cooperativa estará domiciliada en Parcela 13 s, Isla Mocha, Lebu, Región del Bío Bío de Chile, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero; Duración: La cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas; Objeto: La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La cooperativa observará tolerancia y respeto política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual tolerancia y respeto en sus actividades internas. ARTÍCULO 5°: ACTIVIDADES: Para el cumplimiento de sus objetivos la cooperativa, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualesquiera de las actividades que a continuación se indican: Elaboración y producción de productos culinarios (deshidratados, conservas y productos marinos de la estación, semillas y frutos del bosque); arte reciclado en madera y ñocha, técnicas en fotografía, pintura en lienzo, serigrafia, compra y difusión de artesanía local, infusiones y fitoterapia, aceites esenciales, actividades, encuentros, talleres, conferencias, Confección y costura, actividades comunitarias, familiares, asociándonos para la construcción de viviendas, chacras comunitarias, ventas en actividades sociales, juntas de apoyo generales, actividades colaborativas de recolección de materias primas, reuniones de trabajo y prácticas mensuales en donde gestionamos y organizamos las actividades para el mes; estudiamos y compartimos saberes para la generación de nuevos oficios, Apoyo a propuestas de socias, Levantamiento de actividades, Trabajo en madera, reciclaje, Lana, cuero, gestión de proyectos, prestación de servicios de banquetearía, entre otros. Capital: El aporte de los socios personas naturales deberán consistir necesariamente en el trabajo que determine la directiva y socias, sin perjuicio de los aportes que hagan en dinero, bienes muebles o inmuebles. El aporte de cada socio persona natural de acuerdo a lo señalado anteriormente, será de la siguiente manera: Natalia Evelyn Durán Durán en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de Presidenta de la Cooperativa y aporte en trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado; Daniela Andrea Tapia Valdés en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado; Estefanía Isabel Ehijos Ortiz en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de Secretaria y también aporta en trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado; Francisca Javiera Ehijos Ortíz en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado; Fabiola Andrea de la Fuente Rosenberg en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de Vice-Presidenta de la Cooperativa y también aporta en trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado; Camila Araceli Varela Durán en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado; Ana Daniela Melian Antilef en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de Mandataria y también aporta en trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado; Yohana Ninoska Varela Riffo en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado; Paulina Andrea Anguita Cabezas en su calidad de socia aporta a la cooperativa con labores de trabajo por horas necesarias para el buen funcionamiento de la Organización, valorizado en el precio de mercado. El capital social es de $27.000.000 de pesos, aportado por Sercotec, además cada socia aporta con un aporte pecuniario, dividido en cuotas de participación, de un valor inicial de $56.000 pesos cada una, que los socios suscriben y pagan así: a) con $20.000 pesos que cada socio aporta en este acto a la caja social, en dinero en efectivo; y b) el saldo equivalente a $36.000 pesos por cada socio, será aportado en el plazo de 1 año contados desde su autorización de existencia legal, en cuotas iguales, mensuales y sucesivas, pudiéndose adelantar pagos por este concepto. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 6 Cuotas de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. Administración: La dirección, administración, operación y vigilancia de la cooperativa estará a cargo de: a) La Junta General; b) El Consejo de Administración; c) El Gerente/a; d) La Junta de Vigilancia. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Lebu, 7 de diciembre 2022.

Recent filings

  1. CONSTITUCIÓN

    Cooperativa de Trabajo Las Treilas Isla Mocha Ltda.

    CVE 2232525

Corporate relationships

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