Limited liability company

Constructora Díaz Y Barrera Limitada

CONSTITUCIÓN — Nov 15, 2017

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2017-11-15View PDF (CVE 1303228)

Corporate information

Ltda
La Serena, Coquimbo
Duration: 5 años a contar de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y que se notificará judicialmente al otro socio, todo con una anticipación de a lo menos 6 meses al período en curso.
Administration: Administración y uso de la razón social exclusivamente al socio don PATRICO NICOLAS DIAZ ARAYA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con facultades señaladas escritura. Sin embargo, se requerirá la actuación conjunta de los dos socios en actos y contratos indicados instrumento que extracto.

Corporate purpose

el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos, marítimos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, la realización de loteos y obras de urbanización, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y toda otra actividad que acuerden los socios relacionadas con las anteriores.

Capital

Total capital

$20.000.000

Paid-in capital

$20.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

PATRICO NICOLAS DIAZ ARAYA

Socio

50%

KATHERINE PRISCILLA BARRERA GALLEGUILLOS

Socio

50%

Administrators (1)

Official extract text

Elena Leyton Carvajal abogado, Notario Público, titular Tercera Notaría de La Serena, Cordovez 317, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: don PATRICO NICOLAS DIAZ ARAYA, ingeniero comercial, y doña KATHERINE PRISCILLA BARRERA GALLEGUILLOS, sicóloga, ambos domiciliados Aldunate 363, Coquimbo constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada a monto aportes. Objeto: el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena, la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos, marítimos, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, la realización de loteos y obras de urbanización, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistema de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización en general, de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, y toda otra actividad que acuerden los socios relacionadas con las anteriores. Razón social: "CONSTRUCTORA DÍAZ Y BARRERA LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar con la abreviatura "CONSTRUCTORA DIBA LTDA”. Administración y uso de la razón social exclusivamente al socio don PATRICO NICOLAS DIAZ ARAYA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará con facultades señaladas escritura. Sin embargo, se requerirá la actuación conjunta de los dos socios en actos y contratos indicados instrumento que extracto. Capital: $20.000.000.- aportados por partes iguales $10.000.000.- c/u, aporte que se tiene por enterado en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social. Duración: 5 años a contar de esta fecha, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y que se notificará judicialmente al otro socio, todo con una anticipación de a lo menos 6 meses al período en curso. Domicilio: La Serena, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena, 03 Noviembre 2017.-

Recent filings

  1. CONSTITUCIÓN

    CONSTRUCTORA DÍAZ Y BARRERA LIMITADA

    CVE 1303228

Corporate relationships

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