Comercializadora Tabal Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
a) importación, exportación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, insumos agrícolas, agropecuarios y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes, y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros. b) compraventa toda clase efectos de comercio, inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, acciones, bonos, títulos renta, títulos deuda y créditos; compra, venta, arrendamiento, administración y leasing bienes muebles e inmuebles y vehículos, cuenta propia o terceros; desarrollo toda clase de actividades o negocios, sin limitación alguna, en giro inmobiliario, agrícola, financiero, industrial y comercial; administrar bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, propios o de terceros, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; ejecutar en bienes raíces, cuenta propia o terceros, toda clase construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones, y explotar y comercializar, cuenta propia o terceros, toda clase bienes que la sociedad adquiera, detente o posea a cualquier título. c) la instalación, funcionamiento y explotación de plantas revisoras de vehículos motorizados, en todas sus modalidades, sea de control de emisión de gases, de revisión técnica o de cualquier otro aspecto del rubro automotriz; la prestación de servicios automotrices en todas sus formas, sea por cuenta propia o de terceros; la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, importación y exportación de toda clase de bienes corporales y de servicios, vehículos, repuestos, accesorios, maquinarias, implementos y de demás elementos de cualquiera naturaleza que se relacionen o vinculen con la actividad automotriz y sus derivados; la prestación de todo servicio auxiliar o complementario de las actividades anteriores; la elaboración y puesta en marcha de proyectos, estudios y la prestación de asesorías en los diversos aspectos del rubro automotriz, sea el Estado y sus organismos dependientes o subordinados, como a la industria, el comercio, la agricultura y cualquiera otra actividad del ámbito público o privado que requiera de esos servicios; la instalación y funcionamiento de toda clase de establecimientos comerciales que se relacionen, vinculen o cumplan con el objeto social; finalidades todas que la sociedad podrá cumplir directamente o a través de otras sociedades que constituya, o a las que se incorpore para tal efecto. d) efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, así podrá: invertir en acciones, bonos, debentures, y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercados de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas, en área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbano o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantarlos y sembrarlos, asimismo, podrá efectuar atenciones profesionales de asesoría en área contable, administrativa y gerencial por intermedio de sus socios y sin perjuicio que sociedad pueda contratar a terceros que coadyuven al cumplimiento del objeto social y, en general, efectuar todas las inversiones rentables que los socios acuerden. e) la promoción, gestión y realización de negocios y empresas agrarias, industriales, mineras, comerciales, inmobiliarias, de construcción, de servicios, de exportaciones e importaciones, y, en general, de cualquiera otra naturaleza. f) la administración y explotación de servicios y transportes a industrias y particulares. g) la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en predios propios o ajenos, y todo lo relacionado con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionadas que los socios acuerden
Capital
Total capital
$10.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | 50% | $5.000.000 |
Socio 8.xxx.xxx-2 | 8.xxx.xxx-2 | 50% | $5.000.000 |
Administrators (2)
Official extract text
XIMENA GARRIDO GRANADA, Notario Público Suplente de la Titular de la Sexta Notaría de Antofagasta doña MARÍA LÁSCAR MERINO, Prat Nº 482, local 25 - Antofagasta, certifica: Escritura hoy ante mí don MIGUEL ANGEL TAPIA CAMPILLAY, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, cédula nacional de identidad número ocho millones veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta y uno guión siete, domiciliado en calle Colombia número novecientos sesenta, de la ciudad de Antofagasta; y doña FANNY MARY BALTAZAR CAYO, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos sesenta mil setecientos doce guión dos, domiciliada en calle Colombia número novecientos sesenta, de la ciudad de Antofagasta, quienes constituyeron sociedad responsabilidad limitada a monto de aportes. Domicilio: Antofagasta Razón social: “COMERCIALIZADORA TABAL LIMITADA”, y nombre de fantasía de “TABAL LTDA.”, que la obligará de misma manera que la razón social. Objeto: a) COMERCIO EN GENERAL.- El objeto de la sociedad será la importación, exportación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes, productos manufacturados, insumos agrícolas, agropecuarios y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes, y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros. B) COMERCIO EN GENERAL.- Objeto: a) compraventa toda clase efectos de comercio, inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, acciones, bonos, títulos renta, títulos deuda y créditos; b) compra, venta, arrendamiento, administración y leasing bienes muebles e inmuebles y vehículos, cuenta propia o terceros; c) desarrollo toda clase de actividades o negocios, sin limitación alguna, en giro inmobiliario, agrícola, financiero, industrial y comercial; d) administrar bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, propios o de terceros, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; e) ejecutar en bienes raíces, cuenta propia o terceros, toda clase construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones, y f) explotar y comercializar, cuenta propia o terceros, toda clase bienes que la sociedad adquiera, detente o posea a cualquier título. C) COMERCIO Y SERVICIO AUTOMOTRIZ.- Objeto: a) la instalación, funcionamiento y explotación de plantas revisoras de vehículos motorizados, en todas sus modalidades, sea de control de emisión de gases, de revisión técnica o de cualquier otro aspecto del rubro automotriz; b) la prestación de servicios automotrices en todas sus formas, sea por cuenta propia o de terceros; c) la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, importación y exportación de toda clase de bienes corporales y de servicios, vehículos, repuestos, accesorios, maquinarias, implementos y de demás elementos de cualquiera naturaleza que se relacionen o vinculen con la actividad automotriz y sus derivados; d) la prestación de todo servicio auxiliar o complementario de las actividades anteriores; e) la elaboración y puesta en marcha de proyectos, estudios y la prestación de asesorías en los diversos aspectos del rubro automotriz, sea el Estado y sus organismos dependientes o subordinados, como a la industria, el comercio, la agricultura y cualquiera otra actividad del ámbito público o privado que requiera de esos servicios; f) la instalación y funcionamiento de toda clase de establecimientos comerciales que se relacionen, vinculen o cumplan con el objeto social; finalidades todas que la sociedad podrá cumplir directamente o a través de otras sociedades que constituya, o a las que se incorpore para tal efecto. En general, la sociedad podrá dedicarse a negocios similares o que se relacionen con su objeto social y podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que tienden a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen. D) INMOBILIARIA.- INVERSIONES.- Objeto: efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, así podrá: invertir en acciones, bonos, debentures, y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercados de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas, en área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbano o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantarlos y sembrarlos, asimismo, podrá efectuar atenciones profesionales de asesoría en área contable, administrativa y gerencial por intermedio de sus socios y sin perjuicio que sociedad pueda contratar a terceros que coadyuven al cumplimiento del objeto social y, en general, efectuar todas las inversiones rentables que los socios acuerden. E) PROMOCION Y GESTION DE EMPRESAS.- El objeto social será la promoción, gestión y realización de negocios y empresas agrarias, industriales, mineras, comerciales, inmobiliarias, de construcción, de servicios, de exportaciones e importaciones, y, en general, de cualquiera otra naturaleza. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso bonos, debentures, acciones, valores mobiliarios y, en general, cualquier otro título de crédito o de efectos públicos, gravarlos con hipotecas o prendas, celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto, pudiendo ser socia gestora de sociedad en comandita; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio negocio, o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. F) TRANSPORTE.- Objeto: la administración y explotación de servicios y transportes a industrias y particulares. Será parte del objeto social la realización de cualquier otro acto, negocio o convención civil o comercial lícito en derecho, que los socios acuerden llevar a cabo, incluyéndose en él, la formación o constitución de sociedades de cualquier tipo o naturaleza, de cooperativas o cuentas en participación en la administración de la mismas y en su disolución y liquidación sin limitación alguna. G) TURISMO, HOTELES Y RESTAURANTES.- El objeto de la sociedad será la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y ramos similares, en predios propios o ajenos, y todo lo relacionado con dichas actividades, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionadas que los socios acuerden.- Administración, representación, uso razón social y nombre de fantasía: corresponderá a don MIGUEL ANGEL TAPIA CAMPILLAY, y doña FANNY MARY BALTAZAR CAYO, ambos ya individualizados, quienes podrán actuar en forma conjunta, separada e indistintamente, según facultades indicadas escritura social; Capital: $10.000.000-, aportados por los socios en partes iguales de cinco millones de pesos, cada uno, que enteran en este mismo acto en dinero efectivo a la caja social.- Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde esta fecha, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad, mediante una declaración por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el respectivo Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del plazo inicial o cualquiera de sus prórrogas.- Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 27 de Enero del 2017.
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- CONSTITUCIÓN
COMERCIALIZADORA TABAL LIMITADA
CVE 1176597
