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Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La importación, comercialización, distribución y venta al por mayor o y al por menor en el mercado interno y externo de productos del ramo del diseño y decoración, muebles y objetos de toda clase y tipo para el hogar, oficina y comercio. La elaboración de diseños propios para muebles y toda clase de productos decorativos, asesorías en decoración de interiores y exteriores, compra, importación, exportación y distribución de telas para muebles y para toda clase de artículos de decoración. La realización de actividades relacionadas con la comercialización y/o la venta a través de internet o cualesquiera medios telemáticos de toda clase de productos y servicios de lícito comercio, y en especial productos relacionados con el objeto social, así como la prestación de toda clase de servicios a través de internet o cualesquiera otros medios telemáticos. La realización de actividades de depósito y almacenaje de toda clase de mercancías y productos, tanto para la Sociedad como para otras empresas. Crear sucursales o dependencias, almacenaje u oficinas en otros lugares del país o del exterior. En general realizar todo acto o contrato que tenga relación directa o indirecta con el objeto social. Para el desarrollo de su objeto la sociedad podrá asociarse con otra y otras personas naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto. La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena. La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, y en general la realización de todo acto contrato u operación y actividades relacionadas con lo anterior; y la realización de cualquier actividad relacionada o conexa con las señaladas.
Capital
Total capital
$20.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$10.000.000
Shares
1,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
CLAUDIA ANDREA DE ARETXABALA MONTALDO Accionista 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | 100% | $20.000.000 |
Official extract text
Jorge Rodrigo Schwenke Zúñiga, Abogado, Notario Interino de la 8ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Catedral Nº 1009, piso 18, Santiago, certifica que con fecha 7 de Junio de 2017, ante mí, Claudia Andrea De Aretxabala Montaldo, otorgó escritura pública de constitución de una Sociedad por Acciones, bajo el repertorio número 2094/2017, cuyos estatutos extracto a continuación: Accionista: CLAUDIA ANDREA DE ARETXABALA MONTALDO, chilena, divorciada, empresaria, cédula nacional de identidad 7.010.777-5 con domicilio en calle Pedro de Villagra Nº 2902, departamento 21, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Razón Social: El nombre de la sociedad por acciones es CDA HOME SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: (a) La importación, comercialización, distribución y venta al por mayor o y al por menor en el mercado interno y externo de productos del ramo del diseño y decoración, muebles y objetos de toda clase y tipo para el hogar, oficina y comercio. (b) Elaboración de diseños propios para muebles y toda clase de productos decorativos, asesorías en decoración de interiores y exteriores, compra, importación, exportación y distribución de telas para muebles y para toda clase de artículos de decoración. (c) La realización de actividades relacionadas con la comercialización y/o la venta a través de internet o cualesquiera medios telemáticos de toda clase de productos y servicios de lícito comercio, y en especial productos relacionados con el objeto social, así como la prestación de toda clase de servicios a través de internet o cualesquiera otros medios telemáticos. (d) La realización de actividades de depósito y almacenaje de toda clase de mercancías y productos, tanto para la Sociedad como para otras empresas. (e) Crear sucursales o dependencias, almacenaje u oficinas en otros lugares del país o del exterior. (f) En general realizar todo acto o contrato que tenga relación directa o indirecta con el objeto social. Para el desarrollo de su objeto la sociedad podrá asociarse con otra y otras personas naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto. (g) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena. La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, y en general la realización de todo acto contrato u operación y actividades relacionadas con lo anterior; y la realización de cualquier actividad relacionada o conexa con las señaladas.- Domicilio: El domicilio de la sociedad es aquella parte de la Provincia de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tiene competencia el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de diez años y se prorrogará por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Capital: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos dividido en 1.000 acciones de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: a) Claudia Andrea de Aretxabala Montaldo suscribe 1.000 acciones cuyo valor es y será pagado a la sociedad de la manera siguiente: i) con la cantidad de $10.000.000, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo; y ii) con la cantidad de $10.000.000, en dinero efectivo, dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de esta escritura. En consecuencia, quedan suscritas la totalidad de las acciones de la sociedad y pagadas la suma de 500 acciones, correspondientes al 50 por ciento del capital social, quedando pendiente de pago 500 acciones equivalentes a 50 por ciento del capital social, las que se pagarán en dinero efectivo dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura. Las acciones suscritas y no pagadas, cualquiera sea su serie, darán derecho a su titular a recibir dividendos y participar en los beneficios sociales de igual manera que las acciones pagadas.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 7 de junio de 2017.- J. Schwenke Z. Notario Interino.-
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- CONSTITUCIÓN
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CVE 1227556
