Carrasco y Ortiz Abogados Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
la prestación de servicios profesionales legales, en todas sus especialidades, en materias judiciales o extrajudiciales, así como la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el objeto exclusivo antes señalado
Capital
Total capital
$500.000
Paid-in capital
$500.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
María Consuelo Ortiz Ortega Socio 17.xxx.xxx-7 | 17.xxx.xxx-7 | 90% | $450.000 |
Jaime Andrés Carrasco Poblete Socio 10.xxx.xxx-0 | 10.xxx.xxx-0 | 10% | $50.000 |
Administrators (2)
Jaime Andrés Carrasco Poblete
María Consuelo Ortiz Ortega
SII representatives (2)
Jaime Andrés Carrasco Poblete
María Consuelo Ortiz Ortega
Official extract text
FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600, comuna de Providencia certifico que por escritura pública de fecha 19 de julio de 2024, Repertorio 2.059-2024, compareció ante mi Jaime Andrés Carrasco Poblete, chileno, casado, abogado, cédula de identidad Nº 10.379.098-0 domiciliado para estos efectos en Avenida José Rabat 10.670, casa Los Cedros 10, comuna de Colina, y María Consuelo Ortiz Ortega, chilena, casada, abogada, cédula de identidad Nº 17.869.467-7 domiciliada para estos efectos en Avenida José Rabat 10.670, casa Los Cedros 10, comuna de Colina, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “CARRASCO Y ORTIZ ABOGADOS LIMITADA”. Objeto la prestación de servicios profesionales legales, en todas sus especialidades, en materias judiciales o extrajudiciales, así como la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el objeto exclusivo antes señalado. Administración y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios Jaime Andrés Carrasco Poblete y María Consuelo Ortiz Ortega, quienes podrán actuar conjunta o separada e indistintamente anteponiendo la razón social a sus nombres, obligarán y representarán a la sociedad, conforme a lo dispuesto en el artículo cuarto de escritura extractada. Duración: tendrá una duración de cinco años; sin embargo, la sociedad se entenderá prorrogada automáticamente por períodos sucesivos e iguales de cinco años si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto del pacto social en el Registro de Comercio, con a lo menos seis meses de anticipación al día de vencimiento del plazo de duración original o de cualquiera de sus prórrogas. Capital: $500.000, que los socios aportan en la siguiente forma: María Consuelo Ortiz Ortega aporta la cantidad de $450.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, monto que los socios valorizan aproximadamente en un 90% y Jaime Carrasco Poblete aporta la cantidad de $50.000, que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo, monto que los socios valorizan aproximadamente en un 10%. Los socios aportarán las sumas antes señaladas a caja social en este acto Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: El domicilio social será la comuna de Colina, ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. 24 de julio de 2024.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
CARRASCO Y ORTIZ ABOGADOS LIMITADA
CVE 2529566
