Blue Capital Group SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shares
10,000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
MARÍA CARLO HINRICHSEN DOCKENDORFF Accionista 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 50% | $100.000 |
JUAN ANDRES ARIZABALETA HERRERA Accionista 24.xxx.xxx-3 | 24.xxx.xxx-3 | 50% | $100.000 |
Administrators (2)
VERÓNICA DEL PILAR DOCKENDORFF MUÑOZ
MARÍA CARLO HINRICHSEN DOCKENDORFF
Official extract text
Ministerio del Interior GLORIA ORTIZ CARMONA, abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura, con domicilio en Avenida Vitacura N°4607 local 21, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, certifico que: por escritura pública de fecha 17 de marzo de 2026, Repertorio número 461-26 otorgada ante mí, comparecen: MARÍA CARLO HINRICHSEN DOCKENDORFF, chilena, casada, factor de comercio, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ciento cincuenta y tres mil ochocientos sesenta y dos guion cero y don JUAN ANDRES ARIZABALETA HERRERA, colombiano, casado, cédula de identidad número 24.982.431-3, ambos domiciliados en Luis Carrera número mil quinientos treinta y siete, departamento treinta y uno, Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: “BLUE CAPITAL GROUP SpA”.- Objeto: efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, divididas en dos series, a) 2.000 acciones Serie A todas de igual valor cada una y sin valor nominal, 1.000 acciones Serie A íntegramente suscritas y pagadas por doña María Carlo Hinrichsen Dockendorff, y 1.000 acciones Seria A íntegramente suscritas y pagadas por don JUAN ANDRES ARIZABALETA HERRERA; y b) 8.000 acciones Serie B pendientes de suscripción y pago; todas de igual valor cada una y sin valor nominal, las que serán suscritas y pagadas dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de la constitución. Administración: Corresponderá a los Accionistas Serie A, quienes designarán para dichos efectos mediante escritura pública, uno o más apoderados designados especialmente para dichos efectos, la cual deberá ser inscrita al margen de la inscripción social. Sin perjuicio de lo anterior, no será necesaria dicha inscripción para la designación realizada en el artículo Segundo Transitorio de la escritura de constitución de la Sociedad. En el artículo Segundo Transitorio se designó a doña VERÓNICA DEL PILAR DOCKENDORFF MUÑOZ, chilena, viuda, factor de comercio, cédula nacional de identidad número siete millones noventa y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho guion tres y a doña MARÍA CARLO HINRICHSEN DOCKENDORFF, para que, actuando de forma individual, representen a la Sociedad en la forma indicada en el artículo Décimo Primero de los Estatutos. Duración: Indefinida Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 24 de marzo de 2026.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
BLUE CAPITAL GROUP SpA
CVE 2789309
