Baricar SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a.- El arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de vehículos motorizados, con o sin conductor, propios o ajenos. b.- La importación, comercialización, distribución, compra, venta y, en general, toda forma de explotación comercial de vehículos motorizados usados y nuevos de cualquier naturaleza, terrestres o acuáticos, repuestos y accesorios. c.- La asesoría comercial, económica, administrativa y financiera. d.- El transporte de pasajeros y carga, la prestación de servicios de taxi y locomoción colectiva, y otros afines. e.- En general, el desarrollo y ejecución de las demás actividades necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer su objeto directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas, pudiendo contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shares
1,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 12.xxx.xxx-9 | 12.xxx.xxx-9 | 100% | $1.000.000 |
Administrators (1)
Official extract text
PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, certifico: Que, por escritura pública de fecha 15 de enero de 2024, Repertorio N°197-2024, ante mí, compareció don JORGE ANTONIO CASAS SALINAS, CI 12.181.474-9, domiciliado para estos efectos en San Martín Poniente, N°42, departamento 3003, Doña Paula, ciudad y comuna de Concepción, constituyó sociedad por acciones conforme artículos 424 y 446 del Código de Comercio y Estatutos, RAZON SOCIAL: BARICAR SpA. OBJETO. - El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a.- El arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de vehículos motorizados, con o sin conductor, propios o ajenos. b.- La importación, comercialización, distribución, compra, venta y, en general, toda forma de explotación comercial de vehículos motorizados usados y nuevos de cualquier naturaleza, terrestres o acuáticos, repuestos y accesorios. c.- La asesoría comercial, económica, administrativa y financiera. d.- El transporte de pasajeros y carga, la prestación de servicios de taxi y locomoción colectiva, y otros afines. e.- En general, el desarrollo y ejecución de las demás actividades necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos.- Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer su objeto directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas, pudiendo contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- ADMINISTRACIÓN. La administración, representación y uso del nombre de la sociedad: corresponderá a don JORGE ANTONIO CASAS SALINAS, que la ejercerá con las más amplias facultades y sin limitaciones de ningún tipo. Administrador aceptó tal designación. CAPITAL: $1.000.000.- dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal. Don JORGE ANTONIO CASAS SALINAS suscribió 1000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal, con la suma de $1.000.000 de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales. Acciones quedaron íntegramente suscritas y pagadas. DURACIÓN: indefinida. DOMICILIO: Concepción. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, enero 29 de 2024. Doy fe.- fsc
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
BARICAR SpA
CVE 2448400
