Atelier del Alma Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tiene por objeto: (a) la prestación de servicios de terapias holísticas y/o integrativas, entre ellas, el arte terapia, danza terapia, yoga y fotografía terapéutica a personas naturales, ya sea directamente o a través de instituciones dedicadas a prestaciones de salud, psicosociales- comunitarios y educativos, con enfoque de género o similares; (b) el diseño, producción, realización y/o participación en exposiciones, ferias o cualquier tipo de eventos promocionales; (c) la realización de congresos, seminarios, charlas, cursos de capacitación, estudios, investigaciones y cualquier otra actividad académica y/o formativa de todo tipo relacionada con el objeto social; (d) la elaboración, edición y comercialización de material de difusión y estudio relacionado con el objeto social; (e) la elaboración, exposición y comercialización de productos, artículos artísticos, manuales y afines, relacionados con el objeto social; y (f) en general, realizar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios y convenientes para la consecución de los objetivos sociales y asimismo todos aquellos actos que los socios de común acuerdo resuelvan.
Capital
Total capital
$1.000.000
Paid-in capital
$1.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
María Catalina Riveros Espiñeira Socio | - | 50% | $500.000 |
Cristina del Pilar Zapata Coloma Socio | - | 50% | $500.000 |
Administrators (2)
María Catalina Riveros Espiñeira
Cristina del Pilar Zapata Coloma
Official extract text
Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago domiciliada en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso 18, Comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2021, ante mí, doña María Catalina Riveros Espiñeira, domiciliada en Ezequías Alliende 2352, departamento 504, y doña Cristina del Pilar Zapata Coloma, domiciliada en José Domingo Cañas 2891, departamento 32 A, Ñuñoa, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social “Atelier del Alma Limitada” Limitada, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad la expresión “Atelier del Alma Limitada” Administración y uso de la razón social: corresponderá a doña María Catalina Riveros Espiñeira y a doña Cristina del Pilar Zapata Coloma, quienes podrán ejercerla individual, personal e indistintamente o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto por medio de escritura pública. Capital social: un millón de pesos, que los socios han aportado y pagado en dinero en las siguientes proporciones: en un cincuenta por ciento, doña María Catalina Riveros Espiñeira; y en el restante cincuenta por ciento, doña Cristina del Pilar Zapata Coloma. Objeto: La sociedad tiene por objeto: (a) la prestación de servicios de terapias holísticas y/o integrativas, entre ellas, el arte terapia, danza terapia, yoga y fotografía terapéutica a personas naturales, ya sea directamente o a través de instituciones dedicadas a prestaciones de salud, psicosociales- comunitarios y educativos, con enfoque de género o similares; (b) el diseño, producción, realización y/o participación en exposiciones, ferias o cualquier tipo de eventos promocionales; (c) la realización de congresos, seminarios, charlas, cursos de capacitación, estudios, investigaciones y cualquier otra actividad académica y/o formativa de todo tipo relacionada con el objeto social; (d) la elaboración, edición y comercialización de material de difusión y estudio relacionado con el objeto social; (e) la elaboración, exposición y comercialización de productos, artículos artísticos, manuales y afines, relacionados con el objeto social; y (f) en general, realizar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios y convenientes para la consecución de los objetivos sociales y asimismo todos aquellos actos que los socios de común acuerdo resuelvan. Duración: La duración de la sociedad será de dos años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de un año cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de enero de 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
Atelier del Alma Limitada
CVE 2077228
