Asesorías Profesionales San José Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La prestación de servicios o asesorías profesionales de ingeniería y actividades de consultoría técnica.
Capital
Total capital
$500.000
Paid-in capital
$500.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $250.000 |
Socio | - | 50% | $250.000 |
Administrators (2)
Official extract text
Ministerio del Interior IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la 33° Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 9 de abril de 2025, ante mí, don Diego José Ochagavía Barrios y don Juan de Dios Ríos Santa Cruz, ambos domiciliados en Avenida El Bosque Norte N° 500, oficina 1101, comuna de Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “ASESORÍAS PROFESIONALES SAN JOSÉ LIMITADA”. Administración y uso razón social: Corresponde individual e indistintamente a don Diego José Ochagavía Barrios y a don Juan de Dios Ríos Santa Cruz quienes la ejercerán directamente o a través de mandatarios o delegados. Objeto social: La prestación de servicios o asesorías profesionales de ingeniería y actividades de consultoría técnica. Capital: $500.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: (Uno) don Diego José Ochagavía Barrios aporta la suma de $250.000, que paga y entera en arcas sociales, en dinero efectivo en el acto de constitución; y (Dos) don Juan de Dios Ríos Santa Cruz aporta la suma de $250.000, que paga y entera en arcas sociales, en dinero efectivo, en el acto de constitución. Duración: La Sociedad durará cinco años a contar de la fecha de constitución de la Sociedad, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años, cada uno, salvo que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad al final del período original o de cualquier prórroga que se encuentre vigente, mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio competente, con a lo menos seis meses de anticipación a la fecha prevista para la expiración del período original o de la prórroga respectiva, según corresponda. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de abril de 2025. Iván Torrealba Acevedo, Notario Público.
Corporate information
Corporate purpose
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales y consultorías en materias odontológicas y de salud en general, preventivas, curativas y, en especial, en materias de tratamiento, control y seguimiento de enfermedades o trastorno odontológicos, de procedimientos de diagnósticos, terapéuticos y/o de intervenciones. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos.
Capital
Total capital
$1.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
VERÓNICA CECILIA HERRERA MUÑOZ Socio | - | 99.9% | $999.000 |
Socio | - | 0.1% | $1.000 |
Administrators (1)
VERÓNICA CECILIA HERRERA MUÑOZ
SII representatives (1)
VERÓNICA CECILIA HERRERA MUÑOZ
Official extract text
JUAN ANDRÉS CONTRERAS FREDES, Notario Público Suplente de la Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón, doña Marcela Medina Ricci, con oficio en Avenida Santa Rosa N° 7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 26 de diciembre del año 2024, ante mí, VERÓNICA CECILIA HERRERA MUÑOZ y don FELIPE JOSÉ MORENO ECHEVERRÍA, ambos domiciliados para estos efectos en Camino del Sol N°3859, Casa 2, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: El nombre o razón social será “ASESORÍAS PROFESIONALES SAN JOSÉ LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “ASESORÍAS PROFESIONALES SAN JOSÉ LTDA.” o “SAN JOSÉ LTDA.” Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales y consultorías en materias odontológicas y de salud en general, preventivas, curativas y, en especial, en materias de tratamiento, control y seguimiento de enfermedades o trastorno odontológicos, de procedimientos de diagnósticos, terapéuticos y/o de intervenciones. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos. Duración: La sociedad tendrá una duración de diez años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) doña VERÓNICA CECILIA HERRERA MUÑOZ, con $999.000, equivalentes al 99,9% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento; b) don FELIPE JOSÉ MORENO ECHEVERRÍA, con $1.000, equivalentes al 0,1% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social se ejercerá a través de doña VERÓNICA CECILIA HERRERA MUÑOZ, quien, actuando de manera individual, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Santiago, 3 de enero de 2025. J. Contreras F. Notario Público.
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- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS PROFESIONALES SAN JOSÉ LIMITADA
CVE 2634124
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS PROFESIONALES SAN JOSÉ LIMITADA
CVE 2596363
