Limited liability company

Asesorías Peñaloza Y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — Jan 31, 2026

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2026-01-31View PDF (CVE 2763687)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 5 años
Administration: Corresponderá a doña KATHERINE JESSICA PEÑALOZA CARRASCO.

Corporate purpose

Servicios Profesionales, consistentes en: a) la prestación de servicios profesionales en asesorías, tributarias, financieras, jurídicas, contables y administrativas, así como auditorías de estados financieros y de gestión de los negocios; el desarrollo de pericias contables, tributarias y de cumplimiento de obligaciones legales de las empresa y demás entidades jurídicas; el diseño e implementación de sistemas de control interno; b) la prestación de servicios de asesoría jurídica y de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, sea en el ámbito de la asesoría, consultoría o representación judicial; c) la prestación de servicios de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, jurídico, tributario y contable; a empresas y personas naturales; la implementación de la organización jurídica de sus negocios y de los sistemas de control contable y tributario de la actividad empresarial; y, d) organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación, efectuar selección de personal, así como su contratación para terceros.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

KATHERINE JESSICA PEÑALOZA CARRASCO

Socio

13.xxx.xxx-7

99%

MARCELA VERÓNICA FIGUEROA YÁÑEZ

Socio

14.xxx.xxx-3

1%

Administrators (1)

KATHERINE JESSICA PEÑALOZA CARRASCO

13.xxx.xxx-7Administrador

Official extract text

Ministerio del Interior FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara número ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 10.12.2025, Repertorio N°109.582-2025, ante mí: doña KATHERINE JESSICA PEÑALOZA CARRASCO, chilena, casada y separada de bienes, contadora auditora, C.I. N°13.715.444-7; y, doña MARCELA VERÓNICA FIGUEROA YAÑEZ, chilena, soltera, contadora auditora, C.I. N°14.387.932-3, ambas con domicilio para estos efectos en Presidente Riesco N°5561, oficina 503, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; las comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas antes anotadas y exponen, que vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada, la que se regirá en adelante por sus estatutos sociales, por la ley N°3.918 y sus modificaciones, así como por las disposiciones pertinentes del Código Civil y de Comercio en lo que sea aplicable. y, en especial por las estipulaciones del presente pacto social. Los estatutos son los siguientes: Razón Social. El nombre o razón social será “ASESORÍAS PEÑALOZA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar válidamente, para todos los efectos legales, de publicidad y ante los Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía de “PEÑALOZA Y CÍA. LTDA.”. Objeto. El objeto de la Sociedad será Servicios Profesionales, consistentes en: a) la prestación de servicios profesionales en asesorías, tributarias, financieras, jurídicas, contables y administrativas, así como auditorías de estados financieros y de gestión de los negocios; el desarrollo de pericias contables, tributarias y de cumplimiento de obligaciones legales de las empresa y demás entidades jurídicas; el diseño e implementación de sistemas de control interno; b) la prestación de servicios de asesoría jurídica y de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, sea en el ámbito de la asesoría, consultoría o representación judicial; c) la prestación de servicios de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, jurídico, tributario y contable; a empresas y personas naturales; la implementación de la organización jurídica de sus negocios y de los sistemas de control contable y tributario de la actividad empresarial; y, d) organizar y dictar cursos de adiestramiento y de capacitación, efectuar selección de personal, así como su contratación para terceros. Administración. Corresponderá a doña KATHERINE JESSICA PEÑALOZA CARRASCO. Capital. Es la suma de $1.000.000.-, que se entera y paga en este acto de la siguiente forma: a) doña KATHERINE JESSICA PEÑALOZA CARRASCO, enteró y pagó, la suma de $990.000.-, equivalente al 99% del capital y patrimonio social; y, b) doña MARCELA VERÓNICA FIGUEROA YÁÑEZ, enteró y pagó, la suma de $10.000, equivalente al 1% del capital y patrimonio social. Los socios limitan su responsabilidad al monto aportado. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Duración. 5 años. Se entenderá prorrogada en forma automática, por periodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todo con una anticipación mínima de seis meses al respectivo vencimiento. Cláusula de fallecimiento. La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento de uno o más de los socios, renuncia, incapacidad sobreviniente, insolvencia de algún de ellos o de la sociedad, en lo que sea aplicable a ésta, o por cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes, con los herederos del socio fallecido, y/o con quienes sucedan o representen a aquel que se vea afectado por alguna de las causales señaladas. Los herederos del socio fallecido, deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá facultades de administrador ni uso de la razón social y deberá designarse dentro del plazo de no más de noventa días de ocurrido el evento. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de enero de 2026. F. LEIVA C. N.P.

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  1. CONSTITUCIÓN

    ASESORÍAS PEÑALOZA Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2763687

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