Limited liability company

Asesorías Elv Limitada

CONSTITUCIÓN — Nov 5, 2025

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2025-11-05View PDF (CVE 2722510)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 5 años, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Administration: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a José Joaquín Cox Díaz y a José Joaquín Cox Perry, actuando individual e indistintamente cualquiera de ellos.

Corporate purpose

Asesoría, administración y gestión general con activos financieros e inmobiliarios, propios y/o ajenos; Administrar por cuenta propia o ajena inversiones inmobiliarias; Asesoramiento personal y/o empresarial general. La Gestión inmobiliaria, como la administración, arriendo, subarriendo, y gestión de contratos y propiedades para terceros; En general, todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto, y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; Y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, con este giro.

Capital

Total capital

$1.000.000

Paid-in capital

$1.000.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

José Joaquín Cox Díaz

Socio

90%

José Joaquín Cox Perry

Socio

10%

Administrators (2)

Official extract text

Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Av. La Dehesa N° 1201, local 101, certifico que: Por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2025, repertorio número 7.109, ante mí, don JOSÉ JOAQUÍN COX DÍAZ, y don JOSÉ JOAQUÍN COX PERRY, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Kennedy número 4.940, departamento 31, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyos estatutos extracto: NOMBRE: El nombre o razón social de la sociedad será “ASESORÍAS ELV LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión abreviada nombre de fantasía de “ASESORÍAS ELV LTDA.”. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Santiago. Sin perjuicio de que el administrador pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: Asesoría, administración y gestión general con activos financieros e inmobiliarios, propios y/o ajenos; Administrar por cuenta propia o ajena inversiones inmobiliarias; Asesoramiento personal y/o empresarial general. La Gestión inmobiliaria, como la administración, arriendo, subarriendo, y gestión de contratos y propiedades para terceros; En general, todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto, y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; Y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, con este giro. CAPITAL: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000.- que los socios aportarán y pagarán de la siguiente forma: (i) don José Joaquín Cox Díaz, la cantidad de $900.000.-, que paga en dinero efectivo en este acto, equivalentes a un 90% de los derechos sociales; (ii) don José Joaquín Cox Perry, la cantidad de $100.000.-, que paga en dinero efectivo en este acto, equivalentes a un 10% de los derechos sociales. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don José Joaquín Cox Díaz, y a don José Joaquín Cox Perry, quienes, actuando individual e indistintamente cualquiera de ellos, podrán actuar con las facultades que señala el estatuto de manera ejemplar. DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura pública. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago al margen de la inscripción de la sociedad, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de octubre de 2025.

Recent filings

  1. CONSTITUCIÓN

    ASESORÍAS ELV LIMITADA

    CVE 2722510

Corporate relationships

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