Asesorías El Perro Bravo Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La Sociedad tendrá por objeto la asesoría en materias legales, financieras, tributarias y comerciales en general, a toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, por cuenta propia o a través de terceros.
Capital
Total capital
$300.000
Paid-in capital
$300.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.9% | $299.700 |
Ignacio Sebastián Vargas Roco Socio | - | 0.1% | $300 |
Administrators (1)
Official extract text
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy ante mí, don José Pablo Bravo Burnier, domiciliado en Armando Jaramillo 1206 departamento 82, comuna de Vitacura, Santiago, y don Ignacio Sebastián Vargas Roco, domiciliado en Avenida Apoquindo número 3885, piso 18, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “ASESORÍAS EL PERRO BRAVO LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales, publicidad y ante bancos e instituciones financieras “Perro Bravo Ltda.”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la asesoría en materias legales, financieras, tributarias y comerciales en general, a toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, por cuenta propia o a través de terceros. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de oficinas, representaciones y sucursales en otras ciudades país y/o extranjero. Administración y uso de razón social: corresponderá al socio don José Pablo Bravo Burnier, con amplias facultades. Capital: $300.000, que los socios aportan y pagan, de la siguiente manera: (i) don José Pablo Bravo Burnier aporta la suma de $299.700, equivalente al 99,9% por ciento de los derechos sociales, que paga en el acto de la constitución, al contado y en dinero efectivo y son ingresados a la caja social a entera satisfacción de la Sociedad y del otro socio; y, (ii) don Ignacio Sebastián Vargas Roco con la suma de $300, equivalente al 0,1% de los derechos sociales, que paga en el acto de la constitución, al contado y en dinero efectivo y son ingresados a la caja social a entera satisfacción de la Sociedad y del otro socio. Duración: La Sociedad tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos iguales o sucesivos de 5 años cada uno salvo que cualquiera de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento respectivo manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura publica inscrita en el Registro de Comercio respectivo y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la Sociedad en el mismo registro. Responsabilidad de los Socios. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de junio de 2022.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS EL PERRO BRAVO LIMITADA
CVE 2151876
