Limited liability company

Aridos Y Transportes Hhjv Limitada

CONSTITUCIÓN — Oct 24, 2022

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2022-10-24View PDF (CVE 2206188)

Corporate information

Ltda
Coronel, Biobío
Duration: cinco años a contar de la fecha de la presente escritura pública, prorrogado tácitamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años
Administration: corresponderá de un modo CONJUNTO a los socios señores HERNÁN ELÍAS ROMERO SÁEZ y JAVIER ANTONIO ANWANDTER HAMMERSLEY, quienes anteponiendo a su firma la razón social, actuando por la sociedad, la representarán y obligarán con amplias facultades

Corporate purpose

la extracción, comercialización y distribución de toda clase de áridos, la prestación de servicios de movimientos de tierra con maquinaria propia o ajena; la prestación de servicios de transporte de carga terrestre urbana e interurbana, en vehículos motorizados sean propios o ajenos, la prestación de servicios de contratista en el área de ejecución de obras civiles mayores y menores, nacionales o extranjeras, y la administración de las mismas por cuenta propia o ajena; explotación del giro de empresa constructora, tanto de obras públicas o privadas y en general la construcción, diseño, ejecución, reparación, remodelación, transformación de todo tipo de inmuebles por adherencia, tales como edificios, carreteras, caminos, casas, estacionamientos, bodegas, locales comerciales, galpones, oficinas entre otros; la prestación de servicios de ingeniería y elaboración, desarrollo y ejecución de toda clase de proyectos de ingeniería y construcción, así como la prestación de servicios de contratista y subcontratista en tales áreas o materias; la comercialización por mayor y al detalle y distribución de toda clase de combustibles fósiles e hidrocarburos, sean sólidos, líquidos y gaseosos, la prestación de servicios de carga y descarga de áridos, graneles, materiales de construcción y comercialización de los mismos, la prestación de servicios de cargadores frontales, grúas horquillas, grúas pluma, grúas industriales, excavadoras, retroexcavadoras y todo tipo de maquinaria industrial y en general toda actividad relacionada, semejante o complementaria de las anteriormente señaladas o cualesquiera otra que los socios acuerden y en general, toda actividad relacionada directa o indirectamente en el presente o en el futuro, semejante o complementaria de las anteriormente señaladas o cualesquiera otra que los socios acuerden

Capital

Total capital

$40.000.000

Paid-in capital

$10.000.000

Pending capital

$30.000.000

Shareholders (4)

NameParticipation

HERNÁN ELÍAS ROMERO SÁEZ

Socio

9.xxx.xxx-k

25%

HUGO EVARISTO HERNÁNDEZ SEGUEL

Socio

8.xxx.xxx-k

25%

VICTOR HUGO VALENZUELA VASQUEZ

Socio

8.xxx.xxx-9

25%

JAVIER ANTONIO ANWANDTER HAMMERSLEY

Socio

9.xxx.xxx-3

25%

Administrators (2)

HERNÁN ELÍAS ROMERO SÁEZ

9.xxx.xxx-kAdministrador

JAVIER ANTONIO ANWANDTER HAMMERSLEY

9.xxx.xxx-3Administrador

Official extract text

BORIS ARAVENA ESTOBAR, Notario Público TITULAR de la Primera NOTARIA Coronel con oficio y domicilio en Calle Sotomayor 520 de esta comuna de Coronel, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí fecha 18 de octubre año 2022, repertorio número 1499, HERNÁN ELÍAS ROMERO SÁEZ, chileno, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento ochenta y dos mil seiscientos ochenta y uno guión k, casado pero separado totalmente de bienes, empresario, con domicilio en Calle Bureo número dos mil trescientos diecisiete, Andalue, comuna de San Pedro de la Paz, don HUGO EVARISTO HERNÁNDEZ SEGUEL, chileno, cédula nacional de identidad número ocho millones seiscientos ochenta y ocho mil setecientos veinticuatro guión k, casado en régimen de sociedad conyugal, empresario , con domicilio en Calle Carvallo número mil cincuenta y uno , comuna de Coronel, don VICTOR HUGO VALENZUELA VASQUEZ, chileno, cedula nacional de identidad número ocho millones ochocientos trece mil setecientos uno guión nueve, casado pero separado totalmente de bienes, empresario, con domicilio en calle Jose de Garro número trescientos cuarenta y seis , Lomas de San Andres, comuna de Concepción y don JAVIER ANTONIO ANWANDTER HAMMERSLEY , chileno, cedula nacional de identidad número nueve millones ciento sesenta y un mil ciento setenta y ocho guión tres, casado pero separado totalmente de bienes, ingeniero naval, con domicilio en Millahue número ciento doce Lonco Parque, comuna de Chiguayante; constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada. El giro u objeto social será la extracción, comercialización y distribución de toda clase de áridos , la prestación de servicios de movimientos de tierra con maquinaria propia o ajena; la prestación de servicios de transporte de carga terrestre urbana e interurbana, en vehículos motorizados sean propios o ajenos, la prestación de servicios de contratista en el área de ejecución de obras civiles mayores y menores, nacionales o extranjeras, y la administración de las mismas por cuenta propia o ajena ; explotación del giro de empresa constructora, tanto de obras públicas o privadas y en general la construcción, diseño, ejecución , reparación, remodelación, transformación de todo tipo de inmuebles por adherencia, tales como edificios, carreteras, caminos, casas, estacionamientos , bodegas, locales comerciales , galpones, oficinas entre otros ; la prestación de servicios de ingeniería y elaboración , desarrollo y ejecución de toda clase de proyectos de ingeniería y construcción , así como la prestación de servicios de contratista y subcontratista en tales áreas o materias; la comercialización por mayor y al detalle y distribución de toda clase de combustibles fósiles e hidrocarburos , sean sólidos, líquidos y gaseosos, la prestación de servicios de carga y descarga de áridos, graneles, materiales de construcción y comercialización de los mismos, la prestación de servicios de cargadores frontales, grúas horquillas, grúas pluma, grúas industriales, excavadoras, retroexcavadoras y todo tipo de maquinaria industrial y en general toda actividad relacionada, semejante o complementaria de las anteriormente señaladas o cualesquiera otra que los socios acuerden y en general, toda actividad relacionada directa o indirectamente en el presente o en el futuro, semejante o complementaria de las anteriormente señaladas o cualesquiera otra que los socios acuerden. El nombre o razón social será “ ARIDOS Y TRANSPORTES HHJV LIMITADA ”, pudiendo también abreviarse la expresión “ limitada “ por “ LTDA”. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá actuar ante instituciones públicas o privadas con el nombre de fantasía “ HHJV LIMITADA”, pudiendo también abreviarse la expresión “limitada por “LTDA”. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá de un modo CONJUNTO a los socios señores HERNÁN ELÍAS ROMERO SÁEZ Y JAVIER ANTONIO ANWANDTER HAMMERSLEY quienes, anteponiendo a su firma la razón social, actuando por la sociedad, la representarán y obligarán con amplias facultades señaladas en escritura extractada. El capital de la sociedad será la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS que los socios aportan, suscriben y enteran del modo que sigue: A) El socio don HERNÁN ELÍAS ROMERO SÁEZ aporta la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que los entera de la siguiente forma: en este acto con la suma de dos millones quinientos mil pesos en dinero efectivo enterado al contado y a entera conformidad de los socios, ingresando a caja social, dándose la sociedad por recibida a entera satisfacción y el saldo de siete millones quinientos mil pesos se enterará, según necesidades y disponibilidad de caja, a más tardar, dentro del plazo de tres años contados de la fecha de la presente escritura. De ese modo, el aporte de tal socio representa el veinticinco por ciento del capital social. B) El socio don HUGO EVARISTO HERNÁNDEZ SEGUEL aporta la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que los entera de la siguiente forma: en este acto con la suma de dos millones quinientos mil pesos en dinero efectivo enterado al contado y a entera conformidad de los socios, ingresando a caja social, dándose la sociedad por recibida a entera satisfacción y el saldo de siete millones quinientos mil pesos se enterará, según necesidades y disponibilidad de caja, a más tardar, dentro del plazo de tres años contados de la fecha de la presente escritura. De ese modo, el aporte de tal socio representa el veinticinco por ciento del capital social. C) El socio don VICTOR HUGO VALENZUELA VASQUEZ, aporta la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que los entera de la siguiente forma: en este acto con la suma de dos millones quinientos mil pesos en dinero efectivo enterado al contado y a entera conformidad de los socios, ingresando a caja social, dándose la sociedad por recibida a entera satisfacción y el saldo de siete millones quinientos mil pesos se enterará, según necesidades y disponibilidad de caja, a más tardar, dentro del plazo de tres años contados de la fecha de la presente escritura. De ese modo, el aporte de tal socio representa el veinticinco por ciento del capital social. D) El socio don JAVIER ANTONIO ANWANDTER HAMMERSLEY, aporta la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que los entera de la siguiente forma: en este acto con la suma de dos millones quinientos mil pesos en dinero efectivo enterado al contado y a entera conformidad de los socios, ingresando a caja social, dándose la sociedad por recibida a entera satisfacción y el saldo de siete millones quinientos mil pesos se enterará, según necesidades y disponibilidad de caja, a más tardar, dentro del plazo de tres años contados de la fecha de la presente escritura. De ese modo, el aporte de tal socio representa el veinticinco por ciento del capital social. Socios limitan su responsabilidad hasta monto de sus respectivos aportes. Utilidades y pérdidas se distribuirán entre socios proporción a sus respectivos aportes. Domicilio sociedad: ciudad de CORONEL, sin perjuicio agencias, sucursales o filiales pueda establecer resto territorio de la República. El plazo de duración y vigencia de la sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura pública, fecha que marca el inicio de las actividades sociales y se entenderá prorrogado tácitamente en las mismas condiciones por periodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios expresare su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción del extracto social en el Registro de Comercio correspondiente y comunicando a sus consocios tal decisión mediante el envío de una carta certificada a sus domicilios, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de expiración de este contrato o del periodo de prórroga que estuviere corriendo. Demás estipulaciones escritura extractada. CORONEL, 20 de octubre de 2022.

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  1. CONSTITUCIÓN

    ARIDOS Y TRANSPORTES HHJV LIMITADA

    CVE 2206188

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