Alvaro Mecklenburg Arquitectura Y Construcción Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será el diseño, elaboración, proposición, ejecución y dirección de proyectos de arquitectura y urbanismo. Asesoría en loteos, condominios, fusiones y subdivisiones prediales, elaboración de planes maestros, informes, inspección técnica de obras, y tasaciones de todo tipo. Estudio de títulos de propiedades inmuebles, corretaje de propiedades y asesoría legal en todas las áreas anteriormente indicadas, a través de sus socios, asociados y/o colaboradores, los cuales ejercen profesiones afines y complementarias.
Capital
Total capital
$1.000.000
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
ALVARO JAVIER MECKLENBURG DONOSO Socio | - | 50% | $500.000 |
JAVIERA IGNACIA DEL PINO DROGUETT Socio | - | 49% | $490.000 |
ÁLVARO ANDRÉS MECKLENBURG RIQUELME Socio | - | 1% | $10.000 |
Administrators (3)
ALVARO JAVIER MECKLENBURG DONOSO
JAVIERA IGNACIA DEL PINO DROGUETT
ÁLVARO ANDRÉS MECKLENBURG RIQUELME
Official extract text
Ministerio del Interior MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 578, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2025, repertorio N° 8.865/2025, ante mí; don ALVARO JAVIER MECKLENBURG DONOSO; doña JAVIERA IGNACIA DEL PINO DROGUETT, y don ÁLVARO ANDRÉS MECKLENBURG RIQUELME, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo número 5.855, oficina 1.605, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron la constitución de la sociedad de responsabilidad limitada ALVARO MECKLENBURG ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA. RAZÓN SOCIAL: ALVARO MECKLENBURG ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA. OBJETO: El objeto de la sociedad será el diseño, elaboración, proposición, ejecución y dirección de proyectos de arquitectura y urbanismo. Asesoría en loteos, condominios, fusiones y subdivisiones prediales, elaboración de planes maestros, informes, inspección técnica de obras, y tasaciones de todo tipo. Estudio de títulos de propiedades inmuebles, corretaje de propiedades y asesoría legal en todas las áreas anteriormente indicadas, a través de sus socios, asociados y/o colaboradores, los cuales ejercen profesiones afines y complementarias. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don ALVARO JAVIER MECKLENBURG DONOSO, a doña JAVIERA IGNACIA DEL PINO DROGUETT, y a don ÁLVARO ANDRÉS MECKLENBURG RIQUELME, quienes actuando dos cualesquiera de ellos de manera conjunta, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán ejecutar y celebrar todos los actos y contratos comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin necesidad de acreditar esta circunstancia ante terceros. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, que los socios pagan y aportan de la siguiente forma: a) Don ALVARO JAVIER MECKLENBURG DONOSO, aporta la cantidad de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, los cuales se obliga a pagar a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso dentro del plazo de un año contado desde la fecha del presente instrumento; b) Doña JAVIERA IGNACIA DEL PINO DROGUETT, aporta la cantidad de cuatrocientos noventa mil pesos, equivalente al cuarenta y nueve por ciento del capital social, los cuales se obliga a pagar a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso dentro del plazo de un año contado desde la fecha del presente instrumento; y c) Don ÁLVARO ANDRÉS MECKLENBURG RIQUELME aporta la cantidad de diez mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social, los cuales se obliga a pagar a medida que las necesidades sociales lo requieran y, en todo caso dentro del plazo de un año contado desde la fecha del presente instrumento. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de tres años a partir de esta fecha, plazo que se renovará automáticamente por periodos iguales si ninguna de las partes decide ponerle término a la fecha de vencimiento original o de cualquiera de sus prorrogas, mediante una declaración unilateral efectuada por el socio que desea poner término a la sociedad, mediante una escritura pública que deberá ser anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio de Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 3 de noviembre de 2025.
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
ALVARO MECKLENBURG ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA
CVE 2723135
