Limited liability company

Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada

MODIFICACIÓN — Feb 17, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-02-17View PDF (CVE 2455842)

Corporate information

Ltda
Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 10

Capital

Total capital

$92.661.849

Paid-in capital

$92.661.849

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

María Teresa Errázuriz Orrego

Socio

33.333%

Alfonso Errazuriz Orrego

Socio

33.333%

Diego Errazuriz Orrego

Socio

33.333%

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2023, de repertorio número N°34.752-2023, ante mí, (i) doña María Teresa Errázuriz Orrego, (ii) don Alfonso José Fernando Errázuriz Orrego y (iii) don Diego José Errázuriz Orrego; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada (la “Sociedad”) que fue constituida mediante escritura pública de fecha 22 de diciembre de 2023, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, acordaron lo siguiente: (1) Aumento de capital. Aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de $22.641.114 a la cantidad de $92.661.849. El aumento de capital, por la suma total de $70.020.735 fue enterado por doña María Teresa Errazuriz Orrego, don Alfonso Errazuriz Orrego y don Diego Errazuriz Orrego, mediante el aporte de las cuentas por cobrar que cada uno de los socios mantenía en contra de (i) Sociedad Fundo Tata Claudio Limitada, (ii) San Matías de Bucalemu Limitada y (iii) Agrícola Santa Raquel de Bucalemu Limitada, las que en su conjunto ascendían a la suma de $70.020.735, y que se desglosan en la escritura extractada. (2) Modificación de Estatutos Sociales. En virtud de lo anterior, se modificó el Artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $92.661.849, que los socios han aportado y pagado íntegramente en la forma y proporciones que a continuación se indican: /a/ doña María Teresa Errazuriz Orrego, la cantidad total de $30.887.283, equivalentes al 33,333% de los derechos sociales; /b/ don Alfonso Errazuriz Orrego, la cantidad total de $30.887.283, equivalentes al 33,333% de los derechos sociales; y /c/ don Diego Errazuriz Orrego, la cantidad total de $30.887.283, equivalentes al 33,333% ciento de los derechos sociales.” En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones y acuerdos constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 07 de febrero de 2024.-

AmendmentDiario Oficial · 2024-02-14View PDF (CVE 2453569)

Corporate information

Ltda
Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 10

Capital

Total capital

$22.641.114

Paid-in capital

$22.641.114

Pending capital

$0

Shareholders (3)

NameParticipation

María Teresa Errázuriz Orrego

Socio

33.334%

Alfonso Errázuriz Orrego

Socio

33.333%

Diego Errázuriz Orrego

Socio

33.333%

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2023, de repertorio número N°34.747-2023, ante mí, (i) Mariana Orrego Sánchez, (ii) Fernando Tomás Orrego Sánchez, (iii) María Cristina Orrego Sánchez, (iv) María José Orrego Sánchez, (v) Santiago Orrego Sánchez, (vi) María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez, (vii) Teresa Orrego Sánchez, (viii) Germán José Enrique Orrego Sánchez, (ix) Cristóbal Orrego Sánchez, (x) María Teresa Errázuriz Orrego, (xi) Alfonso Errázuriz Orrego, (xii) Diego Errázuriz Orrego, (xiii) María Alejandra Orrego Larraín, (xiv) María Valentina Orrego Larraín, (xv) María Valentina Larraín Bunster, (xvi) Claudio Benjamín Orrego Larraín, (xvii) María Francisca Orrego Larraín, (xviii) Francisco Orrego Bauzá, (xix) María Soledad Bauzá González, (xx) María Macarena Orrego Bauzá y (xxi) María Soledad Orrego Bauzá; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada (la “Sociedad”), acordaron lo siguiente: (1) Aumento de capital. Aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de $84.834.138, íntegramente pagado y enterado, a la cantidad de $90.564.467. El aumento de capital, por la suma total de $5.730.329 se efectuó mediante la capitalización en forma proporcional de utilidades sociales acumuladas de la Sociedad de ejercicios anteriores. Conforme a lo anterior, los socios han acordado reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $90.564.467, que los socios han aportado y pagado íntegramente de la siguiente manera: /i/ a la fecha de constitución de la sociedad mediante el aporte en dominio de los derechos que les corresponden en la Hijuela 1 resultante de la subdivisión del Lote 9 del plano de subdivisión del predio agrícola “Santa Lucia” que corresponde a la Hijuela Sexta de Bucalemu; y /ii/ mediante la capitalización de las utilidades sociales acumuladas de la Sociedad; en ambos casos, en las proporciones que a continuación se indican: en un 8,340%, aportado por doña María Valentina Larraín Bunster; en un 4,165%, aportado por doña María Alejandra Orrego Larraín; en un 4,165%, aportado por doña María Valentina Orrego Larraín; en un 4,165%, aportado por don Claudio Benjamín Orrego Larraín; en un 4,165%, aportado por doña María Francisca Orrego Larraín; en un 6,497%, aportado por don Francisco Orrego Bauzá; en un 5,509%, aportado por doña María Soledad Bauzá González, en un 6,497%, aportado por doña María Macarena Orrego Bauzá; en un 6,497%, aportado por doña María Soledad Orrego Bauzá; en un 2,777%, aportado por doña Mariana Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por don Fernando Tomás Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por doña María Cristina Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por doña María José Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por don Santiago Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por doña María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por doña Teresa Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por don Germán José Enrique Orrego Sánchez; en un 2,777%, aportado por don Cristóbal Orrego Sánchez; en un 8,333%, aportado por doña María Teresa Errázuriz Orrego; en un 8,333%, aportado por don Alfonso Errázuriz Orrego y en un 8,333%, aportado por don Diego Errázuriz Orrego”. (2) Retiro de Socios. Asimismo, con la anuencia de todos los socios, se retiraron de la Sociedad los señores (i) doña María Alejandra Orrego Larraín, (ii) doña María Valentina Orrego Larraín, (iii) doña María Valentina Larraín Bunster, (iv) don Claudio Benjamín Orrego Larraín, (v) doña María Francisca Orrego Larraín, (vi) doña Mariana Orrego Sánchez, (vii) don Fernando Tomás Orrego Sánchez, (viii) doña María Cristina Orrego Sánchez, (ix) doña María José Orrego Sánchez, (x) don Santiago Orrego Sánchez, (xi) doña María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez, (xii) doña Teresa Orrego Sánchez, (xiii) don Germán José Enrique Orrego Sánchez, (xiv) don Cristóbal Orrego Sánchez, (xv) don Francisco Orrego Bauzá, (xvi) doña María Soledad Bauzá González, (xvii) doña María Macarena Orrego Bauzá y (xviii) doña María Soledad Orrego Bauzá. (3) Disminución de capital. Como consecuencia del retiro de los socios, se disminuyó el capital de la Sociedad desde la cantidad de $90.564.467 a la cantidad de $22.641.114, esto es, en la cantidad de $67.923.353, y se acordó modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $22.641.114, que los socios han aportado y pagado íntegramente en la forma y proporciones que a continuación se indican: /a/ doña María Teresa Errázuriz Orrego, la cantidad total de $7.547.038 equivalentes al 33,334% de los derechos sociales; /b/ don Alfonso Errázuriz Orrego, la cantidad total de $7.547.038 equivalentes al 33,333% de los derechos sociales; y /c/ don Diego Errázuriz Orrego, la cantidad total de $7.547.038 equivalentes al 33,333% de los derechos sociales”. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones y acuerdos constan escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 05 de febrero de 2024.-

IncorporationDiario Oficial · 2024-02-05View PDF (CVE 2450072)

Corporate information

Ltda
Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 10
Duration: 3 años a contar de la fecha de la escritura extractada, renovables automática y sucesivamente por periodos de 10 años cada uno
Administration: Corresponderá a don Ramón Eluchans Olivares, quien actuando de manera individual podrá ejercerla personalmente o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto por medio de escritura pública, pudiendo representar a la sociedad con las facultades indicadas en la escritura extractada.

Corporate purpose

(a) la explotación agrícola, frutícola, ganadera y/o forestal de los predios rústicos que tenga a cualquier título; (b) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y subarrendamiento, con o sin opción de compra, o cualquier otra forma de explotación, loteo y subdivisión de bienes raíces, por cuenta propia o de terceros; (c) la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios y la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y (d) la inversión de los fondos sociales en toda clase de inmuebles y muebles, corporales o incorporales, tales como bonos, debentures y en general, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio y rentas.

Capital

Total capital

$84.834.138

Paid-in capital

$84.834.138

Pending capital

$0

Shareholders (21)

NameParticipation

María Valentina Larraín Bunster

Socio

8.34%

María Alejandra Orrego Larraín

Socio

4.165%

María Valentina Orrego Larraín

Socio

4.165%

Claudio Benjamín Orrego Larraín

Socio

4.165%

María Francisca Orrego Larraín

Socio

4.165%

Francisco Orrego Bauzá

Socio

6.497%

María Soledad Bauzá González

Socio

5.509%

María Macarena Orrego Bauzá

Socio

6.497%

María Soledad Orrego Bauzá

Socio

6.497%

Mariana Orrego Sánchez

Socio

2.777%

Fernando Tomás Orrego Sánchez

Socio

2.777%

María Cristina Orrego Sánchez

Socio

2.777%

María José Orrego Sánchez

Socio

2.777%

Santiago Orrego Sánchez

Socio

2.777%

María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez

Socio

2.777%

Teresa Orrego Sánchez

Socio

2.777%

Germán José Enrique Orrego Sánchez

Socio

2.777%

Cristóbal Orrego Sánchez

Socio

2.777%

María Teresa Errazuriz Orrego

Socio

8.333%

Alfonso Errázuriz Orrego

Socio

8.333%

Diego Errázuriz Orrego

Socio

8.333%

Administrators (1)

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2023, de repertorio número 34.746-2023, ante mí, (i) doña Mariana Orrego Sánchez, (ii) don Fernando Tomás Orrego Sánchez, (iii) doña María Cristina Orrego Sánchez, (iv) doña María José Orrego Sánchez, (v) don Santiago Orrego Sánchez, (vi) doña María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez, (vii) doña Teresa Orrego Sánchez, (viii) don Germán José Enrique Orrego Sánchez, (ix) don Cristóbal Orrego Sánchez, (x) doña María Teresa Errázuriz Orrego, (xi) don Alfonso José Fernando Errázuriz Orrego, (xii) don Diego José Errázuriz Orrego, (xiii) doña María Alejandra Orrego Larraín, (xiv) doña María Valentina Larraín Bunster, (xv) doña María Valentina Orrego Larraín, (xvi) don Claudio Benjamín Orrego Larraín, (xvii) doña María Francisca Orrego Larraín, (xviii) don Francisco Orrego Bauzá, (xix) doña María Soledad Bauzá González, (xx) doña María Macarena Orrego Bauzá, y (xxi) doña María Soledad Orrego Bauzá; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 2939, piso 10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad Agrícola y Forestal Santa Lucía de Bucalemu Limitada (la “Sociedad”), acordaron: (1) División. Dividir la Sociedad en cinco sociedades, subsistiendo la Sociedad Agrícola y Forestal Santa Lucía de Bucalemu Limitada en calidad de continuadora legal, conservando su razón social y objeto y rigiéndose por el pacto social vigente, con las modificaciones que se establecen en la escritura pública extractada, y constituyéndose cuatro nuevas sociedades de responsabilidad limitada denominadas Sociedad Agrícola Fundo Tata Claudio Limitada, Agrícola Santa Raquel de Bucalemu Limitada, Agrícola San Matías de Bucalemu Limitada y Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada. (2) Constitución. Como consecuencia de esta división, los únicos y actuales socios de la Sociedad constituyeron una sociedad limitada denominada “Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada”, cuyas principales menciones son: Razón social. Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada. Objeto. (a) la explotación agrícola, frutícola, ganadera y/o forestal de los predios rústicos que tenga a cualquier título; (b) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y subarrendamiento, con o sin opción de compra, o cualquier otra forma de explotación, loteo y subdivisión de bienes raíces, por cuenta propia o de terceros; (c) la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios y la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y (d) la inversión de los fondos sociales en toda clase de inmuebles y muebles, corporales o incorporales, tales como bonos, debentures y en general, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio y rentas. Administración y uso de la Razón Social. Corresponderá a don Ramón Eluchans Olivares, quien actuando de manera individual podrá ejercerla personalmente o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto por medio de escritura pública, pudiendo representar a la sociedad con las facultades indicadas en la escritura extractada. Duración. 3 años a contar de la fecha de la escritura extractada, renovables automática y sucesivamente por periodos de 10 años cada uno. Capital. $84.834.138 que los socios han pagado íntegramente mediante el aporte en dominio del 100% de los derechos que los socios mantienen en el inmueble individualizado en la escritura extractada y que los socios han pagado íntegramente en las siguientes proporciones: (i) en un 8,340% por doña María Valentina Larraín Bunster; (ii) en un 4,165% por doña María Alejandra Orrego Larraín, (iii) en un 4,165% por doña María Valentina Orrego Larraín, (iv) en un 4,165% por don Claudio Benjamín Orrego Larraín, (v) en un 4,165% por doña María Francisca Orrego Larraín, (vi) en un 6,497% por don Francisco Orrego Bauzá, (vii) en un 5,509% por doña María Soledad Bauzá González, (viii) en un 6,497% por doña María Macarena Orrego Bauzá, (ix) en un 6,497% por doña María Soledad Orrego Bauzá, (x) en un 2,777% por doña Mariana Orrego Sánchez, (xi) en un 2,777%, por don Fernando Tomás Orrego Sánchez, (xii) en un 2,777% por doña María Cristina Orrego Sánchez, (xiii) en un 2,777% por doña María José Orrego Sánchez, (xiv) en un 2,777% por don Santiago Orrego Sánchez, (xv) en un 2,777% por doña María Guadalupe Raquel Orrego Sánchez, (xvi)en un 2,777% por doña Teresa Orrego Sánchez, (xvii) en un 2,777% por don Germán José Enrique Orrego Sánchez, (xviii) en un 2,777% por don Cristóbal Orrego Sánchez, (xix) en un 8,333% por doña María Teresa Errazuriz Orrego, (xx) en un 8,333% por don Alfonso Errázuriz Orrego y (xxi) en un 8,333% por don Diego Errázuriz Orrego. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 01 de febrero de 2024.-

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada

    CVE 2455842

  2. MODIFICACIÓN

    Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada

    CVE 2453569

  3. CONSTITUCIÓN

    Agrícola Santa Soledad de Bucalemu Limitada

    CVE 2450072

Corporate relationships

CompanyPersonDiario Oficial