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Agrícola Pircas De Catemu SpA

CONSTITUCIÓN — Feb 8, 2024

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2024-02-08View PDF (CVE 2451068)

Corporate information

SpA

Corporate purpose

La Sociedad tiene por objeto: a) la explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, arrendataria, usufructuaria o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción; b) el desarrollo de toda clase de actividades agrícolas, agroindustriales y comerciales relacionadas con los bienes, productos y servicios agrícolas, como la producción, elaboración, fabricación, explotación e industrialización de frutas, hortalizas, materias primas o productos naturales provenientes del agro; c) la forestación y reforestación de predios agrícolas, y la ejecución de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y explotación forestal de predios agrícolas; d) el desarrollo de toda clase de actividades ganaderas, como la crianza, engorda, compra y venta de animales; e) la ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo agrícola. La Sociedad podrá abordar estos negocios por cuenta propia o ajena, como también por intermedio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.

Capital

Total capital

$10.000.000

Paid-in capital

$10.000.000

Pending capital

$0

Shares

10,000

Shareholders (4)

NameParticipation

AGRÍCOLA GCI LIMITADA

Accionista

45%

INVERSIONES GOWA LIMITADA

Accionista

10%

JUAN PABLO VILLELA LARRAIN

Accionista

22.5%

NICOLAS VILLELA LARRAIN

Accionista

22.5%

Official extract text

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 05 de febrero de 2024, Repertorio N° 1439, ante mí, AGRÍCOLA GCI LIMITADA; INVERSIONES GOWA LIMITADA; ambas debidamente representadas; don JUAN PABLO VILLELA LARRAIN; y, don NICOLAS VILLELA LARRAIN, vienen en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Nombre: AGRICOLA PIRCAS DE CATEMU SpA (en adelante, la “Sociedad”). 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) la explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, arrendataria, usufructuaria o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción; b) el desarrollo de toda clase de actividades agrícolas, agroindustriales y comerciales relacionadas con los bienes, productos y servicios agrícolas, como la producción, elaboración, fabricación, explotación e industrialización de frutas, hortalizas, materias primas o productos naturales provenientes del agro; c) la forestación y reforestación de predios agrícolas, y la ejecución de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y explotación forestal de predios agrícolas; d) el desarrollo de toda clase de actividades ganaderas, como la crianza, engorda, compra y venta de animales; e) la ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo agrícola. La Sociedad podrá abordar estos negocios por cuenta propia o ajena, como también por intermedio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000 dividido en 10.000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe, paga de la siguiente manera: a) AGRÍCOLA GCI LIMITADA, debidamente representada, suscribe 4.500 acciones, por la suma de $4.500.000, la que se paga e ingresa a la caja social en el acto de constitución; b) INVERSIONES GOWA LIMITADA, debidamente representada, suscribe 1.000 acciones, por la suma de $1.000.000, la que se paga e ingresa a la caja social en el acto de constitución; c) JUAN PABLO VILLELA LARRAIN, suscribe 2.250 acciones, por la suma de $2.250.000, la que se paga e ingresa a la caja social en el acto de constitución; y, d) NICOLAS VILLELA LARRAIN, suscribe 2.250 acciones, por la suma de $2.250.000, la que se paga e ingresa a la caja social en el acto de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de febrero de 2424.

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  1. CONSTITUCIÓN

    AGRÍCOLA PIRCAS DE CATEMU SpA

    CVE 2451068

Corporate relationships

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