Limited liability company

Agrícola M & V Limitada

CONSTITUCIÓN — Aug 18, 2017

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2017-08-18View PDF (CVE 1258259)

Corporate information

Ltda
Ovalle, Coquimbo
Duration: diez años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá de consuno a ambos socios.

Corporate purpose

Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, actividades relacionadas con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera; compra, venta y exportación de producción propia o ajena; servicios de embalaje, packing y asesoría a productores; elaboración de alimentos a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; compra, venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de bienes y/o servicios; operaciones comerciales o industriales relacionadas con la actividad minera; participación y administración en otras sociedades o comunidades; explotación de patentes, modelos de utilidad, software, marcas, diseños y modelos industriales; inversiones y negocios por cuenta propia o ajena respecto de bienes muebles o inmuebles; representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones; actividades comerciales o industriales complementarias o anexas al giro principal; y cualquier otra actividad que acuerden los socios.

Capital

Total capital

$62.500.000

Paid-in capital

$50.000.000

Pending capital

$12.500.000

Shareholders (2)

NameParticipation

MÓNICA MARÍA ALFARO TABILO

Socio

11.xxx.xxx-5

80%

VÍCTOR HUGO RAMÍREZ VICTORIANO

Socio

12.xxx.xxx-4

20%

Administrators (2)

Official extract text

“AGRICOLA M & V LTDA.”HERNAN ERNESTO PEREZ DUARTE, Suplente del Titular don RODRIGO CABRERA ALBARRAN, Notario Público de la Segunda Notaría de Ovalle, abogado, calle Miguel Aguirre Nro. 328, certifica que por escritura pública, ante mí, los señores (as) MÓNICA MARÍA ALFARO TABILO, C.I.N° 11.162.735-5, y VÍCTOR HUGO RAMÍREZ VICTORIANO, C.I.N° 12.154.884-4, ambos domiciliados en Parcela 10, Cerrillos Pobres, Comuna de Ovalle, constituyeron, con fecha once de Agosto del año dos mil diecisiete, Sociedad “Agrícola M & V limitada”, siendo el objeto de las clausulas principales las que siguen. PRIMERO: El nombre o Razón Social será “Agrícola M & V limitada”. SEGUNDO: OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: [a) Principalmente la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y en general, cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro relacionados con la agricultora, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; además la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o menor aplicables a todo tipo de industrias, y demás actividades complementarias o relacionadas; y el desarrollo de cualesquiera operación comercial o industrial relacionada con la actividad minera, pudiendo formar parte en otras sociedades o comunidades, modificarlas, asumir su administración, ejecutar todos los actos o contratos conducentes al fin social; podrá realizar cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y cualquier otro que acuerden los socios, b) además e incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; d) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; e) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y f) cualquier otra actividad que acuerden los socios. TERCERO: La ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y uso de la razón social corresponderá de consuno a ambos socios. CUARTO: CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de sesenta y dos millones quinientos mil pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar de la forma siguiente: UNO) MÓNICA MARÍA ALFARO TABILO suscribe el ochenta por ciento (80 %) del capital social, equivalente a cincuenta millones de pesos ($50.000.000), el que entera mediante el aporte de: a) bien inmueble denominado Parcela Número Diez, del Proyecto de Parcelación El Progreso, comuna de Ovalle, inscrita a fojas dos mil doscientos noventa y siete número tres mil doscientos setenta del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, del año dos mil quince; y b) con toda la cuota de derechos que posee sobre la cantidad de veinte coma nueve acciones de agua del Tranque Recoleta, inscritos a fojas ciento cuarenta y tres vuelta número doscientos veintisiete del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle, del año dos mil diecisiete; y DOS) VÍCTOR HUGO RAMÍREZ VICTORIANO se obliga a enterar el equivalente al veinte por ciento (20%) del capital social, mediante el aporte de doce millones quinientos mil pesos que se enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. QUINTO: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios de la forma, plazos y condiciones que resuelvan de común acuerdo los socios, en subsidio por lo dicho en la respectiva escritura de constitución. SEXTO: La sociedad ha comenzado a regir desde la fecha escritura constitución, y tendrá una duración de diez años, renovables tacita y sucesivamente por periodos iguales de diez años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso.- SEPTIMO: La sociedad practicara balance e inventario los días treinta y uno de Diciembre de cada año, y en el evento que un socio fallezca o se retire. OCTAVO: En caso de fallecer uno de los socios la sociedad terminará, al igual en caso de insolvencia e incapacidad. NOVENO: Domicilio comuna de Ovalle, sin perjuicio de sucursales establezcan en otros lugares.- DECIMO: En caso de disolución o liquidación, los socios acuerdan que el capital social deberá ser partido por lo que establezcan de común acuerdo los socios, en subsidio por lo dicho en la escritura de constitución. DECIMO PRIMERO: Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Ovalle, once de Agosto de dos mil diecisiete. HERNAN ERNESTO PEREZ DUARTENOTARIO SUPLENTE.

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