Stock company by shares

Acreditaclinic SpA

CONSTITUCIÓN — Aug 28, 2023

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2023-08-28View PDF (CVE 2368716)

Corporate information

SpA
Rancagua, O'Higgins
Duration: Indefinida
Administration: La administración y representación de la sociedad corresponderá a ambas socias, quienes podrán ejercerla personalmente o a través de uno o más delegados especialmente designados para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública.

Corporate purpose

desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las actividades de servicios de acreditación de prestadores institucionales, para ante la Superintendencia de Salud, sean estos hospitales, clínicas, centros ambulatorios, laboratorios, centros de imágenes y radiología, servicios de apoyo, etc. respecto del cumplimiento de los estándares de calidad fijados y normados por el Ministerio de Salud.

Capital

Total capital

$1.000.000

Shares

100

Shareholders (2)

NameParticipation

MARÍA SILVANA GODOY ZÚÑIGA

Accionista

7.xxx.xxx-0

50%

PAMELA PAZ LATORRE GODOY

Accionista

16.xxx.xxx-9

50%

Administrators (2)

MARÍA SILVANA GODOY ZÚÑIGA

7.xxx.xxx-0Administrador

PAMELA PAZ LATORRE GODOY

16.xxx.xxx-9Administrador

Official extract text

CARLA SILVA ACHARAN, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Rancagua, conforme a Decreto N°171 de fecha nueve de mayo de dos mil veintitrés con oficio ubicado en esta ciudad, Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva “(Carretera el Cobre)” número trescientos cuarenta local tres, certifico: Por escritura pública fecha 23 de agosto de 2023, bajo el Repertorio número 2241-2023, MARÍA SILVANA GODOY ZÚÑIGA, chilena, enfermera, casada en régimen de separación de bienes, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos sesenta y dos mil ciento nueve guión cero, domiciliada en Avenida La Estancia número cuatrocientos tres, Loteo El Polo, comuna de Machalí, y doña PAMELA PAZ LATORRE GODOY, chilena, diseñadora, soltera, cédula de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y dos mil doscientos setenta y cinco guión nueve, domiciliada en La estancia Interior número quinientos seis, Loteo El Polo, comuna de Machalí, constituyeron una sociedad por acciones de acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, de acuerdo a lo siguiente: I. RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad es “ACREDITACLINIC S.p.A” pudiendo ocupar el nombre de fantasía “ACREDITACLINIC”. II. OBJETO: El objeto de la sociedad es desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las actividades de servicios de acreditación de prestadores institucionales, para ante la Superintendencia de Salud, sean estos hospitales, clínicas, centros ambulatorios, laboratorios, centros de imágenes y radiología, servicios de apoyo, etc. respecto del cumplimiento de los estándares de calidad fijados y normados por el Ministerio de Salud. III. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Rancagua. IV. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de total de un millón de pesos, divido en cien acciones por un valor de diez mil pesos cada una, nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, el cual se compone de la siguiente forma: A) MARÍA SILVANA GODOY ZÚÑIGA, suscribe y paga en este acto cincuenta acciones por un monto de quinientos mil pesos; B) PAMELA PAZ LATORRE GODOY suscribe y paga en este acto cincuenta acciones por un monto de doscientos mil pesos; Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. V. ADMINISTRACIÓN. La administración y representación de la sociedad corresponderá a ambas socias, quienes podrán ejercerla personalmente o a través de uno o más delegados especialmente designados para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Las representantes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna, incluso la de autocontratar. VI. DURACIÓN. Indefinida. Demás disposiciones en escritura extractada. Rancagua 25 de agosto de 2023. DOY FE.

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  1. CONSTITUCIÓN

    ACREDITACLINIC SpA

    CVE 2368716

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