Limited liability company99.563.060-5

Sociedad Andes Flowers Limitada

MODIFICACIÓN — Mar 14, 2019

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2019-03-14View PDF (CVE 1560548)

Corporate information

Ltda
Ex fundo santa Herminia Parcela 3

Capital

Total capital

$21.600.000

Shareholders (14)

NameParticipation

MARCO ANTONIO CARRASCO URBINA

Socio

6.xxx.xxx-6

-

RENE CRISTIAN CUEVAS ESTAY

Socio

5.xxx.xxx-9

-

SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS ACACIAS

Socio

77.870.630-K

-

JORGE EMILIO BEAS VARGAS

Socio

11.xxx.xxx-8

-

OSVALDO ENRIQUE GODOY PIZARRO

Socio

4.xxx.xxx-9

-

MARÍA INÉS BRIONES ARÉVALO

Socio

6.xxx.xxx-1

-

CAMILA ESTER GONZÁLEZ BRIONES

Socio

12.xxx.xxx-4

-

GABRIEL ALBERTO GONZÁLEZ BRIONES

Socio

13.xxx.xxx-7

-

JOSE DIONISIO ARIAS BRIONES

Socio

6.xxx.xxx-2

-

BLANCA PATRICIA CID NOEL

Socio

6.xxx.xxx-5

-

TOMAS EMILIO ARIAS LINARES

Socio

3.xxx.xxx-8

-

ANDREA SUSANA ARIAS BACIGALUPPI

Socio

12.xxx.xxx-k

-

RODRIGO PATRICIO ALLENDE CID

Socio

17.xxx.xxx-0

-

MARIO LINO CELY ALDANA

Gerente

14.xxx.xxx-1

-

Legal representation (3)

Omar Eduardo Meza Castro

9.xxx.xxx-1On behalf of RENE CRISTIAN CUEVAS ESTAY5.xxx.xxx-9

Corporate history on record

  1. Other act· November 14, 2017

    Se anuló la escritura de saneamiento y modificación de la sociedad por no haber sido inscrita

    SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA

Official extract text

LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado Notario Público de las Comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en calle Diego Lillo N° 331, de esta ciudad; certifica que por escritura hoy ante mi el abogado Omar Eduardo Meza Castro, C.I.9.971.427-1, Huérfanos 1160, oficina 615 Santiago, en representación de don MARCO ANTONIO CARRASCO URBINA, C.I. 6. 113.254-6 Manuel Rodríguez N°733, Hijuelas, don RENE CRISTIAN CUEVAS ESTAY, C.I. 5.959.102-9, Los Acacios parcela 10, Santa Olivia, Quillota, SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS ACACIAS, Rut 77.870.630-K, ex fundo santa Herminia Parcela 3, La Calera, representada legalmente por don Jorge Javier Tapia Pizarro, C.I. 7.584.712-2, don JORGE EMILIO BEAS VARGAS, C.I. 11.733.789-8, Manuel Rodríguez N° 238, Hijuelas; don OSVALDO ENRIQUE GODOY PIZARRO, C.I. 4.397.929-9, Parcela 250, Kilometro 117, el Melón, Nogales; La sucesión de don GABRIEL GUSTAVO GONZALEZ VARAS, que corresponde a doña MARÍA INÉS BRIONES ARÉVALO, C.I. 6.761.656-1 Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, a doña CAMILA ESTER GONZÁLEZ BRIONES, C.I. 12.601.164-4, Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, a don GABRIEL ALBERTO GONZÁLEZ BRIONES, C.I. 13.764.577-7, Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, don JOSE DIONISIO ARIAS BRIONES, C.I. 6.397.777-2 Manuel Rodríguez N° 841 Hijuelas; doña BLANCA PATRICIA CID NOEL, C.I. 6.882.264-5, Parcela 26, Lliu- Lliu, Limache; y don TOMAS EMILIO ARIAS LINARES, C.I. 3.418.885-8, Angamos sin número, Lliu-Lliu, Limache; doña ANDREA SUSANA ARIAS BACIGALUPPI, C.I. 12.095.069-K, Eduardo Grove N° 325, departamento 701, Viña del Mar, Quinta Región; don RODRIGO PATRICIO ALLENDE CID, C.I. 17.753.456-0, Parcela N° 26 Lliu Lliu, Limache, Quinta Región; don MARIO LINO CELY ALDANA, C.I. 14.695.750-1, Hermanos Clark N° 124, Viña del Mar, Quinta Región, este último actuando por sí y en su calidad de Gerente General de la Sociedad denominada “SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA”, también llamada “ANDES FLOWERS LTDA.” RUT 99.563.060-5, a quien conozco por haberme acreditado su identidad con la cédula antes citada y expone lo siguiente: Se anula la escritura de fecha catorce de noviembre del año dos mil diecisiete de esta misma Notaria bajo el Repertorio tres mil novecientos cincuenta y cinco guion dos mil diecisiete con el fin de Saneamiento y Modificación y Acuerdo de Pago de Sociedad Andes Flowers Limitada o Andes Flowers Ltda. la que se publicó su extracto en el Diario Oficial con fecha veinte de noviembre del año dos mil diecisiete y sin embargo no se inscribió en el Registro de Comercio. De acuerdo a lo señalado se viene a anular la escritura de fecha catorce de noviembre del año dos mil diecisiete ya identificada, pues no tiene asidero alguno al no ser inscrita y se solicita no tenerla presente en la historia social. Capital inicial $21.600.000.- La Calera, 04 de Marzo de 2019.

AmendmentDiario Oficial · 2017-12-16View PDF (CVE 1320978)

Corporate information

Ltda
ex fundo santa Herminia Parcela 3

Capital

Total capital

$21.600.000

Shareholders (14)

NameParticipation

MARCO ANTONIO CARRASCO URBINA

Socio

6.xxx.xxx-6

-

RENE CRISTIAN CUEVAS ESTAY

Socio

5.xxx.xxx-9

-

SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS ACACIAS

Socio

77.870.630-K

-

JORGE EMILIO BEAS VARGAS

Socio

11.xxx.xxx-8

-

OSVALDO ENRIQUE GODOY PIZARRO

Socio

4.xxx.xxx-9

-

MARÍA INÉS BRIONES ARÉVALO

Socio

6.xxx.xxx-1

-

CAMILA ESTER GONZÁLEZ BRIONES

Socio

12.xxx.xxx-4

-

GABRIEL ALBERTO GONZÁLEZ BRIONES

Socio

13.xxx.xxx-7

-

JOSE DIONISIO ARIAS BRIONES

Socio

6.xxx.xxx-2

-

BLANCA PATRICIA CID NOEL

Socio

6.xxx.xxx-5

-

TOMAS EMILIO ARIAS LINARES

Socio

3.xxx.xxx-8

-

ANDREA SUSANA ARIAS BACIGALUPPI

Socio

12.xxx.xxx-k

-

RODRIGO PATRICIO ALLENDE CID

Socio

17.xxx.xxx-0

-

MARIO LINO CELY ALDANA

Socio

14.xxx.xxx-1

-

Administrators (2)

Jorge Javier Tapia Pizarro

7.xxx.xxx-2Administrador

MARIO LINO CELY ALDANA

14.xxx.xxx-1Gerente

Legal representation (4)

Omar Eduardo Meza Castro

9.xxx.xxx-1On behalf of RENE CRISTIAN CUEVAS ESTAY5.xxx.xxx-9

MARIO LINO CELY ALDANA

14.xxx.xxx-1On behalf of SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA99.563.060-5

Official extract text

LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado Notario Público de las Comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en calle Diego Lillo N° 331, de esta ciudad; certifica: Por escritura de fecha 07 de Diciembre, ante mí, el abogado Omar Eduardo Meza Castro, C.I.9.971.427-1, Huérfanos 1160, oficina 615 Santiago, en representación de don MARCO ANTONIO CARRASCO URBINA, C.I. 6. 113.254-6 Manuel Rodríguez N°733, Hijuelas, don RENE CRISTIAN CUEVAS ESTAY, C.I. 5.959.102-9, Los Acacios parcela 10, Santa Olivia, Quillota, SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS ACACIAS, Rut 77.870.630-K, ex fundo santa Herminia Parcela 3, La Calera, representada legalmente por don Jorge Javier Tapia Pizarro, C.I. 7.584.712-2, don JORGE EMILIO BEAS VARGAS, C.I. 11.733.789-8, Manuel Rodríguez N° 238, Hijuelas; don OSVALDO ENRIQUE GODOY PIZARRO, C.I. 4.397.929-9, Parcela 250, Kilometro 117, el Melón, Nogales; La sucesión de don GABRIEL GUSTAVO GONZALEZ VARAS, que corresponde a doña MARÍA INÉS BRIONES ARÉVALO, C.I. 6.761.656-1 Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, a doña CAMILA ESTER GONZÁLEZ BRIONES, C.I. 12.601.164-4, Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, a don GABRIEL ALBERTO GONZÁLEZ BRIONES, C.I. 13.764.577-7, Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, don JOSE DIONISIO ARIAS BRIONES, C.I. 6.397.777-2 Manuel Rodríguez N° 841 Hijuelas; doña BLANCA PATRICIA CID NOEL, C.I. 6.882.264-5, Parcela 26, Lliu- Lliu, Limache; y don TOMAS EMILIO ARIAS LINARES, C.I. 3.418.885-8, Angamos sin número, Lliu-Lliu, Limache; doña ANDREA SUSANA ARIAS BACIGALUPPI, C.I. 12.095.069-K, Eduardo Grove N° 325, departamento 701, Viña del Mar, Quinta Región; don RODRIGO PATRICIO ALLENDE CID, C.I. 17.753.456-0, Parcela N° 26 LliuLliu, Limache, Quinta Región; don MARIO LINO CELY ALDANA, C.I. 14.695.750-1, Hermanos Clark N° 124, Viña del Mar, Quinta Región, este último actuando por sí y en su calidad de Gerente General de la Sociedad denominada “SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA”, también llamada “ANDES FLOWERS LTDA.”, RUT 99.563.060-5, a quien conozco por haberme acreditado su identidad con la cédula antes citada y expone lo siguiente: Se Sanea la escritura de fecha 31 de agosto del 2017, de Modificación y Acuerdo de Pago de la Sociedad Andes Flowers Limitada o Andes Flowers Ltda. Realizada en esta misma notaria bajo el Repertorio 3081-2017. Se solicita el Saneamiento de nulidad ante el cumplimiento del plazo para realizar la publicación e inscripción de la Modificación Social de acuerdo a Ley 19.499 del 12 de abril del 1997. Capital inicial para efectos de publicación $21.600.000.- Demás cláusulas escritura extractada. La Calera, 14 de Diciembre de 2017.

AmendmentDiario Oficial · 2017-11-20View PDF (CVE 1305971)

Corporate information

Ltda
ex fundo santa Herminia Parcela 3

Capital

Total capital

$21.600.000

Shareholders (15)

NameParticipation

Marco Antonio Carrasco Urbina

Socio

6.xxx.xxx-6

-

Rene Cristian Cuevas Estay

Socio

5.xxx.xxx-9

-

SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS ACACIAS

Socio

77.870.630-K

-

Jorge Emilio Beas Vargas

Socio

11.xxx.xxx-8

-

Osvaldo Enrique Godoy Pizarro

Socio

4.xxx.xxx-9

-

Sucesión de Gabriel Gustavo Gonzalez Varas

Socio

-

María Inés Briones Arévalo

Socio

6.xxx.xxx-1

-

Camila Ester González Briones

Socio

12.xxx.xxx-4

-

Gabriel Alberto González Briones

Socio

13.xxx.xxx-7

-

Jose Dionisio Arias Briones

Socio

6.xxx.xxx-2

-

Blanca Patricia Cid Noel

Socio

6.xxx.xxx-5

-

Tomas Emilio Arias Linares

Socio

3.xxx.xxx-8

-

Andrea Susana Arias Bacigaluppi

Socio

12.xxx.xxx-k

-

Rodrigo Patricio Allende Cid

Socio

17.xxx.xxx-0

-

Mario Lino Cely Aldana

Socio

14.xxx.xxx-1

-

Administrators (1)

Mario Lino Cely Aldana

14.xxx.xxx-1Gerente

Legal representation (3)

Mario Lino Cely Aldana

14.xxx.xxx-1On behalf of SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA99.563.060-5

Official extract text

LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado Notario Público de las Comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en calle Diego Lillo N° 331, de esta ciudad; certifica: que el abogado Omar Eduardo Meza Castro, C.I.9.971.427-1, Huérfanos 1160, oficina 615 Santiago, en representación de don MARCO ANTONIO CARRASCO URBINA, C.I. 6. 113.254-6 Manuel Rodríguez N°733, Hijuelas, don RENE CRISTIAN CUEVAS ESTAY, C.I. 5.959.102-9, Los Acacios parcela 10, Santa Olivia, Quillota, SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS ACACIAS, Rut 77.870.630-K, ex fundo santa Herminia Parcela 3, La Calera, representada legalmente por don Jorge Javier Tapia Pizarro, C.I. 7.584.712-2, don JORGE EMILIO BEAS VARGAS, C.I. 11.733.789-8, Manuel Rodríguez N° 238, Hijuelas; don OSVALDO ENRIQUE GODOY PIZARRO, C.I. 4.397.929-9, Parcela 250, Kilometro 117, el Melón, Nogales; La sucesión de don GABRIEL GUSTAVO GONZALEZ VARAS, que corresponde a doña MARÍA INÉS BRIONES ARÉVALO, C.I. 6.761.656-1 Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, a doña CAMILA ESTER GONZÁLEZ BRIONES, C.I. 12.601.164-4, Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, a don GABRIEL ALBERTO GONZÁLEZ BRIONES, C.I. 13.764.577-7, Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, don JOSE DIONISIO ARIAS BRIONES, C.I. 6.397.777-2 Manuel Rodríguez N° 841 Hijuelas; doña BLANCA PATRICIA CID NOEL, C.I. 6.882.264-5, Parcela 26, Lliu- Lliu, Limache; y don TOMAS EMILIO ARIAS LINARES, C.I. 3.418.885-8, Angamos sin número, Lliu-Lliu, Limache; doña ANDREA SUSANA ARIAS BACIGALUPPI, C.I. 12.095.069-K, Eduardo Grove N° 325, departamento 701, Viña del Mar, Quinta Región; don RODRIGO PATRICIO ALLENDE CID, C.I. 17.753.456-0, Parcela N° 26 LliuLliu, Limache, Quinta Región; don MARIO LINO CELY ALDANA, C.I. 14.695.750-1, Hermanos Clark N° 124, Viña del Mar, Quinta Región, este último actuando por sí y en su calidad de Gerente General de la Sociedad denominada “ SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA ”, también llamada “ANDES FLOWERS LTDA.”, RUT 99.563.060-5, a quien conozco por haberme acreditado su identidad con la cédula antes citada y expone lo siguiente: Se Sanea la escritura de fecha 31 de agosto del 2017, de Modificación y Acuerdo de Pago de la Sociedad Andes Flowers Limitada o Andes Flowers Ltda. Realizada en esta misma notaria bajo el Repertorio 3081-2017. Se solicita el Saneamiento de nulidad ante el cumplimiento del plazo para realizar la publicación de la Modificación Social de acuerdo a Ley19.499 del 12 de abril del 1997. Capital inicial para efectos de publicación $21.600.000.- Demás cláusulas escritura extractada. La Calera, 14 de Noviembre de 2017.

AmendmentDiario Oficial · 2017-10-21View PDF (CVE 1290457)

Corporate information

Ltda
ex fundo santa Herminia Parcela 3

Capital

Total capital

$21.600.000

Shareholders (13)

NameParticipation

Marco Antonio Carrasco Urbina

Socio

6.xxx.xxx-6

-

Rene Cristian Cuevas Estay

Socio

5.xxx.xxx-9

22.22%

Jorge Emilio Beas Vargas

Socio

11.xxx.xxx-8

-

Osvaldo Enrique Godoy Pizarro

Socio

4.xxx.xxx-9

-

María Inés Briones Arévalo

Socio

6.xxx.xxx-1

-

Camila Ester González Briones

Socio

12.xxx.xxx-4

-

Gabriel Alberto González Briones

Socio

13.xxx.xxx-7

-

Jose Dionisio Arias Briones

Socio

6.xxx.xxx-2

-

Blanca Patricia Cid Noel

Socio

6.xxx.xxx-5

-

Tomas Emilio Arias Linares

Socio

3.xxx.xxx-8

-

Andrea Susana Arias Bacigaluppi

Socio

12.xxx.xxx-k

-

Rodrigo Patricio Allende Cid

Socio

17.xxx.xxx-0

-

Mario Lino Cely Aldana

Socio

14.xxx.xxx-1

-

Legal representation (2)

Omar Eduardo Meza Castro

9.xxx.xxx-1On behalf of todos suscriba cualquiera escritura de saneamiento, rectificación, aclaración y complementación que eventualmente sea necesaria y relacionadas con la Sociedad en cuestión

Corporate history on record

  1. Capital change· August 16, 2016

    Se acordó sanear y modificar la sociedad a responsabilidad limitada.

    Marco Antonio Carrasco Urbina · Rene Cristian Cuevas Estay · Sociedad Agrícola Las Acacias · Jorge Javier Tapia Pizarro · Jorge Emilio Beas Vargas · Osvaldo Enrique Godoy Pizarro · María Inés Briones Arévalo · Camila Ester González Briones · Gabriel Alberto González Briones · Jose Dionisio Arias Briones · Blanca Patricia Cid Noel · Tomas Emilio Arias Linares · Andrea Susana Arias Bacigaluppi · Rodrigo Patricio Allende Cid · Mario Lino Cely Aldana

  2. Transfer of rights

    Sociedad Agrícola Las Acacias entrega su 11,11% para acrecentar la participación de los demás socios.

    Sociedad Agrícola Las Acacias

  3. Transfer of rights

    Jorge Emilio Beas Vargas entrega su 11,11% en parte de pago y sale de la sociedad.

    Jorge Emilio Beas Vargas

  4. Transfer of rights

    Osvaldo Enrique Godoy Pizarro vende su 11,11% a Rene Cristian Cuevas Estay, quien queda con 22,22%.

    Osvaldo Enrique Godoy Pizarro · Rene Cristian Cuevas Estay

  5. Partner withdrew

    Se retiran Jorge Emilio Beas Vargas, Sociedad Agrícola Las Acacias y Osvaldo Enrique Godoy Pizarro.

    Jorge Emilio Beas Vargas · Sociedad Agrícola Las Acacias · Osvaldo Enrique Godoy Pizarro

Official extract text

LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado Notario Público de las Comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en calle Diego Lillo N° 331, de esta ciudad; certifica que por escritura publica hoy ante mi don MARCO ANTONIO CARRASCO URBINA, C.I. 6.113.254-6 Manuel Rodríguez N°733, Hijuelas, don RENE CRISTIAN CUEVAS ESTAY, C.I. 5.959.102-9, Los Acacios parcela 10, Santa Olivia, Quillota, SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS ACACIAS, Rut 77.870.630-K, ex fundo santa Herminia Parcela 3, La Calera, representada legalmente por don Jorge Javier Tapia Pizarro, C.I. 7.584.712-2, don JORGE EMILIO BEAS VARGAS, C.I. 11.733.789-8, Manuel Rodríguez N° 238, Hijuelas; don OSVALDO ENRIQUE GODOY PIZARRO, C.I. 4.397.929-9, Parcela 250, Kilometro 117, el Melón, Nogales; La sucesión de don GABRIEL GUSTAVO GONZALEZ VARAS, que corresponde a doña MARÍA INÉS BRIONES ARÉVALO, C.I. 6.761.656-1 Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, a doña CAMILA ESTER GONZÁLEZ BRIONES, C.I. 12.601.164-4, Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, a don GABRIEL ALBERTO GONZÁLEZ BRIONES, C.I. 13.764.577-7, Manuel Rodríguez número mil ciento ochenta y ocho, Hijuelas, don JOSE DIONISIO ARIAS BRIONES, C.I. 6.397.777-2 Manuel Rodríguez N° 841 Hijuelas; doña BLANCA PATRICIA CID NOEL, C.I. 6.882.264-5, Parcela 26, Lliu- Lliu, Limache; y don TOMAS EMILIO ARIAS LINARES, C.I. 3.418.885-8, Angamos sin número, Lliu-Lliu, Limache; doña ANDREA SUSANA ARIAS BACIGALUPPI, C.I. 12.095.069-K, Eduardo Grove N° 325, departamento 701, Viña del Mar, Quinta Región; don RODRIGO PATRICIO ALLENDE CID, C.I. 17.753.456-0, Parcela N° 26 LliuLliu, Limache, Quinta Región; don MARIO LINO CELY ALDANA, C.I. 14.695.750-1, Hermanos Clark N° 124, Viña del Mar, Quinta Región, este último actuando por sí y en su calidad de Gerente General de la Sociedad denominada “SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA”, también llamada “ANDES FLOWERS LTDA.” , RUT 99.563.060-5, a quien conozco por haberme acreditado su identidad con la cédula antes citada y expone lo siguiente: Que con fecha dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis acordó sanear y modificar esta sociedad a Sociedad de Responsabilidad Limitada la que publicada en el Diario Oficial con fecha 27 de agosto del año 2016 e Inscrita en El Registro de Comercio de dicho Conservador a fojas 140, número 100 del año dos mil 2016, constituida por todos los comparecientes. Que La Sociedad Agrícola Las Acacias Limitada, Rut 77.870.630-K, mantiene una deuda Sociedad Andes Flowers Limitada de $29.000.000.- Teniendo presente que La Sociedad Agrícola Las Acacias Limitada es socia de la Sociedad Andes Flowers Limitada en 11,11% las partes y llegan al siguiente acuerdo: Pagará la suma de $13.000.000 en una cuota a más tardar el 31 de octubre del año 2018, en la que se aceptaran pagos parciales y total, con antelación, La Sociedad Agrícola Las Acacias Limitada entrega su parte en la que es socia de la Sociedad Andes Flowers Limitada en un 11,11% que viene a acrecentar el porcentaje de cada uno de los socios de acuerdo a su proporción. Que don Jorge Emilio Beas Vargas adeuda la suma de $15.725146.- a La Sociedad Andes Flowers Limitada por lo que entrega su porcentaje de 11,11% en parte de pago por dicho valor, saliendo de la Sociedad Andes Flowers limitada acrecentado el porcentaje de cada uno de los socios de acuerdo a la proporción. Don Osvaldo Enrique Godoy Pizarro le vende su participación en La Sociedad Andes Flowers Limitada equivalente al 11,11% a don Rene Cristian Cuevas Estay, por el valor de $11.000.000, quedando este último con una participación de 22,22% de los derechos en la sociedad, retirándose de ella don Osvaldo Enrique Godoy Pizarro. De este valor $9.045.975 pesos se cancelan en este acto por don Rene Cristian Cuevas Estay a La Sociedad Andes Flowers Limitada por una deuda existente a la Sociedad por don Osvaldo Enrique Godoy Pizarro, dándose por pagada dicha deuda. Se retiran de la sociedad La Sociedad Andes Flowers Limitada, don Jorge Emilio Beas Vargas, La Sociedad Agrícola Las Acacias Limitada y don Osvaldo Enrique Godoy Pizarro. Como consecuencia del retiro de estos socios, entre estos, el resto de los socios y La Sociedad Andes Flowers Limitada, se otorgan por este acto el más amplio, completo y total finiquito. En todo lo no modificado regirá el pacto social constitutivo con sus respectivas modificaciones ya señaladas. Las partes facultan en este acto al abogado don Omar Eduardo Meza Castro, C.I 9.971.427-1 para que a nombre y representación de todos suscriba cualquiera escritura de saneamiento, rectificación, aclaración y complementación que eventualmente sea necesaria y relacionadas con la Sociedad en cuestión. Capital inicial para efectos de publicación $21.600.000.- Demás cláusulas escritura extractada. La Calera, 31 de agosto de 2017.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA

    CVE 1560548

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA

    CVE 1320978

  3. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA

    CVE 1305971

  4. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD ANDES FLOWERS LIMITADA

    CVE 1290457

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