Inversiones Ergotec SpA
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$1.286.344.264
Paid-in capital
$1.286.344.264
Pending capital
$0
Shares
141,976
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $1.286.344.264 |
Official extract text
Ministerio del Interior JOSE TOMAS FABRES BORDEU, abogado, Notario Público Interino 41º Notaría Santiago, con oficio en Ahumada 179, cuarto piso, Santiago, certifico: Por escritura publica de fecha 29/12/2025, Repertorio N°14897-2025, ante Maria Cristina de La Sotta Fernandez Notario Publico Interino de la 41º Notaria de Santiago, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de accionistas de : INVERSIONES ERGOTEC SpA y su junta de accionistas con la presencia de su único accionista Grupo Valle Fértil SpA, inscrita a fojas 39.315 número 29.856 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2003, domiciliada en Presidente Riesco 5.561, oficina 202, comuna de Las Condes; Santiago; se acordó lo siguiente: Aumentar capital de la sociedad de $649.414.264 dividido en 71.677 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal a $1.286.344.264, dividido en 141.976 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, para lo cual se emitirían 70.299 acciones de pago. Don Jaime Ugarte Espinoza, en representación de Grupo Valle Fértil SpA, previa aprobación de la junta suscribe la cantidad de 70.299 acciones de pago, representativas de la suma de $636.930.000, obligándose a pagar íntegramente las referidas acciones en el plazo máximo de 60 días a contar de la celebración de la Junta de accionistas, en dólares americanos, valor calculado al valor dólar 17 diciembre 2025 de 909,90 pesos por dólar, esto es, la suma total de setecientos mil dolares americanos.Como consecuencia de lo anterior, se acuerda sustituir el Artículo el artículo quinto permanente y cuarto transitorio de los estatutos sociales de la Sociedad, por el texto señalado a continuación (i)“ARTÍCULO QUINTO: El capital social es de $1.286.344.264, dividido en 141.976 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma estipulada en los artículos transitorios de estos estatutos.” (ii) Artículo Cuarto Transitorio por el de siguiente tenor: “Artículo Cuarto transitorio. Suscripción y pago del Capital. El capital social según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es de $1.286.344.264, dividido en 141.976 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que ha quedado totalmente suscrito por Grupo Valle Fértil SpA, correspondiéndole 141.976 acciones que se suscribieron y pagaron de la forma siguiente: a) 71.677 acciones suscritas y pagadas con anterioridad al presente aumento de capital, representativas de la suma de $649.414.264 ; b) 70.299 acciones de pago, representativas de la suma de $636.930.000, íntegramente suscritas en este acto y que se obliga a pagar en el plazo máximo de 60 días a contar de la celebración de la presente Junta de accionistas, en dólares americanos, valor que se calcula al día de hoy al valor dólar de 909,90 pesos por dólar, esto es, la suma total de setecientos mil dólares americanos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de febrero de 2026.
Corporate information
Capital
Total capital
$649.414.264
Paid-in capital
$649.414.264
Pending capital
$0
Shares
71,677
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $649.414.264 |
Official extract text
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifica que, por escritura pública otorgada con fecha 9 de octubre de 2024, repertorio número 12.741, ante la Notario Reemplazante Karina Alejandra Flores Muñoz; comparecieron por una parte GRUPO VALLE FÉRTIL SpA, como actual y único accionista de acuerdo al Registro de Accionistas tenido a la vista de ERGOTEC MUEBLES SpA, inscrita a fojas 39.315 número 29.856 del Registro de Comercio de Santiago del año 2003; y por otra parte GRUPO VALLE FÉRTIL SpA como actual y único accionista de acuerdo al Registro de Accionistas tenido a la vista de INMOBILIARIA VALLE FÉRTIL SpA, inscrita a fojas 18.684 número 9.463 del Registro de Comercio de Santiago del año 1989 y, conjuntamente GRUPO VALLE FÉRTIL SpA e INMOBILIARIA VALLE FÉRTIL SpA, como actuales y únicos accionistas de acuerdo al Registro de Accionistas tenido a la vista de INVERSIONES JUE SpA inscrita a fojas 31.579 número 15.998 del Registro de Comercio de Santiago del año 1991; todos los anteriores domiciliados en Presidente Riesco 5.561, oficina 202, comuna de Las Condes; Santiago, y acordaron lo siguiente: 1) La fusión por incorporación de INVERSIONES JUE SpA y de INMOBILIARIA VALLE FÉRTIL SpA en ERGOTEC MUEBLES SpA, en adelante, INVERSIONES ERGOTEC SpA, absorbiendo esta última a las anteriores, adquiriendo todos sus activos, pasivos y sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones. Como consecuencia de la fusión, INVERSIONES JUE SpA e INMOBILIARIA VALLE FÉRTIL SpA se disuelven sin que sea necesario proceder a su liquidación. 2) Aumentar el capital de la sociedad absorbente, ERGOTEC MUEBLES SpA, en adelante, INVERSIONES ERGOTEC SpA, desde la suma de $30.326.141 a la suma de $649.414.264, mediante la emisión de 41.657 acciones ordinarias, nominativa, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Por lo tanto el capital queda en $649.414.264 dividido en 71.677 acciones ordinarias, nominativa, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. 3) Se acuerdan las siguientes modificaciones a los estatutos de la sociedad absorbente ERGOTEC MUEBLES SpA, en adelante, INVERSIONES ERGOTEC SpA: Uno. Modificar la razón social de la Sociedad Absorbente, y en consecuencia sustituir el Artículo Primero de los Estatutos por el siguiente: “Artículo Primero, Nombre y normas aplicables. Se constituye una Sociedad por Acciones con el nombre o razón social de “INVERSIONES ERGOTEC SpA”, pudiendo usar también, para todos los fines, el nombre de fantasía “ERGOTEC SpA”, cuyo uso la obligará para todos los efectos legales, incluso bancarios, comerciales y tributarios. Esta sociedad se regirá por los presentes estatutos y, supletoriamente sólo en aquello que no se contraponga con sus estatutos, por lo dispuesto en el Párrafo Octavo del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio y, supletoriamente, sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades Anónimas y las de su Reglamento aplicables a sociedades anónimas cerradas.”. Dos. Sustituir el Artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de seiscientos cuarenta y nueve millones cuatrocientos catorce mil doscientos sesenta y cuatro pesos dividido en setenta y un mil seiscientos setenta y siete acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma que se indica en el artículo primero transitorio de los estatutos, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad a la Ley. Las acciones podrán pagarse por dinero efectivo o con otros bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, según lo acuerde la respectiva Junta Extraordinaria de Accionistas. La avaluación de los aportes que no consistan en dinero será aprobada por la unanimidad de los accionistas. Tanto dicha avaluación como el pago de las acciones con bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, distintos de dinero efectivo, deberá ser documentado por escritura pública. La parte del capital que corresponda a acciones que habiendo sido suscritas no sean pagadas dentro del plazo de cinco años desde la suscripción, se entenderá reducido de pleno derecho al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones suscritas y pendientes de pago tendrán los mismos derechos que le correspondan a las acciones que a la misma fecha se encuentren suscritas y pagadas, no existiendo al respecto diferencia alguna. Las disminuciones de capital, cuando se acuerden por la respectiva Junta de accionistas, se efectuarán en favor de todos los accionistas por igual y a prorrata de sus acciones, sin necesidad de cancelar acciones, sin perjuicio del derecho de cada accionista a renunciar a su derecho en la devolución de capital en favor de otros accionistas, en cuyo caso será posible cancelar las respectivas acciones.” .- “Artículo Primero Transitorio: El capital social ascendente a la suma de seiscientos cuarenta y nueve millones cuatrocientos catorce mil doscientos sesenta y cuatro pesos dividido en setenta y un mil seiscientos setenta y siete acciones ordinarias, nominativa, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor, se encuentra suscrito y pagado por su único accionista GRUPO VALLE FÉRTIL SpA.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de octubre de 2024.
Corporate information
Corporate purpose
El objeto y giro de la sociedad será: a) compra, venta, arrendamiento, fabricación, reparación, construcción, remodelación, reestructuración y administración de toda clase de bienes sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; b) importación y exportación, distribución y representación de toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales; c) la realización de todo tipo de inversiones, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como bonos, debentures, y acciones especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricción de ninguna especie; d) la prestación de todo tipo de servicios a terceros por asesorías en diseño y manufactura, administrativas, financieras, contables, tributarias, legales, etc.; e) realizar toda clase de actos civiles y de comercio relacionados directa o indirectamente con los fines anteriores.
Capital
Total capital
$30.326.141
Paid-in capital
$30.326.141
Shares
30,020
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 4.xxx.xxx-1 | 4.xxx.xxx-1 | 27,018 sh. | - |
Accionista 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | 1,501 sh. | - |
MARCELO EUGENIO UGARTE JIMÉNEZ Accionista 9.xxx.xxx-k | 9.xxx.xxx-k | 1,501 sh. | - |
Corporate history on record
- Transformation· June 20, 2023
La sociedad ERGOTEC MUEBLES S.A. se transforma en una sociedad por acciones.
JAIME UGARTE ESPINOZA · PABLA ANDREA UGARTE JIMÉNEZ · MARCELO EUGENIO UGARTE JIMÉNEZ
Official extract text
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Con fecha 27 de Junio de 2023, ante mí, don JAIME UGARTE ESPINOZA, chileno, casado bajo el régimen de separación de bienes, empresario, cédula de identidad y rol único tributario número cuatro millones doscientos ochenta mil ochocientos setenta y cuatro guion uno; doña PABLA ANDREA UGARTE JIMÉNEZ, chilena, soltera, constructor civil, cédula nacional de identidad y rol único tributario número nueve millones seiscientos sesenta y cinco mil cincuenta y seis guión seis, y don MARCELO EUGENIO UGARTE JIMÉNEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, arquitecto, cédula nacional de identidad y rol único tributario número nueve millones seiscientos sesenta y seis mil trescientos veinte guión K; todos domiciliados para estos efectos en Gustavo Vicuña 6141, Comuna de Vitacura, Santiago, Chile, debidamente facultados y en su calidad de únicos accionistas de la sociedad ERGOTEC MUEBLES S.A., sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número noventa y nueve millones quinientos cuarenta y seis mil doscientos setenta guión dos, redujeron a Escritura Pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de ERGOTEC MUEBLES S.A de fecha 20 de Junio de 2023, Repertorio N° 9840-2023 sociedad inscrita a fojas 39315 número 29856 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2003. La Junta mencionada fue realizada con presencia de la Notario doña PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, y con la concurrencia de la totalidad de los accionistas, esto es, don JAIME UGARTE ESPINOZA, doña PABLA ANDREA UGARTE JIMÉNEZ y don MARCELO EUGENIO UGARTE JIMÉNEZ, ya individualizados. Se acordó por la unanimidad de los accionistas lo siguiente: Transformar ERGOTEC MUEBLES S.A a una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: “ERGOTEC MUEBLES SpA”, pudiendo usar también, para todos los fines, el nombre de fantasía “ERGOTEC SpA”, cuyo uso la obligará para todos los efectos legales, incluso bancarios, comerciales y tributarios.; Objeto: El objeto y giro de la sociedad será: a) compra, venta, arrendamiento, fabricación, reparación, construcción, remodelación, reestructuración y administración de toda clase de bienes sean muebles e inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; b) importación y exportación, distribución y representación de toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales; c) la realización de todo tipo de inversiones, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como bonos, debentures, y acciones especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricción de ninguna especie; d) la prestación de todo tipo de servicios a terceros por asesorías en diseño y manufactura, administrativas, financieras, contables, tributarias, legales, etc.; e) realizar toda clase de actos civiles y de comercio relacionados directa o indirectamente con los Fines anteriores; Capital: El capital social es la cantidad de 30.326.141 pesos, dividido en 30.020 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se encuentra suscrito y ha sido pagado por los comparecientes de la siguiente forma: a) don JAIME UGARTE ESPINOZA suscribe en este acto la cantidad de 27.018 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha conforme a los aportes efectuados a la sociedad mientras giraba como Sociedad Anónima. b) doña PABLA ANDREA UGARTE JIMENEZ suscribe en este acto 1501 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha conforme a los aportes efectuados a la sociedad mientras giraba como Sociedad Anónima. c) don MARCELO EUGENIO UGARTE JIMÉNEZ suscribe en este acto 1501 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha conforme a los aportes efectuados a la sociedad mientras giraba como Sociedad Anónima.. Administración: La sociedad será administrada por un administrador, en adelante el “Administrador”, quien podrá ser una o varias personas naturales y/o jurídicas, y no necesitará ser accionista de la Sociedad. El Administrador deberá ser designado, y podrá ser revocado, alternativamente (i) mediante Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, o (ii) por escritura pública otorgada por la totalidad de los accionistas como acuerdo sin forma de junta; salvo por la designación de Administrador que se hace en este mismo acto en el Artículo Segundo transitorio de estos estatutos que se entenderá válida para todos los efectos legales que correspondan. De la designación del Administrador se deberá tomar nota al margen de la inscripción en el Registro de Comercio respectivo del extracto de la escritura pública de constitución de la Sociedad, salvo de la designación de Administrador que se realiza en el Artículo Segundo transitorio de estos estatutos la que no requerirá de la inscripción señalada para surtir plenos efectos. En caso de recaer la designación de Administrador en una persona jurídica, el Administrador deberá actuar a través de uno o más apoderados, gerentes o representantes, y la forma de actuación (esto es, si en forma separada e indistinta o conjunta o con cualquier tipo de limitación) deberá estar establecida en el mismo instrumento de designación. De recaer la designación en una persona natural, el Administrador podrá actuar personalmente o a través de uno o más apoderados o gerentes y la forma de actuación (esto es, si en forma separada e indistinta o conjunta o con cualquier tipo de limitación) deberá estar establecida en el mismo instrumento de designación. En ambos casos, los apoderados, gerentes o representantes deberán ser designados mediante /a/ escritura pública, o /b/ instrumento público otorgado en el extranjero en conformidad a la legislación de la jurisdicción respectiva, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda. Duración: La duración de la sociedad es indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Domicilio: El domicilio de la sociedad es aquel sobre el que tiene competencia el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales, oficinas o establecimientos, en el resto del país o en el extranjero Santiago, 30 de junio de 2023.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES ERGOTEC SpA
CVE 2776776
- MODIFICACIÓN
ERGOTEC MUEBLES SpA
CVE 2570127
- MODIFICACIÓN
ERGOTEC MUEBLES S.A.
CVE 2341231
