Limited liability company88.860.900-8

Sociedad Agrícola El Prado Limitada

MODIFICACIÓN — Mar 11, 2024

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2024-03-11View PDF (CVE 2465160)

Corporate information

Ltda

Capital

Total capital

$4.100.000

Paid-in capital

$4.100.000

Shareholders (10)

NameParticipation

Maria Claudia Herrera Espinoza

Socio

10%

Alberto Arturo Herrera Espinoza

Socio

5%

Claudio Victor Senén Herrera Espinoza

Socio

10%

Silvia del Carmen Espinoza Elgueta

Socio

10%

Alberto Atilio Herrera Casale

Socio

30%

Marcela Patricia Villalobos Parrao

Socio

5%

Claudio Victor Herrera Villalobos

Socio

10%

Raimundo Federico Herrera Villalobos

Socio

5%

José Domingo Herrera Villalobos

Socio

5%

Paula Marcela Herrera Espinoza

Socio

10%

Corporate history on record

  1. Incorporation· April 23, 1982

    Constitución original de Sociedad Agricola El Prado Limitada.

  2. Transfer of rights· February 27, 2024

    Alberto Atilio Herrera Casale cede el 10% de sus derechos sociales a Paula Marcela Herrera Espinoza.

    Alberto Atilio Herrera Casale · Paula Marcela Herrera Espinoza

  3. Transfer of rights· February 27, 2024

    Alberto Arturo Herrera Espinoza cede el 5% de sus derechos sociales a Claudio Victor Herrera Villalobos.

    Alberto Arturo Herrera Espinoza · Claudio Victor Herrera Villalobos

Official extract text

En Teno, República de Chile, a 27 de Febrero de 2024, MONICA QUIROZ TRUJILLO, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Curicó, con oficio en Avenida Comalle N°101, de la comuna de Teno, certifica: Por escritura pública de 27 de febrero de 2024, Repertorio 149/2024, ante mí, PAULA MARCELA HERRERA ESPINOZA, domiciliada en camino a Sarmiento s, Curicó; MARIA CLAUDIA HERRERA ESPINOZA, domiciliada en camino El Boldo s, Santa Julia, Curicó; ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA, por sí y en representación de ALBERTO ATILIO HERRERA CASALE, ambos domiciliados en calle Carmen N°675, Oficina 25, Curicó; CLAUDIO VICTOR SENEN HERRERA ESPINOZA, domiciliado en calle San Martín N°585, Curicó, por sí y en representación de MARCELA PATRICIA VILLALOBOS PARRAO, de RAIMUNDO FEDERICO HERRERA VILLALOBOS, y de JOSE DOMINGO HERRERA VILLALOBOS, todos domiciliados en calle San Martín N°585, Curicó; CLAUDIO VICTOR HERRERA VILLALOBOS, domiciliado en calle San Martin N°585, Curicó; SILVIA DEL CARMEN ESPINOZA ELGUETA, con domicilio en camino El Boldo s , Santa Julia, Curicó; modifican “SOCIEDAD AGRICOLA EL PRADO LIMITADA”, constituida por escritura pública de 23 de abril de 1982, ante el Notario Público de Curicó don Carlos Eva Tapia Suplente del Titular, don Rubén Bravo Valenzuela, extracto inscrito a Fs. 86 Nº 47-bis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, año 1982, y publicado en el Diario Oficial del 8 de mayo de 1982, en el siguiente sentido: a) Alberto Atilio Herrera Casale, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales, equivalentes a un 10% del haber social,a doña Paula Marcela Herrera Espinoza, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de 4.420 UF, pagadera de la forma citada en escritura. b) Alberto Arturo Herrera Espinoza, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales, equivalentes a un 5% del haber social, a don Claudio Victor Herrera Villalobos quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de 2.210 UF, pagadera de la forma citada en escritura. En mérito de las cesiones referidas quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad: Maria Claudia Herrera Espinoza, con una participación de un 10%; Alberto Arturo Herrera Espinoza, con una participación de un 5%; Claudio Victor Senén Herrera Espinoza, con una participación de un 10%; Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, con una participación de un 10%; Alberto Atilio Herrera Casale, con una participación de un 30%; Marcela Patricia Villalobos Parrao, con una participación de un 5%; Claudio Victor Herrera Villalobos, con una participación de un 10%; Raimundo Federico Herrera Villalobos, con una participación de un 5%; José Domingo Herrera Villalobos, con una participación de un 5%; y Paula Marcela Herrera Espinoza, con una participación de un 10%; en el capital social e igual proporción en las utilidades y pérdidas de la misma. c) Asimismo, los únicos y actuales socios modifican el artículo octavo de los estatutos, relativo a las utilidades y pérdidas. El capital social asciende actualmente a la suma de $4.100.000, aportado y enterado según estatuto social. La sociedad opera con el RUT Nº 88.860.900-8.- En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Curicó, 27 de febrero de 2024.

AmendmentDiario Oficial · 2024-01-08View PDF (CVE 2433933)

Corporate information

Ltda
avenida Comalle numero ciento uno
Administration: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA y a don CLAUDIO VICTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA, actuando individual e indistintamente

Capital

Total capital

$4.100.00

Paid-in capital

$4.100.00

Shareholders (9)

NameParticipation

MARÍA CLAUDIA HERRERA ESPINOZA

Socio

9.xxx.xxx-6

10%

ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA

Socio

8.xxx.xxx-2

10%

CLAUDIO VÍCTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA

Socio

8.xxx.xxx-6

10%

SILVIA DEL CARMEN ESPINOZA ELGUETA

Socio

4.xxx.xxx-k

10%

ALBERTO ATILIO HERRERA CASALE

Socio

18.xxx.xxx-5

40%

MARCELA PATRICIA VILLALOBOS PARRAO

Socio

10.xxx.xxx-9

5%

CLAUDIO VICTOR HERRERA VILLALOBOS

Socio

18.xxx.xxx-3

5%

RAIMUNDO FEDERICO HERRERA VILLALOBOS

Socio

19.xxx.xxx-2

5%

JOSE DOMINGO HERRERA VILLALOBOS

Socio

21.xxx.xxx-k

5%

Administrators (2)

ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA

8.xxx.xxx-2Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· April 23, 1982

    Constitución original de Sociedad Agrícola El Prado Limitada.

  2. Transfer of rights

    Norman Merchak Apsé cede porcentajes de sus derechos sociales a Alberto Atilio Herrera Casale, Claudio Victor Senén Herrera Espinoza, Marcela Patricia Villalobos Parrao, Claudio Victor Herrera Villalobos, Raimundo Federico Herrera Villalobos y Jose Domingo Herrera Villalobos.

    NORMAN MERCHAK APSÉ · ALBERTO ATILIO HERRERA CASALE · CLAUDIO VICTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA · MARCELA PATRICIA VILLALOBOS PARRAO · CLAUDIO VICTOR HERRERA VILLALOBOS · RAIMUNDO FEDERICO HERRERA VILLALOBOS · JOSE DOMINGO HERRERA VILLALOBOS

  3. Transfer of rights

    Silvia del Carmen Espinoza Elgueta cede porcentajes de sus derechos sociales a María Claudia Herrera Espinoza, Alberto Arturo Herrera Espinoza, Claudio Victor Senén Herrera Espinoza y Alberto Atilio Herrera Casale.

    SILVIA DEL CARMEN ESPINOZA ELGUETA · MARÍA CLAUDIA HERRERA ESPINOZA · ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA · CLAUDIO VICTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA · ALBERTO ATILIO HERRERA CASALE

Official extract text

En la comuna de Teno, República de Chile, a 15 de diciembre de 2023, ante la notario público Monica Quiroz Trujillo, notario público titular de la quinta Notaria de Curicó con asiento en la comuna de Teno, con oficio en avenida Comalle numero ciento uno, comuna de Teno, Región del Maule, Certifica: Por escritura pública de hoy, otorgada ante mí, don NORMAN MERCHAK APSÉ también conocido como MARIO NORMAN MERCHAK APSE, cédula de identidad número 3.357.277-8, con domicilio en calle Aliro Barahona N°410, de la comuna de Curicó; doña MARÍA CLAUDIA HERRERA ESPINOZA, cédula de identidad número 9.097.682-6, con domicilio en Camino el Boldo, S/N, Santa Julia, de la comuna de Curicó; don ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA, cédula de identidad número 8.573.160-2, domiciliado en calle Carmen N°675, oficina veinticinco, de la comuna de Curicó, don CLAUDIO VÍCTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA, cédula de identidad número 8.724.074-6 domiciliado en calle San Martín N°585, de la comuna de Curicó; doña MARCELA PATRICIA VILLALOBOS PARRAO, cédula de identidad número 10.395.710-9, domiciliada en calle San Martín N°585, de la comuna de Curicó; don RAIMUNDO FEDERICO HERRERA VILLALOBOS, cédula de identidad número 19.322.904-2, con domicilio en calle San Martín N°585, de la comuna de Curicó; Don CLAUDIO VICTOR HERRERA VILLALOBOS, cédula de identidad número 18.467.286-3, con domicilio en Lote B San Francisco Comalle, de la comuna de Teno; don JOSÉ DOMINGO HERRERA VILLALOBOS cédula de identidad número 21.698.210-K, domiciliado en calle San Martín N°585, de la comuna de Curicó; doña SILVIA DEL CARMEN ESPINOZA ELGUETA cédula de identidad número 4.458.722-k, domiciliada en Camino el Boldo, S/N, Santa Julia, de la comuna de Curicó; y don ALBERTO ATILIO HERRERA CASALE, cédula de identidad número 18.955.474-5, domiciliado en calle Carmen N°675 oficina veinticinco, de la comuna de Curicó, los comparecientes vienen en modificar la sociedad de responsabilidad limitada, que gira bajo la razón social de “SOCIEDAD AGRÍCOLA EL PRADO LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 23 de abril de 1982, otorgada ante el Notario Público de Curicó Carlos Eva Tapia, suplente del titular don Rubén Bravo Valenzuela, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 08 de mayo de 1982 y se inscribió a fojas 86 número 47-bis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Curicó del año 1982.- Capital $4.100.00, aportado y enterado según consta en escritura extractada. Cesiones de derechos: 1- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Alberto Atilio Herrera Casale un 25% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 2- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Claudio Victor Senén Herrera Espinoza, un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 3- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a doña Marcela Patricia Villalobos Parrao un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 4- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Claudio Victor Herrera Villalobos, un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para, pagado según escritura extractada; 5- don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Raimundo Federico Herrera Villalobos, un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 6 -don Norman Merchak Apsé también conocido como Mario Norman Merchak Apse, vende, cede y transfiere a don Jose Domingo Herrera Villalobos, un 5% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 7- doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, vende, cede y transfiere a doña Maria Claudia Herrera Espinoza, un 5,83% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 8- doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, vende, cede y transfiere a don Alberto Arturo Herrera Espinoza, un 1,67% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 9- doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, vende, cede y transfiere a don Claudio Victor Senén Herrera Espinoza, un 0,83% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada; 10- doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, vende, cede y transfiere a don Alberto Atilio Herrera Casale, un 15% de sus derechos sociales en la Sociedad Agrícola El Prado Limitada, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagado según escritura extractada. Actuales Socios: A) doña María Claudia Herrera Espinoza con un 10% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; B) don Alberto Arturo Herrera Espinoza, con un 10% en el capital social e igual proporción en las utilidades y pérdidas de la misma; C) don Claudio Víctor Senén Herrera Espinoza, con un 10% en el capital social e igual proporción en las utilidades y pérdidas de la misma; D) doña Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, con un 10% en el capital social e igual proporción en las utilidades y pérdidas de la misma; E) don Alberto Atilio Herrera Casale un 40% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; F) doña Marcela Patricia Villalobos Parrao en un 5% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; F) don Claudio Victor Herrera Villalobos, en un 5% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; G) don Raimundo Federico Herrera Villalobos, en un 5% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma; H) don Jose Domingo Herrera Villalobos, en un 5% en el capital social e igual proporción en las utilidades y perdidas de la misma. Administración: La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá a don ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA, y a don CLAUDIO VICTOR SENÉN HERRERA ESPINOZA quienes actuando individual e indistintamente, la administrarán y para obligarla, deberán anteponer a su firma la razón social. Las utilidades o eventuales perdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivos porcentajes. Constancia: Los socios dejan expresa constancia que en todo lo no modificado, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social contenidas en las escrituras públicas antes referidas. Rol Único Tributario número 88.860.900-8.- Teno, 15 de Diciembre de 2023.-

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD AGRICOLA EL PRADO LIMITADA

    CVE 2465160

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD AGRÍCOLA EL PRADO LIMITADA

    CVE 2433933

Corporate relationships

CompanyPersonDiario OficialFormer relationship (ended)