Sociedad Agrícola Y Ganadera La Unión Limitada
Registry name: Agrícola y Ganadera La Unión Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La explotación por cuenta propia o ajena de propiedades silvio-agropecuarias desarrollando en ellas cualquiera forma de actividades, agrícolas, ganaderas o forestales; el arrendamiento y explotación, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes inmuebles, destinados a casa habitación, fines comerciales u otros, tales como casas, departamentos, oficinas, estacionamientos, bodegas u otros; y demás negocios o actividades que acuerden los socios y que se relacionen directa o indirectamente con los objetos ya mencionados.
Capital
Total capital
$109.896.540
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Jorge Adolfo Lesser García Huidobro Socio | - | 19.45% | $21.379.308 |
María Olga De Heeckeren Adelsdorfer Socio | - | 0.55% | $600.000 |
Socio | - | 80% | $87.917.232 |
Administrators (2)
Jorge Adolfo Lesser García Huidobro
María Olga De Heeckeren Adelsdorfer
Corporate history on record
- Incorporation· November 3, 1980
Constitución de Agrícola Y Ganadera La Unión Limitada.
- Transfer of rights· September 7, 2022
Jorge Adolfo Lesser García Huidobro aporta el 80% de sus derechos sociales a Ranco SpA.
Official extract text
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2022, Repertorio N° 11.457/2022, ante mí, comparecen: Don Jorge Adolfo Lesser García Huidobro, por si, y en representación de Ranco SpA; y doña María Olga De Heeckeren Adelsdorfer, todos domiciliados para estos efectos en calle Carmencita Nº269, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Don Jorge Adolfo Lesser García Huidobro, y doña María Olga De Heeckeren Adelsdorfer, en su calidad de únicos y actuales socios de Agrícola Y Ganadera La Unión Limitada, Capital $109.896.540 pesos. Sociedad constituida por escritura pública de fecha 3.11.1980, otorgada en la Notaría de Talca de don Juan Bianchi Astaburuaga. Actualmente inscrita a fojas 81.082, Nº 35.470 correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2022, y publicado con fecha 30.09.1989. Acuerdan: I) Dar cuenta que don Jorge Adolfo Lesser García-Huidobro, mediante escritura pública de fecha 07.09.2022, otorgada en la notaría pública de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, aportó parte de los derechos de los que es titular en “Agrícola y Ganadera La Unión Limitada”, correspondientes al 80% de participación en el capital social, a la sociedad “Ranco SpA”, un extracto de la citada escritura fue inscrito a fojas 76.920, Nº33.574 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2022, y publicado en el diario oficial del 24.09.2022. En virtud del citado aporte, la sociedad Ranco SpA, adquirió el 80% de los derechos sociales de Agrícola Y Ganadera La Unión Limitada, de los que era titular don Jorge Lesser García-Huidobro, lo que es aceptado por restantes socios. Como consecuencia de lo indicado, socios acuerdan introducir al pacto social las siguientes modificaciones: A) Dejar constancia que la sociedad “Agrícola Y Ganadera La Unión Limitada” se encuentra constituida en forma exclusiva por don Jorge Adolfo Lesser García-Huidobro, doña María Olga De Heeckeren Adelsdorfer, y Ranco SpA; B) Modificar la cláusula CUARTA del pacto social relativa al objeto social, dejándola sin efecto e introduciendo la siguiente nueva: “CUARTO: La sociedad tendrá por objeto: i) La explotación por cuenta propia o ajena de propiedades silvio-agropecuarias desarrollando en ellas cualquiera forma de actividades, agrícolas, ganaderas o forestales; ii) El arrendamiento y explotación, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes inmuebles, destinados a casa habitación, fines comerciales u otros, tales como casas, departamentos, oficinas, estacionamientos, bodegas u otros; y, iii) demás negocios o actividades que acuerden los socios y que se relacionen directa o indirectamente con los objetos ya mencionados”. C) Modificar la cláusula SEXTA del pacto social relativa al capital, dejándola sin efecto e introduciendo la siguiente nueva: “SEXTO. CAPITAL: El Capital de la Sociedad es la suma de $109.896.540, que los socios han aportado y enterado en la siguiente forma: Uno) don Jorge Adolfo Lesser García-Huidobro, ha aportado la suma de $21.379.308, equivalentes al 19,45% del Capital Social; Dos) doña María Olga De Heeckeren Adelsdorfer, ha aportado, la suma de $600.000, equivalentes al 0,55% del Capital Social; y, Tres) RANCO SpA, ha aportado, la suma de $87.917.232, equivalentes al 80% del capital social. Los aportes se encuentran enterados en dinero efectivo en la caja Social.”; D) Modificar la cláusula QUINTA del pacto social relativa a la administración, en el sentido que corresponderá a don Jorge Adolfo Lesser García-Huidobro y/o a doña María Olga De Heeckeren Adelsdorfer, quienes, actuando separada e indistintamente, la representaran con las más amplias facultades según escritura extractada. En todo lo no modificado continúan plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social, en todo aquello que sea compatible con las modificaciones efectuadas. Santiago, 5 de diciembre de 2022.-
Corporate information
Capital
Total capital
109.896.540
Corporate history on record
- Incorporation· November 3, 1980
Constitución de AGRÍCOLA Y GANADERA LA UNION LIMITADA.
- Other act· August 18, 1989
Se modifica el domicilio de la sociedad desde Constitución a Santiago.
- Other act· December 14, 2000
Se realiza una modificación societaria cuya inscripción debió practicarse en el conservador competente.
- Other act· October 22, 2014
Se realiza una modificación societaria cuya inscripción debió practicarse en el conservador competente.
Official extract text
JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luís Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Por Escritura Pública de fecha 11/11/2022, Repertorio 17410/2022, ante mí, Don JORGE LESSER GARCÍA HUIDOBRO; doña MARÍA OLGA DE HEECKEREN ADELSDORFER, ambos domiciliados para estos efectos en calle Carmencita Nº269, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don JOSÉ MANUEL CONTRERAS ALBORNOZ, domiciliado en calle Barros Arana Nº1.098, oficina 802, Edificio Torre del Centro, Concepción, de paso por esta ciudad; don GERALD EDGAR WELLS HONEYMAN, domiciliado en calle Las Rosas Nº1557, casa 221, Huerto Familiar, San Pedro, Concepción, de paso por esta ciudad; vienen en sanear la falta de inscripción oportuna en el Conservador competente, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Ley número 19.499, de las modificaciones realizadas a la sociedad AGRÍCOLA Y GANADERA LA UNION LIMITADA, RUT: 87.613.000-9, Capital: 109.896.540 sociedad constituida por escritura pública de fecha 03.11.1980, otorgada ante el notario de Talca don Juan Bianchi Astaburuaga, actualmente inscrita a fojas 81.082 nº 35.470, del registro de Comercio del año 2022, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.– La sociedad, ha sido objeto de las siguientes modificaciones: 1.- Escritura pública de fecha 18.08.1989, otorgada ante el notario de Santiago don Mario Farren Cornejo, domiciliado en Avenida 11 de septiembre Nº2.655, esquina de Avenida Providencia, repertorio 2344. Un extracto de la citada escritura fue inscrita a fojas 22, Nº 28 del Registro de Comercio del año 1989, en el Conservador de Bienes Raíces de Constitución. En la señalada escritura se modificó el domicilio de la sociedad, desde la ciudad de Constitución, a la ciudad de Santiago. Dicha modificación, fue debidamente inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de bienes Raíces de Constitución, y publicada en el diario oficial de fecha 30.09.1989. Sin embargo, la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al nuevo conservador competente, se realizó recién con fecha 4 de octubre del año 2022, a Fojas 81.082, número 35.470 del Registro de Comercio del citado Conservador, del año 2022, quedando por tanto, dicha inscripción fuera del plazo legal. 2.- Escritura pública de fecha 14.12.2000, otorgada ante el notario de Santiago don Aliro Veloso Muñoz, domiciliado en calle Teatinos 333, entrepiso, repertorio nº 10.733, inscrita erróneamente a fojas 3 vuelta número 3 del registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Constitución del año 2001, por no ser el Conservador competente, y publicada en el diario oficial de fecha 29.01.2001. Realizándose, la debida inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al conservador competente, recién con fecha 6 de octubre del año 2022, a Fojas 82.182, número 35.982 del Registro de Comercio del citado Conservador, del año 2022, quedando por tanto, dicha inscripción fuera del plazo legal. 3.- Escritura Pública de fecha 22.10.2014, otorgada ante el notario de Santiago doña Nancy de la Fuente Hernández, domiciliado en calle Huérfanos nº 1.117, oficina 1014, repertorio Nº11828-2014, y erróneamente inscrita a fojas 136 vuelta, Nº 114 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Constitución, del año 2014, por no ser el Conservador competente, y publicada en el diario oficial de fecha 06.11.2014. Realizándose, la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al conservador competente, recién con fecha 07 de octubre del año dos mil veintidós, a Fojas 82.472, número 36140 del Registro de Comercio del citado Conservador, del año 2022, quedando, por tanto, dicha inscripción fuera del plazo legal. Los comparecientes, de acuerdo a lo antes expuesto, por medio del presente instrumento, vienen en sanear la falta de inscripción oportuna en el Conservador competente, de las modificaciones ya citadas, por lo que, en virtud de la Ley Nº 19.499, sanean los Vicios Formales de Inscripción Tardía. En todo lo no saneado permanecen vigentes las escrituras que por medio del presente instrumento se sanean. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. pam.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Agrícola y Ganadera La Unión Limitada
CVE 2231829
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA Y GANADERA LA UNION LIMITADA
CVE 2217501
