Corporation81.670.000-0

Clínica Oriente S.a.

MODIFICACIÓN — Dec 28, 2016

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2016-12-28View PDF (CVE 1158100)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: 10 años, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a ambos socios, con amplias facultades

Corporate purpose

La instalación y funcionamiento de una clínica para la atención y tratamiento de enfermos mentales, o con desordenes de la personalidad, trastornos síquicos, o de cualquier otra enfermedad relacionada con la siquiatría y sicología.

Capital

Total capital

$83.725.000

Paid-in capital

$83.725.000

Pending capital

$0

Shareholders (2)

NameParticipation

GUILLERMO ARTURO CAMUS ALBORNOZ

Socio

6.xxx.xxx-8

50.0005972%

NANCY DE LAS MERCEDES MATAMALA OYANEDEL

Socio

8.xxx.xxx-7

49.9994028%

Administrators (2)

GUILLERMO ARTURO CAMUS ALBORNOZ

6.xxx.xxx-8Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 1, 1951

    CLÍNICA ORIENTE S.A. figura inscrita en el Registro de Comercio.

  2. Transformation· December 21, 2016

    La sociedad CLÍNICA ORIENTE S.A. se transforma en una sociedad de responsabilidad limitada.

    GUILLERMO ARTURO CAMUS ALBORNOZ · NANCY DE LAS MERCEDES MATAMALA OYANEDEL

Official extract text

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifico: Con esta fe cha, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de “ CLÍNICA ORIENTE S.A. ”, celebrada con fecha 21 de diciembre de 2016, los accionistas GUILLERMO ARTURO CAMUS ALBORNOZ, CNI. N° 6.694.060- 8 y NANCY DE LAS MERCEDES MATAMALA OYANEDEL, CNI. N° 8.572.708-7 , por unanimidad de acciones con derecho a voto, acordaron transformar la sociedad, inscrita a fojas 1322 número 797 del Registro de Comercio correspondiente al año 1951, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, bajo el siguiente estatuto: Socios: GUILLERMO ARTURO CAMUS ALBORNOZ y NANCY DE LAS MERCEDES MATAMALA OYANEDEL, ambos domiciliados para estos efectos en calle Hendaya número 27, oficina 101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; Razón Social: “CLÍNICA ORIENTE LIMITADA”; Objeto: La sociedad tendrá por objeto la instalación y funcionamiento de una clínica para la atención y tratamiento de enfermos mentales, o con desordenes de la personalidad, trastornos síquicos, o de cualquier otra enfermedad relacionada con la siquiatría y sicología. Capital: El capital social asciende a la suma de $83.725.000.-, que los socios aportan, pagan y pagarán de la siguiente forma: a) don GUILLERMO ARTURO CAMUS ALBORNOZ aporta la suma de $41.863.000.-, que representan el cincuenta coma cero cero cero cinco nueve siete dos por ciento de los derechos sociales, mediante el aporte en dominio que ha hecho a la sociedad de responsabilidad limitada que aquí se forma de las cuarenta y un mil ochocientas sesenta y tres acciones que le pertenecen en la sociedad CLÍNICA ORIENTE S.A., avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de cuarenta y un millones ochocientos sesenta y tres mil pesos, y; b) NANCY DE LAS MERCEDES MATAMALA OYANEDEL aporta la suma de $41.862.000.-, que representan el cuarenta y nueve coma nueve nueve nueve cuatro cero dos ocho por ciento de los derechos sociales, mediante el aporte en dominio que ha hecho a la sociedad de responsabilidad limitada que aquí se forma de las cuarenta y un mil ochocientas sesenta y dos acciones que le pertenecen en la sociedad CLÍNICA ORIENTE S.A., avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de cuarenta y un millones ochocientos sesenta y dos mil pesos. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado; Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero; Duración: La duración de la sociedad será de 10 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con al menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período; Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Guillermo Arturo Camus Albornoz y a doña Nancy de las Mercedes Matamala Oyanedel, con amplias facultades en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2016. Félix Jara Cadot. N.P.T.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    CLÍNICA ORIENTE S.A.

    CVE 1158100

Corporate relationships

CompanyPersonDiario Oficial