Stock company by shares79.827.250-0

Comercial Sporting Brands SpA

MODIFICACIÓN — May 2, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-05-02View PDF (CVE 2804817)

Corporate information

SpA
Cristal de Rocas diez mil seiscientos uno

Capital

Total capital

$429.999.900

Paid-in capital

$429.999.900

Pending capital

$0

Shares

9,760

Shareholders (4)

NameParticipation

QUARK INVERSIONES SpA

Accionista

7.79%

Fanny Viviana Auad Heresi

Accionista

36.89%

Fanny Susana Espinoza Auad

Accionista

27.66%

Carlos Felipe Espinoza Auad

Accionista

27.66%

Corporate history on record

  1. Capital change· October 13, 2023

    Se rectifica una modificación social previa, corrigiendo el precio de colocación de acciones y el capital social a $515.000.400.

  2. Capital change· March 6, 2026

    Se disminuye el capital social a $429.999.900, se ajusta el número y serie de acciones, y se da por íntegramente suscrito y pagado.

    QUARK INVERSIONES SpA · Fanny Viviana Auad Heresi · Fanny Susana Espinoza Auad · Carlos Felipe Espinoza Auad

Official extract text

Ministerio del Interior PABLO MARTINEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de marzo de 2026, ante mi Suplente Gonzalo Prieto Magnolfi, Repertorio número 20.502- 2026, comparecieron: Fanny Viviana Auad Heresi, Fanny Susana Espinoza Auad y don Carlos Felipe Espinoza Auad, todos domiciliados para estos efectos en calle General del Canto número 467, comuna de Providencia, Santiago y la sociedad QUARK INVERSIONES SpA, domiciliada en Cristal de Rocas diez mil seiscientos uno, comuna de Colina, Región Metropolitana, quienes en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad COMERCIAL SPORTING BRANDS SpA, conforme señala el registro de accionistas que se tuvo a la vista por el notario que autoriza, en adelante la Sociedad, Rol Único Tributario número 79.827.250-0, debidamente inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 18.826 número 10.025 del ano 1988, acordaron por unanimidad, sin forma de junta, lo siguiente: 1) Acuerdo de rectificación: Se dejo constancia y rectifico un error involuntario de la escritura pública de modificación social de fecha 13 de octubre de 2023, repertorio 2028-2023, debidamente otorgada en la notaría de Santiago de don Luis Enrique Tavolari Oliveros, inscrita a fojas 93.550 número 39.830 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023, y publicado en el Diario Oficial el 9 de noviembre de 2023. El error consistió en que el precio de colocación de las novecientas acciones Serie A u ordinarias debió ser $205.556 por acción y no $205.555 por acción, y por tanto el capital social de la Sociedad debió ascender a $515.000.400 y no a $515.000.000. En consecuencia, se acordó reemplazar íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos relativo al Capital por el siguiente texto: “Artículo Quinto: Capital y accionistas. El capital de la Sociedad asciende a la suma de quinientos quince millones cuatrocientos pesos, dividido en: novecientas acciones Serie A u ordinarias, nueve mil acciones Serie B preferente y cien acciones Serie C preferente, todas ellas nominativas y sin valor nominal. Las acciones Serie B preferente tendrán derecho a percibir, preferentemente, hasta tres veces más los dividendos ordinarios que se acuerden hasta llegar a la suma total de las utilidades acumuladas hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós que ascienden a seiscientos treinta y dos millones doscientos setenta y un mil doscientos veinticinco pesos. El plazo de duración de esta preferencia será de diez años o hasta que se distribuyan a título de dividendo preferente la totalidad de las utilidades acumuladas hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós, lo primero que suceda. Las acciones Serie C preferente tendrán derecho a percibir, preferentemente, hasta diez veces más los dividendos ordinarios que se acuerden. El plazo de duración de esta preferencia será el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. Las acciones se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) QUARK INVERSIONES SpA, suscribe y paga cien acciones Serie C Preferente, mediante el aporte de cien millones de pesos, y suscribe en este acto novecientas acciones Serie A u ordinaria, las cuales quedan pendientes de pago, a un precio de colocación de doscientos cinco mil quinientos cincuenta y seis pesos por acción, ambas acciones equivalen conjuntamente al diez por ciento del capital social; b) Fanny Viviana Auad Heresi suscribe y paga tres mil seiscientas acciones Serie B o preferente, mediante el aporte de noventa y dos millones de pesos, equivalente al treinta y seis por ciento del capital social; c) Fanny Susana Espinoza Auad suscribe y paga dos mil setecientas acciones Serie B o preferente, mediante el aporte de sesenta y nueve millones de pesos, equivalente al veintisiete por ciento del capital social; y d) Carlos Felipe Espinoza Auad suscribe y paga dos mil setecientas acciones Serie B o preferente, mediante el aporte de sesenta y nueve millones de pesos, equivalente al veintisiete por ciento del capital social.” 2) Los accionistas de forma unánime y teniendo presente que a la fecha las 900 acciones ordinarias se encuentran suscritas pero no pagadas por el accionista QUARK INVERSIONES SpA, acuerdan un nuevo precio de colocación por dichas acciones ascendente a 151.515 pesos; 3) Se deja constancia que la preferencia de las 100 acciones Serie C preferente tenía fijado un plazo de duración hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco, por lo cual a esta fecha se encuentra expirada dicha preferencia, y por tanto dichas acciones, debidamente suscritas y pagadas con anterioridad por el accionista QUARK INVERSIONES SpA, para todos los efectos legales se deben considerar acciones Serie A u ordinarias; 4) Los accionistas por unanimidad acuerdan disminuir el número de acciones de la Serie B preferente de 9.000 a 7.200 y aumentar el número de acciones Serie A u ordinarias de 900 a 2.560 acciones Serie A u ordinarias; 5) La unanimidad de los accionistas acuerda disminuir el capital social de la suma de $515.000.400 a la suma de $429.999.900, dividido en 2.560 acciones Serie A u ordinarias y 7.200 acciones Serie B preferente, todas ellas nominativas y sin valor nominal, declarando los accionistas que a la fecha el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y 6) Los accionistas de la Sociedad acuerdan reemplazar íntegramente el texto del Artículo Quinto de los estatutos relativo al capital por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital y accionistas. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $429.999.900, dividido en 2.560 acciones Serie A u ordinarias y 7.200 acciones Serie B preferente, todas ellas nominativas y sin valor nominal. Las acciones Serie B preferente tendrán derecho a percibir, preferentemente, hasta tres veces más los dividendos ordinarios que se acuerden hasta llegar a la suma total de las utilidades acumuladas hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós que ascienden a seiscientos treinta y dos millones doscientos setenta y un mil doscientos veinticinco pesos. El plazo de duración de esta preferencia será de diez años o hasta que se distribuyan a título de dividendo preferente la totalidad de las utilidades acumuladas hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós, lo primero que suceda. Las acciones se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) QUARK INVERSIONES SpA, suscribe y paga 760 acciones Serie A u ordinaria, mediante el aporte de $199.999.900, equivalentes al 7,79% del capital social; b) Fanny Viviana Auad Heresi suscribe y paga 2.880 acciones Serie B o preferente y 720 acciones Serie A u ordinaria, mediante el aporte de noventa y dos millones de pesos, equivalente al 36,89% del capital social; c) Fanny Susana Espinoza Auad suscribe y paga 2.160 acciones Serie B o preferente y 540 acciones Serie A u ordinaria, mediante el aporte de sesenta y nueve millones de pesos, equivalente al 27,66% del capital social; y d) Carlos Felipe Espinoza Auad suscribe y paga 2.160 acciones Serie B o preferente y 540 acciones Serie A u ordinaria, mediante el aporte de sesenta y nueve millones de pesos, equivalente al 27,66% del capital social”. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de abril de 2026.

AmendmentDiario Oficial · 2023-11-09View PDF (CVE 2403155)

Corporate information

SpA
calle General del Canto número 467
Administration: Directorio compuesto de tres miembros reelegibles

Capital

Total capital

$515.000.000

Shares

10,000

Shareholders (4)

NameParticipation

Fanny Viviana Auad Heresi

Accionista

36%

Fanny Susana Espinoza Auad

Accionista

27%

Carlos Felipe Espinoza Auad

Accionista

27%

QUARK INVERSIONES SpA

Accionista

10%

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 1, 1988

    Se individualiza la sociedad Comercial Sporting Brands SpA como inscrita en 1988.

    Fanny Viviana Auad Heresi · Fanny Susana Espinoza Auad · Carlos Felipe Espinoza Auad

Official extract text

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle San Sebastián 2727, comuna de Las Condes, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2023, repertorio 2028-2023, ante mí, comparecieron: Fanny Viviana Auad Heresi, Fanny Susana Espinoza Auad y don Carlos Felipe Espinoza Auad, todos domiciliados para estos efectos en calle General del Canto número 467, comuna de Providencia, Santiago, quienes en su calidad de únicos y actuales accionistas de “Comercial Sporting Brands SpA”, en adelante la “Sociedad”, Rol Único Tributario número 79.827.250-0, debidamente inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 18.826 número 10.025 del año 1988. Asimismo, comparece QUARK INVERSIONES SpA. Los comparecientes acordaron aumentar su capital social en doscientos ochenta y cinco millones de pesos, mediante la creación de novecientos acciones serie A u ordinaria y cien acciones serie C preferente, todas las cuales son suscritas en este acto por QUARK INVERSIONES SpA, quién con esta fecha paga la totalidad de las acciones serie C preferente a un millón de pesos por acción, lo cual es expresamente consentido por la totalidad de los Accionistas de la Sociedad, quedando en consecuencia las actuales nueve mil acciones de la Sociedad como Serie B preferente y el capital social en quinientos quince millones de pesos. Asimismo, acuerdan que la Sociedad sea administrada por un Directorio compuesto de tres miembros reelegibles. El Directorio durará un periodo de tres años al final del cual deberá renovarse totalmente. En consecuencia, los comparecientes acuerdan reemplazar íntegramente los artículos quinto y décimo tercero de los estatutos sociales, por los textos que se señalan a continuación: “Artículo Quinto: Capital y acciones. ARTÍCULO QUINTO. El capital de la sociedad es la suma de quinientos quince millones de pesos, dividido en novecientos acciones Serie A u ordinarias, nueve mil acciones Serie B preferente y cien acciones Serie C preferente, totas ellas nominativas y sin valor nominal. Las acciones Serie B preferente tendrán derecho a percibir, preferentemente, hasta tres veces más los dividendos ordinarios que se acuerden hasta llegar a la suma total de las utilidades acumuladas hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós que ascienden a seiscientos treinta y dos millones doscientos setenta y un mil doscientos veinticinco pesos. El plazo de duración de esta preferencia será de diez años o hasta que se distribuyan a título de dividendo preferente la totalidad de las utilidades acumuladas hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós, lo primero que suceda. Las acciones Serie C preferente tendrán derecho a percibir, preferentemente, hasta diez veces más los dividendos ordinarios que se acuerden. El plazo de duración de esta preferencia será el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. Las acciones se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) QUARK INVERSIONES SpA, suscribe y paga cien acciones Serie C Preferente, mediante el aporte de cien millones de pesos, y suscribe en este acto novecientos acciones Serie A u ordinaria las cuales quedan pendientes de pago, a un precio de colocación de doscientos cinco mil quinientos cincuenta y cinco pesos por acción, ambas acciones equivalen conjuntamente al diez por ciento del capital social; b) Fanny Viviana Auad Heresi suscribe y paga tres mil seiscientos acciones Serie B o preferente, mediante el aporte de noventa y dos millones de pesos, equivalente al treinta y seis por ciento del capital social; c) Fanny Susana Espinoza Auad suscribe y paga de dos mil setecientos acciones Serie B o preferente mediante el aporte de sesenta y nueve millones de pesos, equivalente veintisiete por ciento del capital social y, d) Carlos Felipe Espinoza Auad suscribe y paga dos mil setecientos acciones Serie B o preferente mediante el aporte de sesenta y nueve millones de pesos, equivalente al veintisiete por ciento del capital social. “TÍTULO TERCERO. Administración de la Sociedad. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Sin perjuicio de las materias que correspondan a la Junta de Accionistas o a la totalidad de los accionistas actuando conjuntamente, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un Directorio compuesto de tres miembros reelegibles. El Directorio durará un periodo de tres años al final del cual deberá renovarse totalmente. En caso de vacancia del cargo de uno o más directores, deberá procederse a la renovación total del Directorio en la próxima Junta Ordinaria de Accionistas que deba celebrar la sociedad y, en el intertanto, el Directorio podrá nombrarles reemplazantes. Los directores no serán remunerados por el ejercicio de sus funciones. El Directorio representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente e terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que estos estatutos o la Ley de Sociedades Anónimas, para tales sociedades, no establezcan como privativas de la junta de accionistas o de la totalidad de los accionistas actuando conjuntamente, sin perjuicio de las facultades que el Directorio otorgue a los gerentes, según se indica a continuación. Existirá un Presidente del Directorio que será designado de entre sus miembros en la primera sesión que éste celebre después que la Junta Ordinaria de Accionistas haya efectuado su elección. Serán funciones del Presidente presidir las sesiones de Directorio y las Juntas de Accionistas, dirigir los debates, citar a Sesión Extraordinaria de Directorio y decidir la votación en caso de empate. Las sesiones de Directorio serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras se celebrarán una vez al mes en las fechas y horas predeterminadas por el propio Directorio y no requerirán de citación especial. Las segundas se celebrarán cuando las cite especialmente el Presidente por sí o a indicación de uno o de los dos restantes directores, previa calificación que el Presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por los otros dos directores, caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa. La sociedad tendrá uno o más gerentes designados por el Directorio, el cual les fijará sus atribuciones y deberes, pudiendo sustituirlos a su arbitrio. El Directorio podrá delegar parte de sus facultades en los gerentes, sub- gerentes o abogados de la sociedad, en un director o en una comisión de directores y, para objetos especialmente determinados, en otras personas mediante escritura pública. Demás cláusulas en escritura extractada, 25 de octubre de 2023.

AmendmentDiario Oficial · 2023-07-05View PDF (CVE 2339244)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: Indefinida
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Fanny Susana Espinoza Auad y a Carlos Felipe Espinoza Auad, quienes podrán actuar indistinta y separadamente para actos o asuntos cuyo monto no exceda 1.400 UF y conjuntamente para actos o asuntos que excedan dicho monto.

Corporate purpose

La importación, exportación, comercialización, fabricación de artículos deportivos y similares y su distribución en Chile o en el extranjero, y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se relaciones con el giro principal.

Capital

Total capital

$230.000.000

Paid-in capital

$230.000.000

Pending capital

$0

Shares

9,000

Shareholders (3)

NameParticipation

Fanny Viviana Auad Heresi

Accionista

40%

Fanny Susana Espinoza Auad

Accionista

30%

Carlos Felipe Espinoza Auad

Accionista

30%

Administrators (2)

Fanny Susana Espinoza Auad

Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· January 1, 1988

    Se deja constancia de la inscripción de Comercial Sporting Brands Limitada en el Registro de Comercio de Santiago.

  2. Transformation· June 28, 2023

    Los socios de Comercial Sporting Brands Limitada la transforman en una sociedad por acciones, pasando a denominarse Comercial Sporting Brands SpA y aumentando el capital a $230.000.000.

    Fanny Viviana Auad Heresi · Fanny Susana Espinoza Auad · Carlos Felipe Espinoza Auad

Official extract text

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle San Sebastián 2727, comuna de Las Condes, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 28 de junio de 2023, Repertorio N° 1308-2023 ante mí, comparecieron: Fanny Viviana Auad Heresi, Fanny Susana Espinoza Auad, y don Carlos Felipe Espinoza Auad, todos domiciliados para estos efectos en calle General del Canto número 467, comuna de Providencia, Santiago, quienes en su calidad de únicos y actuales socios de “Comercial Sporting Brands Limitada”, en adelante la “Sociedad”, Rol Único Tributario número 79.827.250-0, debidamente inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 18.826 número 10.025 del año 1988, quienes acordaron aumentar el capital social de la suma de 39.956.685 pesos a la suma de 230.000.000 pesos para efectos de reflejar la revalorización del capital propio al 31 de diciembre de 2022, por la suma de 190.043.315 pesos. En consecuencia, el capital estatutario de la Sociedad aumentará de 39.956.685 pesos a la suma de 230.000.000 pesos, encontrándose dicho aumento pagado por los socios con cargo a la cuenta de revalorización del capital propio en las proporciones que corresponde. Conforme a lo anterior, los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acuerdan reemplazar íntegramente el artículo quinto del estatuto social, estableciéndolo como sigue: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de 230.000.000 pesos, totalmente enterado en dinero en efectivo en la caja social y que corresponde a los socios como sigue: a) Fanny Viviana Auad Heresi ha aportado la suma de 92.000.000 pesos, equivalente al cuarenta por ciento del capital social; Fanny Susana Espinoza Auad ha aportado la suma de 69.000.000 de pesos, equivalente al treinta por ciento del capital social y don Carlos Felipe Espinoza Auad ha aportado la suma de pesos, 69.000.000 equivalente al treinta por ciento del capital social.” A continuación, los únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar la naturaleza jurídica de la misma, transformándola en una sociedad por acciones. En virtud de la transformación convenida por los comparecientes, la sociedad cambia su razón social a Comercial Sporting Brands SpA, y continuará siendo titular del activo, pasivo y patrimonio de la sociedad de responsabilidad limitada denominada Comercial Sporting Brands Limitada. La sociedad por acciones se regirá por los estatutos que se dictan a continuación, los que pasan a sustituir en todas sus partes el texto del pacto social original de la sociedad de responsabilidad limitada y cuyo texto acordado por los accionistas es el siguiente: Accionistas: doña Fanny Viviana Auad Heresi, doña Fanny Susana Espinoza Auad y don Carlos Felipe Espinoza Auad; Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “COMERCIAL SPORTING BRANDS SpA”, en adelante, la “Sociedad”. La Sociedad podrá actuar ante cualquier persona o institución, pública o privada, incluso ante bancos e instituciones financieras y el Servicio de Impuestos Internos bajo el nombre o denominación de fantasía de “Sporting Brands SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer oficinas, agencias, establecimientos o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero. Vigencia: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la importación, exportación, comercialización, fabricación de artículos deportivos y similares y su distribución en Chile o en el extranjero, y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que se relaciones con el giro principal. Capital y acciones. El capital de la sociedad es la suma de 230.000.000 millones de pesos, dividido en 9.000 acciones ordinarias, de una única serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Fanny 2 Viviana Auad Heresi es titular de 3.600 acciones mediante el aporte de 92.000.000 pesos, equivalente al cuarenta por ciento del capital social; Fanny Susana Espinoza Auad es titular de 2.700 acciones mediante el aporte de 69.000.000 de pesos, equivalente al treinta por ciento del capital social y don Carlos Felipe Espinoza Auad es titular de 2.700 acciones mediante el aporte de 69.000.000 de pesos, equivalente al treinta por ciento del capital social. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración de la Sociedad. Sin perjuicio de las materias que correspondan a la Junta de Accionistas o a la totalidad de los accionistas actuando conjuntamente, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Fanny Susana Espinoza Auad y a don Carlos Felipe Espinoza Auad, quienes podrán actuar indistinta y separadamente para actos o asuntos cuyo monto no exceda 1.400 Unidades de Fomento y conjuntamente para actos o asuntos que excedan dicho monto. La Sociedad podrá contratar con cualquiera de sus accionistas y/o administradores. Demás cláusulas en escritura extractada, 30 de junio de 2023.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIAL SPORTING BRANDS SpA

    CVE 2804817

  2. MODIFICACIÓN

    Comercial Sporting Brands SpA

    CVE 2403155

  3. MODIFICACIÓN

    Comercial Sporting Brands Limitada

    CVE 2339244

Corporate relationships

CompanyPersonDiario Oficial