Transportes Apoquindo Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La explotación de equipos de radio transceptores en automóviles de alquiler, vehículos particulares, propios o de terceros, ambulancias, vehículos de carga, automóviles y minibuses de transporte colectivos controlados por mesas centrales, transporte privado de pasajeros y personal de empresas, públicas y/o privadas, tours de turismos urbano e interurbano, nacional o internacional y todas las actividades anexas y relacionadas con el turismo y traslado de personas por vía terrestre, fluvial, marítima, aérea, y demás negocios similares o no que los socios acuerden; y, la adquisición de vehículos motorizados eléctricos, híbridos o tecnológicos de parte de terceros proveedores y/o fabricantes con la finalidad de celebrar contratos de leasing financiero con terceras personas jurídicas y/o naturales, mediante los cuales la Sociedad cede el uso de dichos bienes muebles por un plazo estipulado, y otorga una primera opción de compra de estos últimos, a cambio de una contraprestación dineraria determinada y de carácter periódica.
Capital
Total capital
$5.046.000
Shareholders (11)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 14.4022% | $726.735 |
Mercedes Esperanza Castro Ruiz Socio | - | 14.4022% | $726.735 |
Socio | - | 14.3912% | $726.180 |
Socio | - | 11.3609% | $573.271 |
Socio | - | 4.3645% | $220.233 |
Socio | - | 1.09% | $55.001 |
Andrea Alejandra Castro Parada Socio | - | 20% | $1.009.200 |
Socio | - | 20% | $1.009.200 |
Lucía Alejandra Schwember Neira Socio | - | 4.797066667% | $242.060 |
Enrique Ignacio Schwember Neira Socio | - | 4.797066667% | $242.060 |
Andrés Ricardo Schwember Neira Socio | - | 4.797066667% | $242.060 |
Corporate history on record
- Death
Fallecimiento de la socia María Nella De Las Mercedes
- Succession
Ingreso de Mercedes Esperanza Castro Ruiz como heredera abintestato de María Nella De Las Mercedes
Mercedes Esperanza Castro Ruiz · María Nella De Las Mercedes
Official extract text
Ministerio del Interior WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público, titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicada en Calle Amunategui número setenta y tres, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifico que el día 7 de abril de 2026, ante mí, se otorgó escritura pública de Transportes Apoquindo Limitada (“Sociedad”), en la cual sus socios: doña María Isabel Ruiz Pino, doña Mercedes Esperanza Castro Ruiz, don Carlos Aurelio Rojas García, don Arturo González Rubilar, doña Virginia Parada Carrasco, doña Andrea Alejandra Castro Parada, doña Eugenia Paz Castro Parada, por sí y en representación de don Eugenio Mariano Castro Barra, doña Lucía Alejandra Schwember Neira, don Enrique Ignacio Schwember Neira, y don Andrés Ricardo Schwember Neira, todos domiciliados en Francisco Bilbao Nº 7.232, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, dieron cuenta del fallecimiento del socio de la Sociedad, doña María Nella De Las Mercedes; y, acordaron: (i) el ingreso en calidad de socio de la Sociedad de doña Mercedes Esperanza Castro Ruiz, hija y heredero abintestato de la socia fallecida, doña María Nella De Las Mercedes, en virtud de lo dispuesto en los estatutos sociales; y, (ii) modificar el objeto de la Sociedad. Producto de lo anterior, acordaron modificar el actual artículo Segundo del Título Primero de los estatutos sociales, relativo al objeto, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Segundo: La sociedad tiene por objeto a. La explotación de equipos de radio transceptores en automóviles de alquiler, vehículos particulares, propios o de terceros, ambulancias, vehículos de carga, automóviles y minibuses de transporte colectivos controlados por mesas centrales, transporte privado de pasajeros y personal de empresas, públicas y/o privadas, tours de turismos urbano e interurbano, nacional o internacional y todas las actividades anexas y relacionadas con el turismo y traslado de personas por vía terrestre, fluvial, marítima, aérea, y demás negocios similares o no que los socios acuerden; y, b. La adquisición de vehículos motorizados eléctricos, híbridos o tecnológicos de parte de terceros proveedores y/o fabricantes con la finalidad de celebrar contratos de leasing financiero con terceras personas jurídicas y/o naturales, mediante los cuales la Sociedad cede el uso de dichos bienes muebles por un plazo estipulado, y otorga una primera opción de compra de estos últimos, a cambio de una contraprestación dineraria determinada y de carácter periódica.”. Asimismo, acordaron modificar el artículo Quinto del Título Segundo de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones cuarenta y seis mil pesos, el que fue enterado por los socios en la siguiente forma y proporción: a) doña MARÍA ISABEL RUIZ PINO y doña MERCEDES ESPERANZA CASTRO RUIZ, como únicos miembros de la comunidad hereditaria formada por el fallecimiento de doña Clemencia De Las Mercedes Pino Catalán, don Oscar Aurelio Ruiz Bañados y, posteriormente, por el fallecimiento de doña María Nella De Las Mercedes Ruiz Pino, quienes aportaron la cantidad de setecientos veintiséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalente a un catorce coma cuatro cero dos dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; b) don CARLOS AURELIO ROJAS GARCÍA aportó la cantidad de setecientos veintiséis mil ciento ochenta pesos, equivalente a un catorce coma tres nueve uno dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; c) don ARTURO GONZÁLEZ RUBILAR aportó la cantidad de quinientos setenta y tres mil doscientos setenta y un pesos, equivalente a un once coma tres seis cero nueve por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; d) doña VIRGINIA PARADA CARRASCO aportó la cantidad de doscientos veinte mil doscientos treinta y tres pesos, equivalente a un cuatro coma tres seis cuatro cinco por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; e) don EUGENIO MARIANO CASTRO BARRA aportó la cantidad de cincuenta y cinco mil un pesos, equivalente a un uno coma cero nueve cero cero por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; f) doña ANDREA ALEJANDRA CASTRO PARADA aportó la cantidad de un millón nueve mil doscientos pesos, equivalente a un veinte por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; g) doña EUGENIA PAZ CASTRO PARADA aportó la cantidad de un millón nueve mil doscientos pesos, equivalente a un veinte por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; h) doña LUCÍA ALEJANDRA SCHWEMBER NEIRA aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; i) don ENRIQUE IGNACIO SCHWEMBER NEIRA aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social; y j) don ANDRÉS RICARDO SCHWEMBER NEIRA aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social.”. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de abril 2026.
Corporate information
Capital
Total capital
$5.046.000
Shareholders (12)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $726.735 |
Socio | - | 14.4022% | $726.735 |
María Nella de las Mercedes Ruiz Socio | - | 14.4022% | $726.735 |
Socio | - | 14.3912% | $726.180 |
Socio | - | 11.3609% | $573.271 |
Socio | - | 4.3645% | $220.233 |
Socio | - | 1.09% | $55.001 |
Andrea Alejandra Castro Parada Socio | - | 20% | $1.009.200 |
Socio | - | 20% | $1.009.200 |
Lucía Alejandra Schwember Neira Socio | - | 4.79706667% | $242.060 |
Enrique Ignacio Schwember Neira Socio | - | 4.79706667% | $242.060 |
Andrés Ricardo Schwember Neira Socio | - | 4.79706667% | $242.060 |
Corporate history on record
- Death
Fallecimiento de Clemencia de las Mercedes Pino Catalán
- Death
Fallecimiento de Óscar Aurelio Ruiz Bañados
- Transfer of rights· November 2, 2023
Julia Orlanda García Martínez dona, cede y transfiere la nuda propiedad del 14,3912% de sus derechos sociales a Carlos Aurelio Rojas García
Official extract text
Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular de la 43º Notaría de Santiago con oficio en Huérfanos Nº835, piso 18, Santiago, certifico: que el día 2 de noviembre de 2023, repertorio número 32.980/2023, ante mí, se otorgó escritura pública de Transportes Apoquindo Limitada (“Sociedad”) en la cual sus socios: Julia Orlanda García Martínez; María Isabel Ruiz Pino y María Nella de las Mercedes Ruiz, ambas en representación y como únicos miembros de la comunidad hereditaria de doña Clemencia de las Mercedes Pino Catalán y Óscar Aurelio Ruiz Bañados; Virginia Parada Carrasco; Arturo González Rubilar; Andrea Alejandra Castro Parada; Eugenia Paz Castro Parada; Lucía Alejandra Schwember Neira; Enrique Ignacio Schwember Neira; Andrés Ricardo Schwember Neira; Eugenio Castro Barra; y, Carlos Aurelio Rojas García, todos domiciliados en Avenida Bilbao Nº7.232, Las Condes, acordaron y dieron cuenta de la donación de derechos sociales de doña Julia Orlanda García Martínez, quien donó, cedió y transfirió, por mera liberalidad, de forma gratuita e irrevocablemente, la nuda propiedad del catorce coma tres nueve uno dos por ciento de sus Derechos Sociales en la Sociedad, a don Carlos Aurelio Rojas García cuyo valor patrimonial al treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés asciende a la suma de diecinueve millones trescientos cincuenta y un mil cincuenta pesos. Producto de lo anterior, acordaron modificar el actual artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones cuarenta y seis mil pesos, el que fue enterado por los socios en la siguiente forma y proporción: /A/ doña MARÍA ISABEL RUIZ PINO y doña MARÍA NELLA DE LAS MERCEDES RUIZ PINO, como únicos miembros de la comunidad hereditaria formada, en primer lugar, por el fallecimiento de doña Clemencia De Las Mercedes Pino Catalán y, posteriormente, por el fallecimiento de don Oscar Aurelio Ruiz Bañados, quienes aportaron la cantidad de setecientos veintiséis mil setecientos treinta y cinco pesos, equivalente a un catorce coma cuatro cero dos dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /B/ doña CARLOS AURELIO ROJAS GARCIA, aportó la cantidad de setecientos veintiséis mil ciento ochenta pesos, equivalente a un catorce coma tres nueve uno dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /C/ don ARTURO GONZÁLEZ RUBILAR, aportó la cantidad de quinientos setenta y tres mil doscientos setenta y un pesos, equivalente a un once coma tres seis cero nueve por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /D/ doña VIRGINIA PARADA CARRASCO, aportó la cantidad de doscientos veinte mil doscientos treinta y tres pesos, equivalente a un cuatro coma tres seis cuatro cinco por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /E/ don EUGENIO MARIANO CASTRO BARRA, aportó la cantidad de cincuenta y cinco mil un pesos, equivalente a un uno coma cero nueve cero cero por ciento por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /F/ doña ANDREA ALEJANDRA CASTRO PARADA, aportó la cantidad de un millón nueve mil doscientos pesos, equivalente a un veinte por ciento de derechos en el capital social social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /G/ doña EUGENIA PAZ CASTRO PARADA, aportó la cantidad de un millón nueve mil doscientos pesos, equivalente a un veinte por ciento de derechos en el capital social social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /H/ doña LUCÍA ALEJANDRA SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /I/ don ENRIQUE IGNACIO SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; y, /J/ don ANDRÉS RICARDO SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil sesenta pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de noviembre de 2023.-
Corporate information
Capital
Total capital
$12.000.000
Paid-in capital
$12.000.000
Pending capital
$0
Shareholders (10)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio | - | 14.4022% | $1.728.264 |
María Nella de las Mercedes Ruiz Pino Socio | - | 14.4022% | $1.728.264 |
Socio | - | 14.3912% | $1.726.944 |
Socio | - | 5.4545% | $654.540 |
Socio | - | 11.3609% | $1.363.308 |
Andrea Alejandra Castro Parada Socio | - | 20% | $2.400.000 |
Socio | - | 20% | $2.400.000 |
Lucía Alejandra Schwember Neira Socio | - | 4.797066667% | $575.648 |
Enrique Ignacio Schwember Neira Socio | - | 4.797066667% | $575.648 |
Andrés Ricardo Schwember Neira Socio | - | 4.797066667% | $575.648 |
Corporate history on record
- Other act
María Isabel Ruiz Pino y María Nella de las Mercedes Ruiz Pino comparecen en representación de la comunidad hereditaria de Óscar Aurelio Ruiz Bañados.
María Isabel Ruiz Pino · María Nella de las Mercedes Ruiz Pino · Óscar Aurelio Ruiz Bañados
- Transfer of rights· April 17, 2023
Virginia Parada Carrasco dona parte de sus derechos sociales a Andrea Alejandra Castro Parada y Eugenia Paz Castro Parada.
Virginia Parada Carrasco · Andrea Alejandra Castro Parada · Eugenia Paz Castro Parada
- Transfer of rights· April 17, 2023
Lucía Alejandra Neira Miranda cede parte de sus derechos sociales a Lucía Alejandra Schwember Neira, Enrique Ignacio Schwember Neira y Andrés Ricardo Schwember Neira.
Lucía Alejandra Neira Miranda · Lucía Alejandra Schwember Neira · Enrique Ignacio Schwember Neira · Andrés Ricardo Schwember Neira
Official extract text
Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, Santiago, certifico que el día 17 de abril de 2023, repertorio número 10207/2023, ante mí, se otorgó escritura pública de Transportes Nueva Apoquindo Limitada (“Sociedad”) en la cual sus socios: María Isabel Ruiz Pino y María Nella de las Mercedes Ruiz Pino en representación y como únicos miembros de la comunidad hereditaria de Óscar Aurelio Ruiz Bañados; Julia Orlanda García Martínez; Lucía Alejandrina Neira Miranda; Arturo González Rubilar; Virginia Parada Carrasco; Andrea Alejandra Castro Parada; Eugenia Paz Castro Parada; Lucía Alejandra Schwember Neira; Enrique Ignacio Schwember Neira; y Andrés Ricardo Schwember Neira, todos domiciliados en Avenida Bilbao N°7.232, Las Condes, , acordaron y dieron cuenta de la donación de derechos sociales de doña Virginia Parada Carrasco: /a/ a doña Andrea Alejandra Castro Parada de la propiedad del veinte por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de trescientos cuarenta y seis millones novecientos noventa y tres mil doscientos catorce pesos; y, /b/ a doña Eugenia Paz Castro Parada de la propiedad del veinte por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de trescientos cuarenta y seis millones novecientos noventa y tres mil doscientos catorce pesos; y de doña Lucía Alejandrina Neira Miranda: /a/ a doña Lucía Alejandra Schwember Neira de la propiedad del cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de ochenta y tres millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y nueve, /b/ a don Enrique Ignacio Schwember Neira de la propiedad del cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de ochenta y tres millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y nueve, y, /c/ a don Andrés Ricardo Schwember Neira de la propiedad del cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de sus derechos sociales en la Sociedad, cuyo valor patrimonial al veintisiete de mayo de dos mil veintidós asciende a la suma de ochenta y tres millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y nueve. Producto de lo anterior, acordaron modificar el actual artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de doce millones de pesos, el que será enterado por los socios en la siguiente forma y proporción: /A/ doña MARÍA ISABEL RUIZ PINO y doña MARÍA NELLA DE LAS MERCEDES RUIZ PINO, como únicos miembros de la comunidad hereditaria formada por el fallecimiento de don Oscar Aurelio Ruiz Bañados, quienes aportaron la cantidad de un millón setecientos veintiocho mil doscientos sesenta y cuatro pesos, equivalente a un catorce coma cuatro cero dos dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /B/ JULIA ORLANDA GARCÍA MARTÍNEZ, aportó la cantidad de un millón setecientos veintiséis mil novecientos cuarenta y cuatro pesos, equivalente a un catorce coma tres nueve uno dos por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /C/ VIRGINIA PARADA CARRASCO, aportó la cantidad de seiscientos cincuenta cuatro mil quinientos cuarenta pesos, equivalente a un cinco coma cuatro cinco cuatro cinco por ciento del capital social respectivamente, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /D/ ARTURO GONZÁLEZ RUBILAR, aportó la cantidad de un millón trescientos sesenta y tres mil trescientos ocho pesos, equivalente a un once coma tres seis cero nueve por ciento de los derechos sociales, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /E/ doña ANDREA ALEJANDRA CASTRO PARADA, aportó la cantidad de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente a un veinte por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /F/ doña EUGENIA PAZ CASTRO PARADA, aportó la cantidad de dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente a un veinte por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /G/ doña LUCÍA ALEJANDRA SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de quinientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta y ocho pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; /H/ don ENRIQUE IGNACIO SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de quinientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta y ocho pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social; y, /I/ don ANDRÉS RICARDO SCHWEMBER NEIRA, aportó la cantidad de quinientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta y ocho pesos, equivalente a un cuatro coma siete nueve siete cero seis seis seis siete por ciento de derechos en el capital social, el que ha sido pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a la caja social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de abril de 2023.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Transportes Apoquindo Limitada
CVE 2802198
- MODIFICACIÓN
Transportes Apoquindo Limitada
CVE 2407914
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES NUEVA APOQUINDO LIMITADA
CVE 2308349
