Limited liability company79.556.190-0

Comercial Antillanca Limitada

MODIFICACIÓN — Jan 23, 2020

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2020-01-23View PDF (CVE 1715652)

Corporate information

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duration: indefinida

Corporate purpose

la compra, venta y en general la elaboración, comercialización y distribución de todo tipo de objetos y productos; importaciones y exportaciones; así como cualquier otra actividad que acuerden los socios

Capital

Total capital

$10.000.000

Paid-in capital

$10.000.000

Pending capital

$0

Shares

10,000

Shareholders (1)

NameParticipation

Matías Enrique Varela Swiderski

Accionista

10.xxx.xxx-7

100%

Corporate history on record

  1. Transfer of rights· January 9, 2020

    Juan Alberto Valck Palitzsch cede el 90% de sus derechos sociales a Matías Enrique Varela Swiderski

    Juan Alberto Valck Palitzsch · Matías Enrique Varela Swiderski

  2. Transfer of rights· January 9, 2020

    Josefina Valck Rodríguez cede el 5% de sus derechos sociales a Matías Enrique Varela Swiderski

    Josefina Valck Rodríguez · Matías Enrique Varela Swiderski

  3. Transfer of rights· January 9, 2020

    María Estefanía Valck Rodríguez cede el 5% de sus derechos sociales a Matías Enrique Varela Swiderski

    María Estefanía Valck Rodríguez · Matías Enrique Varela Swiderski

  4. Partner withdrew· January 9, 2020

    Se retiran Juan Alberto Valck Palitzsch, Josefina Valck Rodríguez y María Estefanía Valck Rodríguez, quedando Matías Enrique Varela Swiderski como único socio

    Juan Alberto Valck Palitzsch · Josefina Valck Rodríguez · María Estefanía Valck Rodríguez · Matías Enrique Varela Swiderski

  5. Transformation· January 9, 2020

    La sociedad Comercial Antillanca Limitada se transforma en Comercial Antillanca SpA

    COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA · Matías Enrique Varela Swiderski

Official extract text

MARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ, Abogado, Notario Público Interino de Santiago, con oficio en Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, Local 15 A 2, certifico: Por escritura pública celebrada con fecha 9 de enero del año 2020 ante mí: Juan Alberto Valck Palitzsch, CI. N° 6.466.734-7, domiciliado en calle Camino San Pedro N° 9.600, comuna de Pudahuel, Santiago; Josefina Valck Rodríguez, CI. N° 16.099.730-3, domiciliada en calle Camino San Pedro N° 9.600, comuna de Pudahuel, Santiago; María Estefanía Valck Rodríguez, CI. N° 15.313.730-0, domiciliada en calle Camino San Pedro N° 9.600, comuna de Pudahuel, Santiago; y Matías Enrique Varela Swiderski, CI. N° 10.754.958-7, domiciliado en calle La Espuela N° 12.539, departamento N° 04, comuna de Lo Barnechea, Santiago; modificaron la sociedad COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada en la 2 Notaría de Santiago de don Enrique Morgan Torres, con fecha quince de enero de 1985, cuyo extracto fue inscrito a fojas 1468 N° 711 del año 1985 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de enero del año 1985; en el siguiente sentido: I.- Cesión de Derechos Sociales: Uno. A) Juan Alberto Valck Palitzsch vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad “COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA”, esto es, el 90% del haber social, a Matías Enrique Varela Swiderski, quien los compra, acepta y adquiere para sí. B) El precio de la venta, cesión y transferencia a que se hace referencia en la cláusula precedente, asciende a la suma de $3.600.000, que el comprador y cesionario paga al vendedor y cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último recibirse de esa cantidad a su entera y total conformidad. C) Se comprenden en esta cesión, en proporción a los porcentajes cedidos, todos los derechos e intereses que al cedente corresponden en la sociedad “COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA” sea por concepto de capital, fondos de reserva, fondos de revalorizaciones de capital, créditos, reembolsos y distribuciones de cualquier especie y a cualquier título. Dos. A) Josefina Valck Rodríguez, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad “COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA”, esto es, el 5% del haber social, a Matías Enrique Varela Swiderski, quien los compra, acepta y adquiere para sí. B) El precio de la venta, cesión y transferencia a que se hace referencia en la cláusula precedente, asciende a la suma de $200.000, que el comprador y cesionario paga al vendedor y cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último recibirse de esa cantidad a su entera y total conformidad. C) Se comprenden en esta cesión, en proporción a los porcentajes cedidos, todos los derechos e intereses que al cedente corresponden en la sociedad “COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA” sea por concepto de capital, fondos de reserva, fondos de revalorizaciones de capital, créditos, reembolsos y distribuciones de cualquier especie y a cualquier título. Tres. A) María Estefanía Valck Rodríguez vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad “COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA”, esto es, el 5% del haber social, a don Matías Enrique Varela Swiderski, quien los compra, acepta y adquiere para sí. B) El precio de la venta, cesión y transferencia a que se hace referencia en la cláusula precedente, asciende a la suma de $200.000, que el comprador y cesionario paga al vendedor y cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último recibirse de esa cantidad a su entera y total conformidad. C) Se comprenden en esta cesión, en proporción a los porcentajes cedidos, todos los derechos e intereses que al cedente corresponden en la sociedad “COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA” sea por concepto de capital, fondos de reserva, fondos de revalorizaciones de capital, créditos, reembolsos y distribuciones de cualquier especie y a cualquier título. Cuatro. Como consecuencia de la cesión y transferencia de derechos sociales de que da cuenta las cláusulas anteriores, se retira de la sociedad “COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA” Juan Alberto Palitzsch, Josefina Valck Rodríguez y doña María Estefanía Valck Rodríguez; reuniendo Matías Enrique Varela Swiderski, 100% de los derechos en el capital social. Entre los socios que se retiran y el nuevo socio y la sociedad misma se otorgan recíprocamente total y completo finiquito, declarando que nada se adeudan por ningún concepto relacionado con el pacto social, por lo que, a mayor abundamiento, renuncian asimismo a cualquier acción o derecho que pueda corresponderles. II.- Transformación de Sociedad: Matías Enrique Varela Swiderski, en su calidad de único socio de “COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA” acuerda reformar la mencionada sociedad, cambiando la especie o tipo social, transformándola en una sociedad por acciones con el nombre COMERCIAL ANTILLANCA SpA, la cual se regirá por los siguientes estatutos: Nombre “COMERCIAL ANTILLANCA SpA”, Domicilio: Santiago sin perjuicio de ejercer actividades en todo el territorio nacional y en extranjero. Duración: indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: la compra, venta y en general la elaboración, comercialización y distribución de todo tipo de objetos y productos; importaciones y exportaciones; así como cualquier otra actividad que acuerden los socios. Capital: $10.000.000 dividido en 10.000 acciones de una misma serie, sin valor nominal ni preferencias, íntegramente suscrito y pagado, con cargo a los derechos sociales que al socio de la compañía objeto de la presente transformación le correspondía en la misma, perteneciéndole a Matías Enrique Varela Swiderski 10.000 acciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de enero 2020.

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    COMERCIAL ANTILLANCA LIMITADA

    CVE 1715652

Corporate relationships

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