Sociedad Comercial Sharpe Hermanas Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
persona jurídica del giro de su denominación
Shareholders (3)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | 60% | - |
Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 20% | - |
AZIZE ALEJANDRA MOCARQUER SHARPE Socio 12.xxx.xxx-1 | 12.xxx.xxx-1 | 20% | - |
Administrators (1)
Legal representation (1)
Corporate history on record
- Incorporation· August 16, 1996
Se constituyó la sociedad "SOCIEDAD COMERCIAL SHARPE HERMANAS LIMITADA" por KATALINA IRENE SHARPE TAPIA y PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA.
- Other act· January 21, 1997
La sociedad fue modificada por escritura pública.
- Other act· May 5, 1999
La sociedad fue modificada por escritura pública.
- Capital change· May 6, 2003
Se modificó la integración del capital social, quedando PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA con 98% y PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE con 2%.
- Other act· December 30, 2009
Se otorgó mandato general para representar a PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE.
Official extract text
EUGENIO JIMENEZ LARRAIN, Notario Público de Ovalle, Vicuña Mackenna Nº370 certifico que por escritura pública de fecha 29 de Diciembre del año 2016, PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, chilena, soltera, factor de comercio, cédula nacional de identidad N°7.601.617-8, domiciliada en Camino a La Serena S/N, Ovalle; por sí y en representación de PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE, chilena, soltera, comunicadora audio visual, cédula nacional de identidad N°13.220.315-6, domiciliada en Camino a La Serena S/N, Ovalle; y doña AZIZE ALEJANDRA MOCARQUER SHARPE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad N°12.443.192-1, domiciliada en Camino a La Serena S/N, Ovalle; Modifican y Ceden derechos en la “SOCIEDAD COMERCIAL SHARPE HERMANAS LIMITADA” , rol único tributario N°78.876.320-4, que se formó por escritura pública de constitución de sociedad de fecha dieciséis de Agosto de mil novecientos noventa y seis, otorgada ante el Notario que fue de Ovalle, don Héctor Manuel Ferrada Escobar, por las señoras KATALINA IRENE SHARPE TAPIA y doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, quienes constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social “SOCIEDAD COMERCIAL SHARPE HERMANAS LIMITADA”, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y ocho millones ochocientos setenta y seis mil trescientos veinte guión cuatro, que se inscribió a fojas doscientos cuarenta y cuatro vuelta número ciento cincuenta del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Ovalle, del año mil novecientos noventa y seis, publicada en el Diario Oficial número treinta y cinco mil quinientos cincuenta y seis de fecha treinta y uno de Agosto de mil novecientos noventa y seis.- La referida sociedad se modificó por escritura pública de fecha veintiuno de Enero de mil novecientos noventa y siete, otorgada ante el Notario de Santiago, don Eduardo Avello Concha, e inscrita en extracto a fojas veinticuatro vuelta numero diecisiete del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Ovalle, correspondiente al año mil novecientos noventa y siete, publicado en el Diario Oficial numero treinta y cinco mil seiscientos ochenta y ocho, de fecha diez de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- Posteriormente la sociedad fue modificada por escritura pública de fecha cinco de Mayo de mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante el Notario de esta ciudad, don Oscar Fernández Mora, e inscrita a fojas ciento noventa y uno numero setenta y nueve del Registro de Comercio de Ovalle correspondiente al año mil novecientos noventa y nueve, publicado en el Diario Oficial numero treinta y seis mil trescientos setenta y cinco, de fecha veintinueve de Mayo de mil novecientos noventa y nueve.- Nuevamente la sociedad fue modificada por escritura de fecha seis de Mayo del año dos mil tres, otorgada ante el Notario de esta ciudad, don Oscar Fernández Mora e inscrita en extracto a fojas ciento ochenta y cuatro vuelta número setenta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Ovalle, correspondiente al año dos mil tres, publicado en el Diario Oficial número treinta y cinco mil quinientos sesenta, de fecha dieciséis de Mayo del año dos mil tres.- En esta modificación, quedaron integrando la sociedad en la siguiente proporción en el capital social las señoras: UNO) PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, con un 98%; y DOS) la socia PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE, con un 2%.- CAPITAL: La sociedad tuvo un capital inicial de 20.000.000, conformado por las socias en proporción de un 60% por ciento para la socia KATALINA IRENE SHARPE TAPIA y un 40% por ciento para la socia PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA.- La repartición de utilidades y perdidas fue pactada en la misma proporción en la que participan del capital. El actual capital se ha revalorizado de acuerdo a las utilidades de los ejercicios y a la revalorización del capital propio.- I.- CESION DE DERECHOS Y MODIFICACION AL PACTO SOCIAL: a) Por el presente instrumento doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, vende, cede y transfiere el dieciocho por ciento de sus derechos en el capital social a doña PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE, quien compra, adquiere y acepta en dominio para sí como más adelante se señala.- CUARTO: El precio a que asciende la cesión de los derechos sociales de doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, es la suma de sesenta y siete millones de pesos que la cesionaria o compradora doña PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE, en quince cuotas anuales iguales y sucesivas de cuatro millones cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos cada año los días veintinueve de diciembre en dinero efectivo moneda nacional suma a la que se deberá aplicar el reajuste del índice de precios al consumidor ; que corresponde al dieciocho por ciento de los derechos en el capital social, que a doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, le correspondía en la “SOCIEDAD COMERCIAL SHARPE HERMANAS LIMITADA” y que la cedente vendedora declara recibir respectivamente a su entera satisfacción y conformidad y en presencia del señor notario que autoriza.- b) Asimismo, doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, vende, cede y transfiere el veinte por ciento de sus derechos en el capital social a doña AZIZE ALEJANDRA MOCARQUER SHARPE, quien compra, adquiere y acepta en dominio para sí como más adelante se señala.- El precio a que asciende la cesión de los derechos sociales de doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, es la suma de setenta y cuatro millones de pesos que la cesionaria o compradora doña AZIZE ALEJANDRA MOCARQUER SHARPE, paga en quince cuotas anuales iguales y sucesivas de cuatro millones novecientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos cada año los días veintinueve de diciembre en dinero efectivo moneda nacional suma a la que se deberá aplicar el reajuste del índice de precios al consumidor ; que corresponde al veinte por ciento de los derechos en el capital social .- II.- NUEVOS INTEGRANTES Y PORCENTAJES DEL CAPITAL SOCIAL: De esta manera la “SOCIEDAD COMERCIAL SHARPE HERMANAS LIMITADA” queda formada por las socias PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE y AZIZE ALEJANDRA MOCARQUER SHARPE, con la siguiente proporción en el capital social: UNO) Un sesenta por ciento de los derechos sociales para doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA; DOS) Un veinte por ciento de los derechos sociales para doña PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE; y TRES) Un veinte por ciento de los derechos sociales para doña AZIZE ALEJANDRA MOCARQUER SHARPE; ya individualizadas.: BALANCES: La Sociedad practicará balances el treinta y uno de Diciembre de cada año. Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje el balance, se repartirán entre las socias a razón de: UNO) Un sesenta por ciento para doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA; DOS) Un veinte por ciento para doña PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE; y TRES) Un veinte por ciento para doña AZIZE ALEJANDRA MOCARQUER SHARPE; ya individualizadas pudiendo hacer los retiros que las partes convengan en cada ejercicio.- Los balances se entenderán aprobados si no fueren objetados dentro de treinta días corridos desde que fueren puestos en conocimiento de los socios. De las objeciones al balance conocerá el árbitro que más adelante se nombra.-LIMITACION: Las socias que integran la sociedad limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- VI.- ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: Las socias acuerdan que la administración y representación de la sociedad corresponderá a doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, de conformidad a lo estipulado en la cláusula quinta de la escritura de Constitución Social de fecha de fecha dieciséis de Agosto de mil novecientos noventa y seis, otorgada ante el Notario que fue de Ovalle, don Héctor Manuel Ferrada Escobar, Repertorio trescientos veinticinco del cuarto bimestre del año mil novecientos noventa y seis, como asimismo, de la cláusula tercera numeral Dos) letra d), de la escritura de Modificación de fecha seis de Mayo del año dos mil tres, otorgada ante el Notario que fue de Ovalle don Oscar Fernández Mora, Repertorio número mil ciento cuarenta y uno del tercer bimestre del año dos mil tres.- PERSONERIA: La personería de doña PEGGY DOLLY SHARPE TAPIA, para actuar en representación de doña PEGGY DOLLY MOCARQUER SHARPE, consta de la escritura pública de Mandato General de fecha treinta de Diciembre del año dos mil nueve, otorgada ante el Notario de Ovalle don Eugenio Jiménez Larraín, la que no se inserta por ser conocida de las partes y del notario que autoriza.- Ovalle 29 de Diciembre de 2016.-
Recent filings
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL SHARPE HERMANAS LIMITADA
CVE 1174794
