Limited liability company78.868.200-K

Atento Centro De Formación Técnica Limitada

MODIFICACIÓN — Apr 7, 2026

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2026-04-07View PDF (CVE 2792930)

Corporate information

Ltda
Rosas 1740
Administration: ATENTO CHILE S.A.

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

ATENTO HOLDING CHILE S.A.

Socio

96.910.720-1

-

ATENTO CHILE S.A.

Socio

96.895.220-K

-

Administrators (1)

ATENTO CHILE S.A.

96.895.220-KAdministrador

Official extract text

Ministerio del Interior ALEJANDRO GUERRA PINTO, Notario Titular de la Primera Notaría de Independencia, con oficio en Avenida Independencia 873-A, comuna de Independencia, certifico que por escritura pública de fecha 04 de marzo de 2026, Repertorio N° 749 / 2026, otorgada ante mí, comparecieron: ATENTO HOLDING CHILE S.A., Rol Único Tributario N° 96.910.720-1, y ATENTO CHILE S.A., Rol Único Tributario N° 96.895.220-K, ambas sociedades debidamente representadas por doña Andreina Carolina Del Valle Morales Suárez, cédula de identidad N° 25.670.734-9, todas con domicilio en Rosas 1740, Santiago, Región Metropolitana; en su calidad de actuales y únicas socias de ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 26.624 número 21.173 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999; quienes celebraron escritura de MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD, acordándose lo siguiente: Modificar los estatutos sociales, reemplazando íntegramente la Cláusula Quinta, relativa a la administración y uso de la razón social, por la del siguiente tenor extractado: “QUINTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a ATENTO CHILE S.A. (la “Administradora”). El ejercicio de dicha administración se llevará a cabo a través de cualquiera de los representantes de ATENTO CHILE S.A., designados conforme a sus propios estatutos y con las facultades de representación que dichos estatutos y sus poderes vigentes les confieran. La Administradora, actuando a través de sus apoderados, anteponiendo a su firma la razón social y en la forma establecida en el respectivo acto de designación, representará y obligará a la Sociedad con las más amplias atribuciones y facultades que sea posible conferir en derecho, para celebrar y ejecutar toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios relacionados con el giro social, así como para realizar todas las operaciones necesarias, útiles o convenientes para su debido desarrollo.” En lo demás, la Sociedad no sufre variaciones. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Capital social: $1.000.000.- Santiago, 04 de marzo de 2026.

AmendmentDiario Oficial · 2024-05-20View PDF (CVE 2494926)

Corporate information

Ltda
Rosas 1740
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a dos cualesquiera de los administradores actuando conjunta o mancomunadamente

Capital

Total capital

$1.000.000

Shareholders (2)

NameParticipation

ATENTO HOLDING CHILE S.A.

Socio

96.910.720-1

-

ATENTO CHILE S.A.

Socio

96.895.220-K

-

Administrators (4)

Official extract text

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Av. Apoquindo 3.039, piso 5, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 3 de mayo de 2024, Repertorio N° 6.388 / 2024, ante mí, ATENTO HOLDING CHILE S.A., RUT N°96.910.720-1, y ATENTO CHILE S.A., RUT N°96.895.220-K, ambas sociedades debidamente representadas por doña ANDREÍNA CAROLINA DEL VALLE MORALES SUÁREZ, cédula de identidad N° 25.670.734-9, todos con domicilio en Rosas 1740, Santiago, Región Metropolitana; actuales y únicas socias de ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 26.624 número 21.173 Reg. Com. CBR Stgo. año 1999, celebraron “MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA” y acordaron lo siguiente: Modificar la Administración y el uso de la Razón Social de la Sociedad. Como consecuencia de aquello, se modificaron los Estatutos sociales en particular la cláusula quinta, siendo reemplazada por la del siguiente tenor extractado: “QUINTO: Administración y uso de la razón social. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores MARCO ANTONIO RIQUELME BARRA, SANTIAGO SAENZ ASPREA, LUIS ALEJANDRO BADILLA EISSLER y LAURA PATRICIA MERLO, quienes anteponiendo a su firma la razón social y actuando siempre dos cualesquiera de ellos conjunta o mancomunadamente, representarán y obligarán a la Sociedad con las más amplias atribuciones y facultades que sea posible en derecho, en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios relacionados con el giro de la Sociedad. Las facultades de administración conferidas serán amplísimas comprendiendo las de disposición de bienes y todas las que, directa o indirectamente, sean o parezcan necesarias o conducentes a la ejecución del objeto social o a la conservación o incremento de los haberes de la sociedad. Quedan incluidas cuantas facultades sean necesarias para convenir, realizar y llevar adelante toda clase de actos, contratos, negocios y operaciones civiles, comerciales, administrativas, judiciales o de otro orden y ejercitar, abandonar y renunciar derechos y acciones de cualquiera índole, todo ello incluso cuando la actuación implique novación o auto contratación. Sin perjuicio de ser una enumeración meramente enunciativa, quedan especialmente conferidas las todas las facultades establecidas en la escritura extractada”. En lo demás, la sociedad no sufre variaciones. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Capital social: $1.000.000.- Santiago 16 de Mayo de 2024.

AmendmentDiario Oficial · 2022-06-15View PDF (CVE 2143505)

Corporate information

Ltda
Rosas 1740
Administration: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores SANTIAGO LUIS SAENZ ASPREA, HERNÁN RODRIGUEZ LEPPE, SILVINA LORENA CARPINELLI, LAURA PATRICIA MERLO Y GERMAN IBARRA VASQUEZ, quienes anteponiendo a su firma la razón social y actuando siempre dos cualesquiera de ellos conjuntamente o mancomunadamente.

Shareholders (2)

NameParticipation

ATENTO HOLDING CHILE S.A.

Socio

96.910.720-1

-

ATENTO CHILE S.A.

Socio

96.895.220-K

-

Administrators (5)

Official extract text

María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 25 de mayo de 2022, Repertorio N° 7.176/2022, ante la Notario Suplente doña Paula Andrea Luna Saez, ATENTO HOLDING CHILE S.A., Rol Único Tributario N°96.910.720-1; y ATENTO CHILE S.A., Rol Único Tributario N°96.895.220-k, ambas representadas por don HERNÁN ANDRES RODRIGUEZ LEPPE, cédula nacional de identidad N°7.958.849-0, todos con domicilio a estos efectos en Rosas 1740, comuna de Stgo., actuales y únicos socios de ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 26.624 número 21.173 Reg. Com. CBR Stgo año 1999, celebraron “Modificación de Sociedad Atento Centro de Formación Técnica Limitada” y acordaron lo siguiente: Modificar la Administración y el uso de la Razón Social de la Sociedad. Como consecuencia de aquello, se modificaron los Estatutos sociales en particular la cláusula quinta de estos relativa a la Administración y uso de la Razón Social, siendo reemplazada por la del siguiente tenor extractado: “QUINTO: Administración y uso de la razón social. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores SANTIAGO LUIS SAENZ ASPREA, HERNÁN RODRIGUEZ LEPPE, SILVINA LORENA CARPINELLI, LAURA PATRICIA MERLO Y GERMAN IBARRA VASQUEZ, quienes anteponiendo a su firma la razón social y actuando siempre dos cualesquiera de ellos conjuntamente o mancomunadamente, representarán y obligarán a la Sociedad con las más amplias facultades descritas en escritura extractada. En lo no modificado se mantiene vigente el estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 06 de junio de 2022.

AmendmentDiario Oficial · 2020-07-15View PDF (CVE 1785636)

Corporate information

Ltda
Vicuña, Coquimbo
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a dos cualesquiera de sus administradores actuando conjunta o mancomunadamente.

Administrators (5)

Corporate history on record

  1. Incorporation· October 14, 1999

    Constitución original de ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA.

  2. Other act· July 1, 2020

    ATENTO HOLDING CHILE S.A. y ATENTO CHILE S.A. modifican la sociedad, reemplazando el artículo quinto sobre administración y uso de la razón social.

    ATENTO HOLDING CHILE S.A. · ATENTO CHILE S.A.

Official extract text

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, Piso 2, Providencia, certifico: Por escritura de fecha 1 de julio de 2020, Repertorio N° 12.140-2020, ante mí, ATENTO HOLDING CHILE S.A., sociedad comercial, Rol único tributario número 96.910.720-1 y ATENTO CHILE S.A., sociedad comercial, Rol único número 96.895.220-K, ambos con domicilio en Vicuña Mackenna 1314, comuna de Ñuñoa, modificaron la sociedad ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA, constituida con fecha 14 de octubre de 1999, inscrita a fojas 26624 Número 21173 año 1999 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, reemplazando el artículo quinto de sus estatutos por el que sigue:: “QUINTO: Administración y uso de la razón social. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores Santiago Luis Saenz Asprea, Hernán Rodriguez Leppe, Silvana Carpinelli, Gustavo Tasner y Alvaro Barrón Parada, quienes anteponiendo a su firma la razón social y actuando siempre dos cualesquiera de ellos conjuntamente o mancomunadamente, representarán y obligarán a la Sociedad con las más amplias atribuciones y facultades que sea posible en derecho, en toda lase de actos, contratos, asuntos y negocios relacionados con el giro de la Sociedad. Las facultades de administración conferidas serán amplísimas comprendiendo las de disposición de bienes y todas las que, directa o indirectamente, sean o parezcan necesarias o conducentes a la ejecución del objeto social o a la conservación o incremento de los haberes de la sociedad. Quedan incluidas cuantas facultades sean necesarias para convenir, realizar y llevar adelante toda clase de actos, contratos, negocios y operaciones civiles, comerciales, administrativas, judiciales o de otro orden y ejercitar, abandonar y renunciar derechos y acciones de cualquiera índole, todo ello incluso cuando la actuación implique novación o auto contratación. Sin perjuicio de ser una enumeración meramente enunciativa, quedan especialmente conferidas las siguientes facultades: a) Comprar vender, permutar, dar y tomar en arrendamiento o administración toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, acciones y bonos; b) Hipotecar, aceptar, posponer y alzar hipotecas; dar en prenda; otorgar y aceptar fianzas simples u obligando a la sociedad como codeudor solidario y, en general, otorgar y aceptar toda clase de garantías, firmando todos los documentos necesarios; c) Celebrar, modificar y disolver y liquidar contratos de sociedad, asociación o comunidad, pactar indivisión, representar a la sociedad con todas las facultades, y derechos que le corresponden en las sociedades, asociaciones o comunidades de que forme parte o en que, tenga interés; d) Celebrar, modificar y liquidar contratos de construcción; e) Celebrar contratos de mutuos, de depósitos, de préstamos y de cuentas corrientes; depósito y de crédito, abrir cuentas de ahorro, girar, cancelar, cerrar, depositar y sobregirar en cuentas corrientes y en cuentas de ahorro bancarias y de Asociaciones de Ahorro y Préstamos; contratar, renovar, cancelar, endosar cobrar depósitos comerciales a plazo y cualquier otro documento del mercado de capitales; contratar préstamos en cualquier forma, ya sea, como créditos en cuentas corrientes, avances contra aceptación o pagarés, girar, suscribir, aceptar, reaceptar, prorrogar, revalidar, endosar, avalar, protestar, descontar y cancelar letras, cheques, pagarés, libranzas, documentos nominativos, a la orden y relativos A obligaciones en general; f) Ceder derechos y créditos y aceptar cesiones; abrir cajas de seguridad; contratar operaciones de cambio abrir, modificar, ampliar, anular y prorrogar créditos simples y documentarios, celebrar contratos de Factoring; g) Endosar, retirar y dar conformidad a documentos de embarque; solicitar registros de importación y anexas; h) Contratar compraventa de moneda extranjera; comprar y vender; retirar valores en custodia o garantía; para retirar del correo cartas certificadas, encomiendas, giros postales y su valor; novar, remitir y compensar obligaciones, transar, celebrar contratos de comisión, de representación de agencias, de seguro, de cambio de transportes, de avíos y de igualas; i) Celebrar contratos de trabajo; j) Representar al mandante ante todo tipo y clase de autoridades administrativas y organismos fiscales o semi fiscales, en el ejercicio de los derechos que ante ellos correspondan; k) Cobrar y percibir lo que adeude a la mandante en dinero u otra clase de bienes corporales o incorporales, muebles o raíces otorgar recibos cancelaciones y finiquitos, pagar lo que a la mandante adeude por cualquier título; l) Estipular en cada contrato que celebre los precios, plazos y demás condiciones que juzgare conveniente; rescindir, resolver, resciliar y dejar sin efecto esos contratos; m) Renunciar a la acción resolutoria; exigir rendición de cuentas, pedir posesiones efectivas de herencias e inscribirlas en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, aceptar o rechazar herencias con o sin beneficio de inventario y pedir su facción y hacer adjudicaciones de bienes, para que concurra a todos los actos que requiera la partición de ellos; para entrar o no en concursos, nombrar síndicos. depositarios, peritos, tasadores, conceder quitas y esperas; n) Suscribir los documentos concerniente al ejercicio de las facultades expresadas, pedir las autorizaciones cuando procedan; ñ) Representar judicialmente a la sociedad con las facultades ordinarias del mandato judicial y con las extraordinarias de mismo, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida; aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos o los términos legales; transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, proponer y aprobar convenios y percibir.- o) Otorgar mandatos generales o especiales con o sin facultad de delegar en las mismas condiciones en que podría hacerlo la sociedad y delegar el presente poder en todo o en parte, facultando al delegatario para delegar a su vez pudiendo revocar esos mandatos y delegaciones.- p) Realizar todos aquellos actos necesarios para el cumplimiento del objeto social.” En lo no modificado, se confirma y mantiene vigente el estatuto social original con sus modificaciones posteriores. Santiago 06 de Julio de 2020.

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA

    CVE 2792930

  2. MODIFICACIÓN

    ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA

    CVE 2494926

  3. MODIFICACIÓN

    ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA

    CVE 2143505

  4. MODIFICACIÓN

    ATENTO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA LIMITADA

    CVE 1785636

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